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Noticiero Contable

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Esquela Sunat – Fiscalización del IGV

Publicado por Miguel Torres el 9 de septiembre de 2020 63 comentarios

Miguel ¿Que es una esquela SUNAT?

Muy buena pregunta.

Una esquela SUNAT es un mecanismo de fiscalización muy utilizado actualmente, motivadas por una acción inductiva, con el propósito de notificar al contribuyente algunas inconsistencias encontradas luego de realizar el cruce de información respecto a un tributo.

  • Sunat – Verificaciones y Cartas Inductivas

La contingencia más usada respecto al tributo IGV es el siguiente:

Se ha determinado un Impuesto General a las Ventas por pagar debajo del promedio del sector económico al que pertenece.

En términos coloquiales significa que tu empresa paga menor IGV que una empresa del mismo sector económico.

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Esquela de Citación Sunat
    • Los comprobantes de compras
    • Los comprobantes de ventas
    • Registro de Inventario
    • Guías de Remisión
    • Relación de medios de pago
    • Estados de Cuentas
    • Relación de Trabajadores
    • Activos Fijos
    • Legalización de Libros Contables
    • Libros Electrónicos
    • Libro de Caja y Bancos
    • Posibles Infracciones
    • Actuación del Inspector

Esquela de Citación Sunat

Una vez que hemos sido notificado mediante una esquela SUNAT, esta última siempre viene acompañado de un anexo, donde se solicitara información, analicemos los documentos solicitados.

esuquela-citacion-IGV

En este anexo de la esquela SUNAT se menciona dos datos muy importantes, el periodo de revisión y el tributo a revisar.

Del periodo a revisar, solo se solicitará información de los 5 meses declarados con mayor crédito fiscal.

Por lo tanto, tienes que revisar los 12 meses declarados y elegir los 5 meses donde hayas declarado mayor crédito fiscal (mayor base imponible de compras).

registro de compras

Los comprobantes de compras

Este es el punto más importante de todo el requerimiento, en esta etapa, el fiscalizador revisará todos los comprobantes de compras de pago. Algunas recomendaciones a tener cuenta:

  1. Tener en cuenta, que los documentos solicitados son la copia adquiriente o usuario, más no la copia sunat del comprobante.
  2. Revisa  los comprobantes de pago afectos al SPOT tenga su constancia de deposito de detracción.
  3. Verifica los comprobantes de pago cumplan con la bancarización.
  4. Revisa que no hayas incluido comprobantes de pago de uso personal del gerente o que no tengan que ver con el giro de negocio.
  5. Verifica los comprobantes de pago del periodo 2016 cumplan el requisito de la tercera copia: Factura Negociable.
  6. Verifica los comprobantes de pago de mercaderías, o aquellos en los cuales necesitaron traslado, estén acompañados de su guía de remisión o de transporte.

En el caso de comprobantes de pago donde existe el riesgo de reparo (cualquier sea el motivo), adjunta documentación extra como cotizaciones, ordenes de compras, proformas, informes, etc.

Los comprobantes de ventas

En este punto no debería tener problemas, lo único seria revisar que los montos de los comprobantes emitido en un periodo coincidan con los montos declarados en el PDT 621.

Además en caso operaciones de venta afecto al sport acompañados de su constancia de detracción y llenar el formato respectivo.

Registro de Inventario

Es importante verificar si estamos obligados a llevar dicho registro. Para verificar la obligación revisa el inciso b) del artículo 35 del Reglamento del Impuesto a la Renta:

Cuando sus ingresos brutos anuales durante el ejercicio precedente hayan sido mayores o iguales a quinientas (500) Unidades Impositivas Tributarias y menores o iguales a mil quinientas (1,500) Unidades Impositivas Tributarias del ejercicio en curso, sólo deberán llevar un Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas.

Por lo tanto, esta obligación es para las empresas cuyos ingresos en el ejercicio precedente hayan superado las 500 UIT.

Guías de Remisión

Si tienes autorización para emitir guías de remisión, tendrás que mostrar los comprobante emitidos, así como el ultimo sin emitir.

De igual manera si contrataste a terceros para la entrega de tus productos, te pedirán los contratos de servicios de transporte, así como el comprobante de pago.

Relación de medios de pago

La prioridad serán los comprobantes de pago que superan los S/. 3,500 soles o $ 1,000 dólares, los cuales deben estar acompañados con su medio de pago.

