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Inicio » Laboral » Solicitud de Reembolso de Subsidios

Solicitud de Reembolso de Subsidios

Publicado por Miguel Torres el 14 de marzo de 2016 91 comentarios

Miguel ¿Quién es el encargado de tramitar el reembolso de subsidios?

El área de recursos humanos es la encargada de realizar la solicitud de reembolso del pago de subsidios, trámite que muchas veces se complica por algunos errores cometidos por la empresa o el trabajador.

El pago del subsidio se origina por dos situaciones:

Subsidio por incapacidad temporal, es cuando el trabajador está con descanso médico por más de 20 días. El subsidio se computará a partir del 21avo día hacia delante.

Subsidio por maternidad, se aplica para una trabajadora con descanso médico de gestación, el plazo es de 98 días.

  • Subsidio de Maternidad – 98 días de descanso

En ambos casos el empleador sigue pagando al trabajador los días de descanso médico en base al valor día del subsidio diario.

Errores frecuentes en el Reembolso del Subsidio

Un problema muy frecuente sobre la solicitud de reembolso de subsidio es la denegación, essalud deniega la solicitud cuando observa algunas irregularidades en el procedimiento (inicio – proceso -final).

Veamos 03 errores comunes de rechazo del reembolso del subsidio:

Error 01 – Llenado del PDT PLAME

Cuando una empresa realiza el reembolso del subsidio pagado, este se basa en la información que se ha declarado en el PDT PLAME en los periodos anteriores.

El documento oficial que sirve como sustento para la devolución del subsidio es el CITT (constancia de incapacidad de temporal de trabajo), otorgado por un médico de essalud.

Para el llenado se debe de tener en cuenta 3 aspectos muy importantes:

  • Tener a la mano el CITT.
  • Realizar correctamente el calculo.
  • Llenar correctamente en el PDT.

Debemos mencionar que para el llenado se usará dos casillas especiales del PDT PLAME., así como también el llenado correctamente del número de días trabajados.

plame

Error 02 – Dos Centros laborales

Cuando un trabajador se encuentra con descanso médico sea por un accidente o periodo de maternidad un requisito fundamental es que no puede laborar durante dicho proceso.

Es algo lógico, si estas con descanso médico, como vas a estar laborando.

El numeral 8.1.5 de la directiva 008-GG-ESSALUD-2012 establece como causal de pérdida del subsidio:

Realizar labor remunerada durante el subsidio.

Por lo tanto si un trabajador labora durante el periodo de subsidio (5ta categoría y/o 4ta categoría), la empresa que tramite el reembolso lo perderá.

Es siempre bueno comunicar estar normatividad al trabajador, ya que muchas veces los trabajadores prestan los recibos por honorarios.

Modelo: Resolución de improcedencia de la solicitud del subsidio

Error 03 – Pago de Tributo

Este es el error más infantil que te puede ocurrir, ya que todo el trabajo de calculo, llenado, presentación de la solicitud se te cae solamente por no pagar puntualmente el tributo essalud dentro del cronograma establecido por la Sunat.

Modelo: Resolución de improcedencia de la solicitud del subsidio

Conclusiones

  1. En primer lugar, tu documento base es el CITT, si el trabajador no te lo trae, simplemente no le pagas (veras como lo tramita rápidamente).
  2. Realiza el calculo correctamente en base a las últimas 12 remuneraciones percibidas por el trabajador (PDT PLAME).
  3. Realiza el llenado correctamente en el PDT, teniendo en cuenta los días laborados y valor del subsidio percibido.
  4. En caso de denegación tienes la opción de presentar un recurso administrativo de reconsideración.

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91 comentarios

  1. Pedro dice

    7 de septiembre de 2021 a las 4:00 pm

    En un mes por omision voluntaria no depositamos la cantidad de 50 soles, hay solucion alguna ante eso?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de septiembre de 2021 a las 10:45 pm

      Es un error insubsanable.

  2. Kiara dice

    14 de mayo de 2021 a las 6:37 pm

    Hola amigos me paso paso lo mismo,me observaron por el.ruc empieza con 10 ,que puedo hacer…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de mayo de 2021 a las 1:37 pm

      Tienes que mandar un correo al EsSalud.

