Miguel ¿Qué significa ser emisor electrónico por elección?
Esta situación ocurre cuando una empresa voluntariamente se afilia a la emisión de comprobantes de pago electrónicos.
Además, la afiliación voluntaria significa que una empresa puede emitir comprobantes de pago impresos y electrónicos a la vez.
Por otra parte, el sistema de emisión electrónico utilizado para la afiliación por mucha empresas es: SEE-CLAVE SOL.
Resolución de Superintendencia 340-2017
El 30 de diciembre se publicó la Resolución de Superintendencia 340-2017 que regula al emisor electrónico por elección.
En dicha resolución se menciona:
En los casos en que el contribuyente adquiera la calidad de emisor electrónico por elección en el SEE respecto de facturas electrónicas, boletas de venta electrónicas, notas de crédito electrónicas y/o notas de débito electrónicas vinculadas a aquellas en el SEE – Del Contribuyente, en el SEE – SOL, en el SEE – SFS o en el SEE – OSE, puede seguir emitiendo las facturas, boletas de venta, notas de débito y/o notas de crédito en formatos impresos y/o importados por imprentas autorizadas o los tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras, según corresponda, por un plazo de cinco (5) meses contados desde el primer día calendario del mes siguiente de adquirida la calidad de emisor electrónico.
Posteriormente, en el párrafo siguiente menciona:
Cumplido el plazo antes señalado, a partir del primer día calendario del sexto mes el sujeto indicado en el párrafo precedente adquiere la calidad de emisor electrónico por determinación de la SUNAT.
En esta resolución se menciona una nueva condicional para adquirir la condición de emisor electrónico.
Por lo tanto, si decides ser un emisor electrónico por elección, luego de 5 meses, automáticamente te conviertes en emisión electrónico designado por la Sunat.
Emisor Electrónico por Elección
Miguel ¿Qué pasa con los que se afiliaron voluntariamente a los comprobantes de pago electrónico hace años?
En su primera disposición complementaria, responde dicha pregunta:
El sujeto que adquiera la calidad de emisor electrónico por elección en el Sistema de Emisión Electrónica hasta el 31 de diciembre de 2017 podrá emitir los comprobantes de pago, las notas de débito y/o las notas de crédito en formatos impresos y/o importados por imprentas autorizadas o los tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras, cuando corresponda, hasta el 31 de octubre de 2018.
A partir del 1 de noviembre de 2018 el sujeto adquiere la calidad de emisor electrónico por determinación de la SUNAT de facturas electrónicas, boletas de venta electrónicas, notas de crédito electrónicas y notas de débito electrónicas
Lo que pasara es que a partir del 01 de Noviembre de 2018, la empresa será designado emisor electronico por determinación de Sunat.
Miguel, me acuerdo que en el año pasado emiti una factura electrónica desde el portal de Sunat ¿Qué implica esto?
Significa que a partir del 01 de noviembre de 2018 serás emisor electronico designado por la Sunat, por lo tanto deberas emitir tus comprobantes de pago en formato electronico.
Miguel , pero solo emiti una factura electrónica ¿Aplica de igual forma?
Es correcto, aplica, dado que la norma solo menciona como requisito haber adquirido la calidad de emisor electronico por elección (afiliación voluntaria).
Miguel ¿Qué puedo hacer ahora?
Podrías emitir tus comprobantes de pago electronico a travez del portal de Sunat.
Conclusión
- Todo Emisor Electrónico por Elección afiliado antes del 31 de diciembre de 2017, se convertirá en emisor electrónico designado por la sunat a partir del 01 de noviembre de 2018.
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Deisi dice
Estimado si soy emisor electrónico a partir de enero 2021, aun sigo emitiendo tickets en mi maquina registradora es valido o tendria alguna sanción
Miguel Torres dice
Tendrías sanción por la omisión.
Jennifer dice
Si soy emisor voluntario y emito comprobantes físicos dentro del plazo de 5 meses, estoy obligada a comunicar estos comprobantes a la Sunat?, como puedo realizar el envío a SUNAT?