Recuerda en caso de cheques tiene que tener el sello de “no negociable”.

Puede darse el caso, que un comprobante no tenga medio de pago porque ha sido comprado al crédito, en este caso debes mostrar el sustento necesario.

Una pequeña pregunta para que investiguen:

¿Podría yo mencionar que un comprobante compra (factura) fue adquirido al crédito, en un plazo de 12 meses, por lo tanto no hay bancarización por el momento? ¿Existe un limite para las compras al crédito?

Estados de Cuentas

Este requisito lo denomino: “el chismoso”, porque te puede poner en aprietos en algunas circunstancias.

Por ejemplo algunos sucesos:

  1. En el periodo Febrero 2016, tienes ingresos en tu estado de cuenta por S/ 230,000 soles, vs tu declaración mensual de S/ 43,000 soles. ¿Qué paso?
  2. En el periodo setiembre 2015 tienes retiros de S/ 30,000 y S/ 40,000 soles de tu estado de cuenta, mientras que la adquisidores declaradas en conjunto llega al importe de S/ 10,000 soles ¿Qué paso?
  3. Podría darse el caso, con el detalle de pagos, mencionas que has cancelado tu comprobantes de pago mediante deposito en cuenta, pero tu estado de cuenta no registra ningún retiro ¿Qué paso?

Si tienes esta clase de contingencias, prepara un buen sustento, si el fiscalizador te los pregunta.

Relación de Trabajadores

Este es un requisito para evaluar tu flujo de caja y verificar efectivamente el pago de tu IGV si esta por debajo del sector económico.

Analicemos con el siguiente ejemplo:

trabajadores sunat

Como podrás apreciar en todos los meses el monto declarado de las ventas y compras están casi iguales, lo que significa que el flujo de efectivo disponible es muy bajo.

Por otro lado tienes una planilla promedio mensual de 10,000 soles ¿Cómo haces para realizar dichos pagos?, sin tener en cuenta el pago de beneficios y aportes.

Activos Fijos

Este supuesto también esta vinculado al punto de liquidez de la empresa. Es posible que te puedan solicitar el Libro de Activos Fijos.

Recuerda que el requisito para contar con este libro no esta ligado a tus ingresos, si no más bien a poseer un solo activo fijo en tu contabilidad.

Evita una infracción por no legalizar este libro, llevándolo en forma obligatorio.

Legalización de Libros Contables

Esta de más decir que la legalización de los libro contables será el primer punto a revisar, en caso de estar fuera de plazo se recomiendo pagar la multa.

En este ejemplo en particular el periodo de revisión es Marzo 2015 – Febrero 2016, donde podría darse varios supuestos:

Obligado a usar libros electrónicos desde 2016

  • En este caso deberás llevar tus libros físicos del 2015 incluido el cierre de libros, más los formatos electrónicos del ejercicio 2016.

Obligado a usar libros electrónicos desde 2015

  • En este caso deberás llevar los formatos electrónicos del ejercicio 2015 y 2016.

Libros Electrónicos

En caso de llevar tu libros contables en forma electrónica, no existe obligación de legalización.

En ese supuesto solo deberás llevar en un medio magnético (te recomiendo USB), los archivos txt y la constancia de anotación de cada periodo.

Registro de Compras

Este registro esta conformado por dos formatos:

  • 8.1 Registro de Compras
  • 8.2 Registro de Compras – No domiciliado

Registro de Ventas

Este registro esta conformado por un formato:

  • Formato 14.1 – Registro de Ventas

Algunas recomendaciones en la anotación:

  1. El reporte de consistente de tus libros electrónicos debería coincidir con el monto declarado en tu PDT 621, salvo que haya corrección en dicho periodo.
  2. No olvides anotar las constancias de detracción en tu registro de compras.

Libro de Caja y Bancos

Revisar si tienes la obligación de llevar el Libro Caja y Bancos, recuerda solo será obligatorio si superaste las 1700 UIT en el ejercicio anterior.

Posibles Infracciones

Existen dos infracciones que son frecuentes en este tipo de requerimientos:

  • Legalización extemporánea
  • No entregar el requerimiento completo

Ambas multas se calculan en base a tus ingresos netos del ejercicio anterior.

En el siguiente artículo explico detalladamente como calcular cada una de ellas.

  • Las dos sanciones favoritas de Sunat.