  3. Isabel Fernandez Zelada dice

    16 de diciembre de 2020 a las 6:42 pm

    Solicite el reembolso de subsidio por maternidad y me salió observado porque el ruc del empleador empieza con 10, hay alguna restricción si el empleador es persona natural? ya envie un correo al portal de “subsidios@essalud.gob.pe” y no obtuve respuesta. donde podria tener mas información

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de diciembre de 2020 a las 8:58 am

      Me paso lo mismo, tuve que seguir insistiendo, coloca el ospe en tu correo para que la persona encargada de esa zona te ayude.

  4. Diana dice

    29 de octubre de 2020 a las 12:55 pm

    Buenas tardes Miguel una consulta una trabajadora salio de licencia por maternidad del 25/11/2019 al 01/03/2020 se presento el formulario para solicitar el reembolso a essalud pero esto salio improcedente ya que la empresa no paga los impuestos a la fecha, esto es causal de la improcedencia.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de octubre de 2020 a las 11:54 pm

      Es correcto, y no se puede subsanar.

  5. Silvana dice

    22 de octubre de 2020 a las 10:06 am

    Solicite el reembolso de subsidio por maternidad y me salió observado porque el ruc del empleador empieza con 10, hay alguna restricción si el empleador es persona natural?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de octubre de 2020 a las 9:36 am

      Envía un correo electrónico a VIVAESSALUD.

  6. Ender dice

    7 de septiembre de 2020 a las 12:12 pm

    Buen dia, como se realiza el calculo cuando el trabajadora trabajo en 2 empresas en los ultimos 12 meses; Empresa 1( perido 09/2019 hasta 01/2020) empresa 2 ( periodo 03/2020 hasta la fecha)
    Como se realiza el calculo en esa situacion?

    Gracias por la resuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de septiembre de 2020 a las 3:44 pm

      Se realiza en forma individual por cada empresa. Si no tienes los doce meses, solo los meses que ha trabajado, lo divides entre numero de días dependiendo de los meses.

  7. Jackeline Doroteo dice

    10 de agosto de 2019 a las 10:11 pm

    Para solicitar el reembolso de subsidio por incapacidad temporal, se considera el sueldo mensual del trabajador o lo que se ha declarado en el plame?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de agosto de 2019 a las 4:58 am

      Lo que se ha declarado en el PDT PLAME.

  8. Néstor dice

    13 de junio de 2019 a las 9:09 am

    Mi esposa dio a luz el8 de marzo salió el subsidio pero no cobre i ahora hice reprogramación en cuanto tiempo saldrá ya pasó más de dos semanas..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de junio de 2019 a las 4:46 pm

      Te sugiero lo preguntes en las oficinas administrativas de Essalud.

  9. Milagros dice

    6 de mayo de 2019 a las 12:22 pm

    Hola miguel, tengo un atrabajador que esta subsidiada por accidente en abril, ella tiene remuneración al cargo todos los meses, mi consulta es, en mi planilla del mes de abril considero mi remuneración al cargo + subsidio???? o solo tiene que estar mi subsidio?????, estare atenta a tu respuesta , gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de mayo de 2019 a las 12:28 pm

      Recuerda que del Descanso Medico los primeros 20 días lo asume la empresa y luego es subsidiado.

  10. Justin dice

    22 de enero de 2019 a las 12:25 pm

    Miguel, tengo una resolución de improcedencia por subsidio por incapacidad, la empresa declara en su fecha de vencimiento pero para efectos del pago lo realiza como máximo en los próximos 10 días, es por ello la improcedencia, que tendría que hacer en esos casos? si el pago se realizo incluso con sus intereses, existe una jurisprudencia? gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de enero de 2019 a las 6:16 pm

      Ya no se puede hacer mucho, si no pagas a tiempo el seguro no esta activo en dicho mes.

  11. Mika dice

    13 de febrero de 2018 a las 11:39 am

    Hola miguel una consulta la trabajadora dio a luz el.4 de mayo del 2017 , hasta cuando tengo tiempo para solicitar el reembolso a esalud x q su licencia la solicito a partir del 05 de mayo.

    Responder
  12. Víctor Alberto dice

    21 de diciembre de 2017 a las 12:37 pm

    Buenas, tardd Si me podría apoyar con un formato o modelo de carta que debo presentar a las oficinas de essalud por no proceder mi reembolso de subsidio por maternidad.
    Saludos espero su pronta respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2017 a las 11:10 pm

      No tengo un formato disponible.