Miguel Torres dice
No estas obligado.
Henry Guzman dice
Hola Miguel, habiendo elegido la emisión de factura electrónica por la opción SEE- SOL, puedo cambiar posteriormente a SEE- Sistema del contribuyente? y la otra consulta, si inicio una empresa nueva estoy obligado a usar SEE?
Gracias
Miguel Torres dice
Si puedes hacerlo, o llevar los dos al mismo tiempo.
Etna Yesica dice
Muchas gracias estimado Miguel, en caso de realizar 3 tipos de actividades, que pasa con la serie al momento de emitir la factura electrónica del portal de la sunat.
Miguel Torres dice
Es la misma para toda las actividades.
Harol dice
Estimado Miguel ..Con respecto a que solo se puede emitir ticket maquina registradora hasta el 31.12.18. Nuestra empresa es una cafetería, estamos en LA MICROEMPRESA y no estamos obligados a emitir comprobantes electrónicos. Damos tickes por la cantidad de clientes. Gracias
Miguel Torres dice
En tu caso tendrás que emitir boleta o factura electrónica. Mientas no estes obligado puedes seguir emitiendo tickets.
Julio dice
Hola Miguel, una consulta: yo me afilie al sistema electrónico de emisión de facturas de la Sunat en Marzo, pero solo por Facturas, es posible seguir emitiendo boletas físicas o tiene que ser también electrónicas? y desde cuándo?, dado que tengo un lote de boletas físicas aun . gracias por la atención
Miguel Torres dice
A partir de setiembre 2018, ya eres emisor electrónico.
Dani dice
Si soy emisor electrónico voluntario de comprobantes de pago puedo a la ves emitir comprobantes físicos impresos ?
Miguel Torres dice
Si puedes, pero al sexto mes de tu afiliación ya te conviertes en emisor electrónico designado por la Sunat.
Giannella dice
Hola, tb entiendo que para ser E Electr. obligado, debo descartar todas causales según actividad, padrón y f. emisión por elec, la que surta efecto primero me obliga a emitir todos mis CP en modo electr; no??
Miguel Torres dice
Es correcto, en algunos casos la obligación puede empezar solo para un servicio y luego para todas tus actividades. Por ejemplo arriendo inmuebles desde 01/07/2017 ya estoy obligado a emitir CPE (solo por dicha actividad), posteriormente podría estoy obligado todas mis actividades.
Giannella dice
Hola el”plazo de 5 meses contados desde el primer día calendario del mes sigte de adquirida la calidad de emisor electrónico.” desde que fecha de emisión se considera el conteo? entiendo que desde 01.01.2017.
Miguel Torres dice
Es desde cuando te volviste emisor electronico por elección. Puedo haber sido en el año 2015, 2016 etc.
Giannella dice
Miguel, gracias. eso me confunde; los que emitieron hasta el 31.12.17 son obligads dsd 01.11.18; y los 5 meses? a partir de cuando?
Miguel Torres dice
Los 5 meses es para lo que se afilian a partir de 01/01/2018.
Rosa dice
Importante aporte Miguel ¡Muchas Gracias!
Miguel Torres dice
Super, buen inicio de semana 🙂
Nuno dice
Interesante (Y)
Miguel Torres dice
Gracias 🙂
Regina dice
Gracias Miguel por tus comentarios excelente aporte, Dios te bendiga.
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Haydee dice
Excelente aporte estimado Miguel, gracias.
Que sucede si por error me afilie pero no emiti ninguna factura igual estoy obligado a emitir de forma electronica a partir de noviembre
Miguel Torres dice
Si es correcto, si te afiliaste ya estas obligado.
FRANCISCO dice
Muy buena información estimado Miguel. Para se Emisor Electrónico por Elección es necesario afiliarse? o basta con la emisión de los CCPP. Este mes de enero quiero emitir comprobantes de pago tanto electrónicamente como manualmente, es necesario informar o reportar a la SUNAT la emisión de las boletas o facturas electrónicas?