Actuación del Inspector

En esta comparecencia, la posición del inspector es clara te pedirá que rectifiques tus declaraciones mensuales disminuyendo la base de tus compras o aumento la base de tus ventas, bajo la “advertencia” que si no lo realizas, serás notificado para una fiscalización.

Ante este supuesto, solo te queda poner en una balanza los pro y contras de la rectificación vs una posible fiscalización parcial.

Si tienes todo tus documentos en orden, no tienes porque rectificar, ni tampoco te pueden obligar.

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Conclusiones

  1. En caso de encontrar irregularidades , subsana y realiza el pago de las multas correspondientes, recuerda que puedes acceder a la gradualidad por subsanación voluntaria.
  2. Sustentar con documentación adicional los comprobantes de compras que tengan una dudosa aplicación del principio de causalidad.
  3. Lleva toda la documentación requerida en la esquela SUNAT, en caso de olvidar algún punto solicitado, estarías cometiendo una infracción tributaria.
  4. Lleva un cargo de toda la información que muestras al fiscalizador, en especial de los libros electrónicos (detallado).

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63 comentarios

  1. Frank A. dice

    20 de septiembre de 2022 a las 6:22 pm

    Si corregí mi PDT a raíz de una esquela de citación antes del plazo de vencimiento del requerimiento, me puedo acoger al 95% de gradualidad en caso de la multa por declarar datos falsos?, o ya entraría a la gradualidad en etapa de fiscalización?.

    Responder
  2. Elvis S. dice

    29 de mayo de 2021 a las 2:34 am

    Hola Miguel, buenas noches. Fines de Marzo me llegó una esquela de citación; hubo errores en serie y número de comprobantes, respondí y corregí el Ple de Abril 2021. Hace unos días me llegó al buzon el cierre de la esquela, pero el expediente sigue abierto, dice “evaluar”. ¿Qué sucederá con este expediente que aun no concluye? Estaré atento. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de mayo de 2021 a las 10:45 am

      Es correcto, seguirán revisando periodos futuros haber si se repite el error.

  3. Jonatan dice

    7 de noviembre de 2019 a las 7:05 am

    Una consulta. esto es en cuanto a la empresas. La SUNAT hace lo mismo con individuos? en las notificaciones de esquelas NO figura el anexo, como puedo verificar los anexos por otro medio?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de noviembre de 2019 a las 7:52 pm

      Tienes que comunicarte con el fiscalizador.

  4. Nadezna dice

    16 de octubre de 2017 a las 6:34 pm

    Hola … Cuando es obligatorio llevar activos fijos ?…. como dice el artículo debo tener uno por el simple hecho de tener un activo fijo en mi contabilidad ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de octubre de 2017 a las 5:44 am

      En la practica la empresa que lleva contabilidad completa.

    • Nadezna dice

      17 de octubre de 2017 a las 12:52 pm

      Gracias por tu respuesta … pero en tu artículo mencionaste también que si tenías almenos un activo fijo en tu contabilidad , es obligatorio contar con libro de activo fijo ? …

    • Miguel Torres dice

      6 de noviembre de 2017 a las 2:43 am

      Es correcto, es lo mas conservador. En la practica lo que visto últimamente, solo lo piden cuando la empresa lleva contabilidad completa.

  5. Hans dice

    7 de agosto de 2017 a las 5:52 pm

    Estimado buen aporte; consulta, en la empresa que laboro archivan la copia Sunat en compras y la usuario (original) en otro file con el comprobante de pago, es correcto eso? Y la tercera copia(transferible) donde se archivaría con la usuario? Agradezco tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de agosto de 2017 a las 3:09 pm

      No es correcto, porque en la fiscalización Sunat pide el usuario, no copia Sunat.

  6. Juan José dice

    13 de octubre de 2016 a las 6:49 pm

    Buen articulo estimado… Una consulta pf… En caso tenga alguna observación por el correlativo del sistema contable, (Se hayan salteado secuencias); Hay alguna implicancia tributaria…¿?

    Gracias.
    Saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de octubre de 2016 a las 1:48 am

      Sunat no fiscaliza sistemas contables, lo que te observa es el correlativo de los comprobantes de pago o la forma de impresión de tus libros contables.

  7. Graciela dice

    22 de septiembre de 2016 a las 12:52 pm

    Consulta: Mi PDT 621 ha sido rectificado a favor de SUNAT(En la rectificatoria aumente mas ventas) pero no llegue a regularizar mi PLE hasta la fecha, si ya tengo un requimiento que me solicita los libros, tendré multa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de septiembre de 2016 a las 4:23 pm

      No, mientras lo soluciones antes del día del requerimiento.