  13. Magdiel dice

    14 de noviembre de 2017 a las 10:35 am

    Miguel una consulta, que pasa si yo como empleador sospecho que mi trabajador me esta presentando descanso médicos de essalud porque tiene un medico conocido, pero sé que no está enfermo. puedo solicitar como empresa un informe a essalud o que otra solución me aconsejas

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de diciembre de 2017 a las 2:54 am

      No se puede hacer eso, solo no renovar el contrato en una próxima renovación.

  14. Jorge Cardenas Vega dice

    23 de agosto de 2017 a las 9:00 am

    Estimado miguel agradecere me responda esta consulta lo mas urgente, tengo una trabajadora que presento su descanso medico de essalud partir del 29/07/2017 por tres dias , la pregunta es que la planilla de julio se cerro el 25/07/2017 como sustento los primeros 20 dias en el plame y como se sustenta a partir del 21 día en el plame.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de agosto de 2017 a las 3:28 pm

      Los primeros 20 días se sustenta en el Plame solo colocando en los días laborados, la opción de primeros 20 días. El sueldo pagado se sigue colocando en la remuneración.

  15. Ximena Alvarado dice

    8 de agosto de 2017 a las 10:07 pm

    Buenas quisiera saber presente mi descanso médico a essalud para canjearlo ya que me atendi en clínica y me dieron mi cit … que salio en 30 dias recien , mi jefe fui a cobrar el pago del reembolso pero me dice que aún es en 30 dias es cierto eso?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de agosto de 2017 a las 5:51 pm

      El tiempo para cobrar demora muchas veces, solo acercate a la oficina de essalud a preguntar sobre el trámite.

  16. Tania Mejía dice

    8 de junio de 2017 a las 9:12 am

    Miguel, buenos días molesto tu atención, favor de responder tengo un caso de una trabajadora que le han dado INCAPACIDAD NO TEMPORAL por Essalud. Asesoría Jurídica de mi Institución señala que no es causal de desvinculación laboral porque señala que no dice PERMANENTE, he llamado a Essalud y no me responden.

    Responder
  17. Martin Fernandez dice

    7 de marzo de 2017 a las 10:43 pm

    Presente mi expediente de maternidad y en el acto me lo observaron por que mi ruc empieza con 10, soy mype inscrita debidamente, con cuatro trabajadores, se paga puntual según cronograma de sunat. que tengo q hacer ya van dos meses y nada

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2017 a las 2:05 pm

      Regresar a la misma oficina y preguntar como esta el tramite.

  18. Janth dice

    24 de febrero de 2017 a las 12:14 pm

    La encargada soy yo de declarar y hacer todos los tramites pero como mi parto se adelanto y tuve complicaciones no deje a nadies a cargo de hacerlo y la persona k me ayudo lo hizo pero considero k yo siguió laborando, cosa que no es así como puedo presentar un escrito explicando esto y que leyes me amparan para que mi empleador pueda cobrar x que ami ya me pago.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2017 a las 10:32 pm

      Es muy complicado, debido a que el plazo maximo para rectificar el PLAME es el ultimo día del mes de vencimiento.

  19. Edith dice

    2 de febrero de 2017 a las 4:39 pm

    Buenas tardes, quisiera saber los requisitos para el reembolso por maternidad se seguirá llenando el formulario 8001 y que requisitos mas debo llevar para el requerimiento.
    Espero su Respuesta
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de febrero de 2017 a las 9:43 am

      Si es el mismo formulario, mas los CITT.

  20. Manuel dice

    30 de enero de 2017 a las 1:33 pm

    Estimado Miguel:
    El pago de remuneraciones efectuado a un trabajador que se ha mantenido, en el año, con incapacidad temporal, que luego son reembolsadas a la empresa por EsSALUD, se pueden deducir como gasto de personal de la empresa para efectos del balance anual?
    Las gracias adelantadas por la absolución de la consulta.

    Responder
  21. Teresa dice

    13 de enero de 2017 a las 12:36 pm

    Hola una consulta joven Miguel yo presente mi Recurso de Reconsideracion por que no me quieren devolver el subsidio por maternidad y me salio improcedente en este caso puedo presentar mi apelación y crees que si me la den

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2017 a las 10:10 pm

      No lo creo si es por un tema de error en el PDT PLAME.

  22. Cecilia Garcia dice

    10 de enero de 2017 a las 3:11 pm

    En la digitacion del Plame hubo un error y se ha perdido el derecho al subsidio se puede recuperar dicho subsidio???? ya que se le pago al empleador en su fecha correcta sin perjudicarlo y ahora essalud no quiere reconocer el pago….. cuanto tiempo hay para modificar el pdt y essalud no ponga excusa….

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2017 a las 9:35 pm

      El plazo para rectificar es el ultimo día del mes de vencimiento del periodo.

    • Cesar Salazar dice

      29 de mayo de 2017 a las 4:12 pm

      Miguel, pero si la rectificatoria se realizo después del mes de vencimiento pero antes de realizar el pedido del reembolso, igual lo rechazaran??

    • Miguel Torres dice

      31 de mayo de 2017 a las 4:30 pm

      Lo mas probable es que si, pero no pierdes nada intentando.

  23. Lourdes dice

    28 de noviembre de 2016 a las 8:57 pm

    Muy bueno tus aportes Miguel. Una consulta me llego la resolución de improcedencia por los mismos motivos del modelo, yo giro RH todos los meses por contratos verbal que tengo, en esos meses que estuve de descanso por maternidad, igual gire RH, sera por eso que me negaron el reembolso
    Existe la posibilidad de obtener el reembolso, si presento el recurso de reconsideracion.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de diciembre de 2016 a las 2:10 am

      No es posible, ya que no laboraste mientras estuviste con el subsidio.

  24. Gloria dice

    26 de noviembre de 2016 a las 9:15 pm

    Buenas noches joven Miguel me pagaron mi primera armada tramite me segunda armada cuando termino mi descanso por maternidad .me dijo la Sta q revisé dentro de 8 días ya pasaron 20 días y no hay fecha de pago me lo habrán rechazado q devo a ser

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de diciembre de 2016 a las 3:18 pm

      Con tu numero de expediente puedes hacer el seguimiento o acercarte a la oficina.

  25. Linsay dice

    4 de noviembre de 2016 a las 10:06 am

    Hola: soy persona natural con negocio y estoy en planilla pero essalud rechaza mi subsidio pues dice que no me puede otorgar por ser persona natural.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de noviembre de 2016 a las 8:02 am

      Es correcto, debiste afiliarte como mype y ser conductor.

  26. Lidia dice

    15 de octubre de 2016 a las 2:22 pm

    Hola Miguel, una consulta, Por ejemplo Si mi impuesto del mes de Set.2016 vence el 20.10.16; estoy cometiendo alguna infracción, si declaro el PLAME el 14/oct y realizo el pago de ONP y Essalud el 18/oct; teniendo en cuenta que aún no ha vencido mi impuesto según cronograma de Sunat. A futuro tendré problemas con ESSALUD, si desconoce algún reembolso por subsidio o atenciones del personal?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de octubre de 2016 a las 6:37 am

      No tendrás problemas, esta correcto.

  27. Sandra dice

    9 de septiembre de 2016 a las 4:45 pm

    Hola, yo trabajo en dos instituciones, en una de ellas se hizo todo el tramite como corresponde para el pago de subsidio por maternidad, pero en la otra institución continue trabajando porque me dijeron que no me correspondia el descanso ni el tramite de subsidio, que posibilidad existe que pueda presentar una reconsideración y sea aceptada?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de septiembre de 2016 a las 7:54 pm

      El reembolso va salir negativo por haber laborado mientras estaba subsidiada. Por otro lado no pierdes nada si lo intentas.

  28. Kenia dice

    6 de septiembre de 2016 a las 4:04 pm

    Hola, quiero saber que hacer si la empresa solicito un reembolso por subsidio de maternidad a escalar, y salio una resolución de denegación porque el es moroso.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de septiembre de 2016 a las 12:11 am

      Dicha información solo lo sabrá la empresa, un tercero no puede tener acceso a dicha información.