  8. Aldo Sarmiento dice

    24 de junio de 2016 a las 9:57 am

    Voy a iniciar el negocio de elaboracion y venta de tejas. . voy a vender a municipalidades , estas me van a pedir factura.
    la pregunta es si es q esta afecto al igv(nota:estos materiales si sufren la intervencion de la mano de obra para ponerlos a la venta) y como puedo deducir el igv de sus compras si este las recopila de campo , en q reg. trib. debo estar?.. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de julio de 2016 a las 5:57 pm

      En ese caso te recomiendo el regimen especial, es más sencillo, sobre el IGV, si no hay manera de conseguir. Solo trata pedir factura por todo tipo de concepto relacionado con tu negocio.

  9. Carlos Jesus dice

    21 de junio de 2016 a las 10:02 am

    Excelente Miguel. Gracias. Dios te bendiga.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de junio de 2016 a las 3:44 pm

      Muchas gracias, bendiciones para tu familia.

  10. Luis Guerrero Cassuzo dice

    15 de junio de 2016 a las 3:43 am

    Excelente tu información, una pregunta, cuando habla de legalización de libro Caja Banco, y si en el 2015 no supere mis ingresos de 1,700 UIT, tengo que llevarlo de todas maneras para su presentación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de junio de 2016 a las 3:51 am

      Si no has superado las 1700 UIT no estas obligado a llevarlo.

  11. Ysaac dice

    15 de junio de 2016 a las 1:07 am

    Excelente Miguel, gracias por tus aportes

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de junio de 2016 a las 3:52 am

      Muchas gracias 🙂

  12. Yoel Espinoza dice

    14 de junio de 2016 a las 6:59 pm

    Muy buen artículo, apropósito el promedio del sector construcción, para el pago del IGV, a que porcentaje ascendería?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de junio de 2016 a las 1:54 pm

      No tengo ese dato amigo, ni se como la sunat saca esos factores.

  13. Angela dice

    13 de junio de 2016 a las 1:42 pm

    Gracias.
    Es cierto lo que dices sobre el inspector de SUNAT que te induce a que rectifiques
    dando a entender que no facturo lo correcto; en mi caso es servicio.
    También que prepare el sustento de las compras porque habrá una posterior fiscalización.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de junio de 2016 a las 2:21 pm

      Gracias por el comentario 🙂

  14. Julia Laqui Mamani dice

    10 de junio de 2016 a las 10:15 pm

    Miguel muy importante tu información, te felicito por este valioso aporte para todos los integrantes del grupo. Feliz fin de semana . Dios te Bendiga..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2016 a las 7:49 am

      Muchas gracias 🙂

  15. Lucero dice

    10 de junio de 2016 a las 6:45 pm

    Muy bueno el artículo, gracias por tus aportes valiosos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2016 a las 7:53 am

      Muchas gracias 🙂

  16. Meche Ortiz dice

    10 de junio de 2016 a las 11:14 am

    Muchas gracias miguel por tus aportes tan valiosos, por favor espero que publiques sobre lo relacionado a empresas que se dedican al rubro de servicios: restaurantes, régimen general, tributario y contable.
    muchas bendiciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2016 a las 8:12 am

      Gracias, lo tendré en cuenta 🙂

  17. Esperanza Huarancca dice

    10 de junio de 2016 a las 11:09 am

    Gracias Miguel por tu información es de gran ayuda, bendiciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2016 a las 8:20 am

      Gracias 🙂

  18. Yessica dice

    10 de junio de 2016 a las 10:45 am

    Estimado Miguel, es necesario que una empresa acredite que sus gastos pasaron por la bancarización guardando la copia del cheque? , es necesario este requisito? o basta con mostrar el estado de cuenta?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2016 a las 8:21 am

      Es correcto, te van pedir una copia del cheque, de no tenerlo te van pedir que lo solicites al banco.