  29. Christian dice

    17 de agosto de 2016 a las 4:19 pm

    Hola disculpa mi señora ya regreso a trabajar a su centro de labores pero al momento de intentar cobrar el subsidio por maternidad le dicen que posiblemente lo rechazen porque tiene una boleta emitida en junio del 2016 y su CITT es del 29 de marzo al 04 de julio, la pregunta es como puede ser si la empresa le emitio dicha boleta y ella no tenia conocimiento de ello

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de agosto de 2016 a las 1:23 am

      La boleta puede estar emitida, lo importante es el llenado, si el pago del subsidio fue registrado correctamente, así como los días.

  30. Sandro Cespedes dice

    2 de julio de 2016 a las 4:02 pm

    Ante la denegatoria del recurso de reconsideración procede el de apelación.

    Responder
  31. Carmen dice

    30 de junio de 2016 a las 9:09 pm

    Buenas a mi me Rechazaron el reembolso porque dicen que no pague Julio,octubre y noviembre 2015 y tengo los recibos cancelados que debo hacer

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de junio de 2016 a las 9:42 pm

      Verifica que esten pagados dentro de la fecha del vencimiento, de estar bien lo pagos, presenta tu recurso de reconsideración.

  32. Lourdes Cervantes dice

    27 de junio de 2016 a las 9:25 pm

    Hola miguel mi situación es lo siguiente, yo estuve de licencia por maternidad del 31/12/2015 al 29/03/2016, mi citt fue emitido el mismo 31/12/2015, sin embargo mi entidad empleadora ha declarado el dia 31 de diciembre como labor remunerada, y se declaro improcedente mi reembolso, si apelo me reconocerán, y habra jurisprudencia.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2016 a las 12:53 am

      En todo caso tendrán que rectificar el PDT PLAME para que sea procedente, pero no se asegura nada.

  33. Nancy Marcos Vilela dice

    17 de mayo de 2016 a las 5:22 pm

    Necesito urgente una orientación Essalud, me ha rechazado un subsidio por incapacidad de 150 dias, aduciendo que la empresa esta en reembolso , como es eso si hemos presentado todo ok.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 9:53 am

      Le envio un email.

  34. Julio dice

    4 de mayo de 2016 a las 11:44 am

    Buens dias, mi pregunta es si mi esposa embarazada se atiende por Essalud y da a luz en una clinica por emergencia puedo yo presentar la Solicitud de Reembolso subsidios

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de mayo de 2016 a las 2:42 pm

      Si puedes hacerlo, primero tendrás que canjear el descanso medico por el CITT en el essalud.

  35. Carlos Alarcon dice

    15 de abril de 2016 a las 10:35 am

    Hola Miguel una consulta hermano,
    Cuanto tiempo tengo de plazo para solicitar el reembolso por subsidio de descanso por maternidad, tengo un caso en la empresa que estuvo de descanso de 26/06/2015 al 23/09/2015.
    Estoy a tiempo? cuanto es el plazo establecido? y si ya no estoy en el rango hay algo que pueda hacer para solicitar dicho reembolso.

    Muchas gracias por tu respuesta varon

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de abril de 2016 a las 1:15 pm

      El plazo es 90 días luego de la fecha de nacimiento + 6 meses.

  36. Daniel Diaz dice

    11 de abril de 2016 a las 12:05 pm

    Buenos dias mi estimado, agradeciendo siempre por tus aportes, una consulta, sobre el correcto llenado del PLAME, seria de gran ayuda tu comentario sobre el correcto llenado de este. Te pongo un caso, tengo un trabajador con 30 dias de descanso medico del 24/03/2016, esos dias del mes de marzo, debo poner remuneración en subsidio por incapacidad?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de abril de 2016 a las 1:28 am

      Si son los primeros 20 días no es subsidio.

  37. Lucy dice

    31 de marzo de 2016 a las 10:14 am

    Hola Miguel , nosotros cometimos el error de no declarar en el primer mes los dias subsidiados , es deceir se declaro por error como si hubiera trabajado…por lo cual nos han denegado el subsidio, la consulta es me aceptara Essalud si corrigo el Plame y presento y lo presento nuevamente.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de abril de 2016 a las 1:14 am

      Solo si la corrección lo realiza dentro del ultimo día del vencimiento del periodo a corregir.

  38. Rosario Ingaruca Tabra dice

    15 de marzo de 2016 a las 10:42 am

    a mi me rechazaron mi reembolso por subsidio, por llenar mal el plame por un error infantil no ingrese la fecha como dice en el citt. ahora presentare un recurso de reconsideración espero obtener resultado positivo, ya que corregi el plame de a cuerdo a las fechas indicada del citt, claro que pagando multa por corregir el plame y pagando onp y es salud al existir ciertas diferencias .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de marzo de 2016 a las 5:38 am

      Esperar el resultado de reconsideración.

  39. Tany Lopez dice

    15 de marzo de 2016 a las 8:53 am

    Hola miguel una pregunta estas al tanto sobre lo que es remype en una parrte dice que tienes que estar incrito para gozar de seguro , pero ahora te inscribes y tienes problemas

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de marzo de 2016 a las 5:37 am

      El problema es que no se inscriben correctamente, tienes que registrar a un trabajador a parte del titular. En el caso del subsidio hay muchos errores, el más común no pagar en la fecha del vencimiento el essalud.

  40. Carlos Llenque dice

    15 de marzo de 2016 a las 7:47 am

    Colega una consulta, la empresa pago al trabajador los dias en que estaba con licencia por maternidad no se ha solicitado el reintegro (marzo 2015) se puede iniciar los tramites o ya caduco sobre ello. gracias
    carlos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de marzo de 2016 a las 5:34 am

      Ya te pasaste de la fecha permitida.

  41. Gilder dice

    15 de marzo de 2016 a las 6:49 am

    Hola Miguel, quiero saber si es valido el descuento de dominical, asignacion familiar, feriado y basico cuando se presenta un documento por descanso medico? ten en cuenta que trabajamos bajo el regimen agrario y cobramos semanal.

    saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de marzo de 2016 a las 5:33 am

      El dominical se descuenta proporcional a los días faltados, la asignación familiar si se descuenta, feriados no, en realidad el “descanso medico” es mucho politica de la empresa, porque un descanso medico de una posta muchas empresas no lo reciben.

  42. Yamila dice

    14 de marzo de 2016 a las 6:21 pm

    Miguel es legal dejar de pagar un subsidio tal como lo sugieres?, ya que la validación del descansos médico para obtener el CITT muchas veces depende de Essalud y no del trabajador dado que él cumplió con la presentación del dme particular y la solicitud del expediente para rl canje respectivo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de marzo de 2016 a las 1:04 am

      Claro, muchas empresas requieren del CITT o algún documento formal del essalud para sustentar las inasistencias por descansos médicos? Por otro lado la entrega del CITT no demora mucho, más aún cuando es una emergencia, por otro lado existen otros documentos que también pueden probar la tramitación del CITT, el cargo presentado para la tramitación.

  43. Paul dice

    14 de marzo de 2016 a las 3:47 pm

    Estimado Miguel, buen día

    Si la empresa ha programado en diciembre su fecha de salida 20/12/2015 y retorno 20/03/2016 siendo estos 90 días y no 98, a pesar de que la ley 30367 ya había entrado en vigencia en noviembre de 2015. ¿Qué procedimiento debe seguir esa trabajadora para reclamar esos 8 días restantes y ante quién, Essalud? o la Entidad?

    Gracias por tu rspta de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de marzo de 2016 a las 12:55 am

      El permiso de los 98 días le debe otorgar la empresa, pero el pago va depender del CITT de essalud.

  44. Milagros dice

    14 de marzo de 2016 a las 2:59 pm

    Rectificamos y pagamos, ahora Essalud me emite una resolución de cobranza en la que me indica que tengo la condición de moroso y pretende cobrarme las atenciones a mis trabajadores durante ese periodo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de marzo de 2016 a las 12:54 am

      Eso pasa cuando no pagas a tiempo el essalud, el echo de rectificar una declaración es un pago extemporáneo del tributo.

  45. Milagros dice

    14 de marzo de 2016 a las 2:58 pm

    Hola.. una consulta, yo pague declare y pague periodos del 2012 dentro de la fecha según cronograma de SUNAT, sin embargo Sunat en el 2014 me fiscalizo ese periodo (2012) y determino que algunos conceptos que estaban considerados como condiciones de trabajo, los debería afectar a Essalud y Onp.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de marzo de 2016 a las 12:53 am

      Tu afectas a essalud si son de libre disposición, si es condición de trabajo no esta afecto al essalud ni al onp.

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