  19. Luis dice

    10 de junio de 2016 a las 10:37 am

    Excelente aporte Miguel, de gran ayuda el material brindado,

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2016 a las 8:21 am

      Gracias 🙂

  20. Miguel Parisaca Apaza dice

    9 de junio de 2016 a las 10:36 pm

    Estimado Miguel,
    Agradezco mucho por toda la información que públicas. Esta parte especialmente me cayó como anillo al dedo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2016 a las 8:27 am

      Muchas gracias 🙂

  21. Eli HT dice

    9 de junio de 2016 a las 8:15 pm

    Estimado Miguel muchas gracias por compartir la información.
    Bendiciones y exitos!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2016 a las 8:27 am

      Muchas gracias 🙂

  22. Gladys dice

    9 de junio de 2016 a las 7:44 pm

    Muchas gracias.

    En el caso que en una venta realizada en el 2015 y supere los S/3500.00, y el cliente no haya enviado el boucher de dicho deposito o transferencia, ¿Cómo podría sustentar la factura?

    Gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2016 a las 8:28 am

      Con tu estado de cuenta (ingreso del dinero).

  23. Lourdes dice

    9 de junio de 2016 a las 5:04 pm

    Gracias por la información, permítame hacerle una consulta, en el caso de las compras hechas al contado y en efectivo en las ferreterías y que pasan del monto de la bancarización como es que se sustentan esos pagos?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2016 a las 8:34 am

      Si una operación pasa los 3,500 soles no puede ser en efectivo, tienes que utilizar un medio bancarizado, de lo contrario tendrás problemas, sería recomendable que hable con la ferreteria para que le ayude a solucionar el problema (con algunos boucher de deposito).

  24. Mariela dice

    9 de junio de 2016 a las 4:54 pm

    Buenos datos Miguel.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de junio de 2016 a las 4:59 pm

      Gracias 🙂

  25. Guillermo dice

    9 de junio de 2016 a las 4:49 pm

    Miguel con respecto ,a los comprobantes de compras los documentos solicitados son la copia adquiriente o usuario,en mi caso. la oficina de contabilidad los ordena de la siguiente manera: copia sunat (en registro de compras) y el original la usa para pagos..es correcto o debe cambiarse esta forma para evitar que en una fiscalización tengamos que cambiar.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de junio de 2016 a las 4:54 pm

      Es correcto, de esa manera tu file de adquiriente ya tiene el medio de pago.

  26. Artemio Luis Reyes Martinez dice

    9 de junio de 2016 a las 4:44 pm

    Apreciaciones muy profesionales y actualizadas, sirven de mucha orientación para la gran cantidad de profesionales y publico en general.
    Artemio Luis Reyes Martínez.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de junio de 2016 a las 4:58 pm

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  27. Yvonne dice

    9 de junio de 2016 a las 4:09 pm

    Excelente tema mi estimado miguel, lo que mencionas es muy cierto gracias por reforzarnos en este tema que sigas adelante con éxitos como siempre.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de junio de 2016 a las 4:34 pm

      Muchas gracias 🙂

  28. Karina Salas dice

    9 de junio de 2016 a las 4:04 pm

    Miguel gracias por la info. Podrías aclararme el punto 7 Relación de medios de pago (que es lo que exactamente debo presentar aqui).
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de junio de 2016 a las 4:35 pm

      Prioriza los comprobantes de compras que superan el limite de la bancarización. En general de todo lo que puedas en especial de los que pueden ser observados.

  29. Joel Ilizarbe dice

    9 de junio de 2016 a las 4:01 pm

    Gracias miguel por tus contribuciones a la profesión contable :D, solo una pregunta por favor en tu artículo mencionas: “Descarta una infracción por no legalizar este libro (Registro de Activos Fijos)”. Alguna base legal para ello por favor, ya que hace un tiempo nos exigieron en una fiscalización, el pago de la multa por no llevar este libro ¿y que podría hacer si ya pagué dicha multa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de junio de 2016 a las 4:36 pm

      Es correcto el actuar del fiscalizador, cuando mencione esa frase, quise decir evita el pago de la multa.

  30. Jose Luis dice

    9 de junio de 2016 a las 3:53 pm

    Buenas tardes, una consulta para determinar los 5 meses con mayor credito se toma en cuenta tambien el igv por las importaciones segun DUA o solo las compras con igv nacionales?
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de junio de 2016 a las 4:38 pm

      También tienes que considerar las Duas. Personalmente siempre llevo información de 7 meses (por si acaso).

  31. Guillermo dice

    9 de junio de 2016 a las 3:49 pm

    Gracias Miguel,Excelente material.Me va ayudar mucho.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de junio de 2016 a las 4:38 pm

      Muchas gracias 🙂

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