Miguel ¿Qué significa ser emisor electrónico por elección?
Esta situación ocurre cuando una empresa voluntariamente se afilia a la emisión de comprobantes de pago electrónicos.
Además, la afiliación voluntaria significa que una empresa puede emitir comprobantes de pago impresos y electrónicos a la vez.
Por otra parte, el sistema de emisión electrónico utilizado para la afiliación por mucha empresas es: SEE-CLAVE SOL.
Resolución de Superintendencia 340-2017
El 30 de diciembre se publicó la Resolución de Superintendencia 340-2017 que regula al emisor electrónico por elección.
En dicha resolución se menciona:
En los casos en que el contribuyente adquiera la calidad de emisor electrónico por elección en el SEE respecto de facturas electrónicas, boletas de venta electrónicas, notas de crédito electrónicas y/o notas de débito electrónicas vinculadas a aquellas en el SEE – Del Contribuyente, en el SEE – SOL, en el SEE – SFS o en el SEE – OSE, puede seguir emitiendo las facturas, boletas de venta, notas de débito y/o notas de crédito en formatos impresos y/o importados por imprentas autorizadas o los tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras, según corresponda, por un plazo de cinco (5) meses contados desde el primer día calendario del mes siguiente de adquirida la calidad de emisor electrónico.
Posteriormente, en el párrafo siguiente menciona:
Cumplido el plazo antes señalado, a partir del primer día calendario del sexto mes el sujeto indicado en el párrafo precedente adquiere la calidad de emisor electrónico por determinación de la SUNAT.
En esta resolución se menciona una nueva condicional para adquirir la condición de emisor electrónico.
Por lo tanto, si decides ser un emisor electrónico por elección, luego de 5 meses, automáticamente te conviertes en emisión electrónico designado por la Sunat.
Emisor Electrónico por Elección
Miguel ¿Qué pasa con los que se afiliaron voluntariamente a los comprobantes de pago electrónico hace años?
En su primera disposición complementaria, responde dicha pregunta:
El sujeto que adquiera la calidad de emisor electrónico por elección en el Sistema de Emisión Electrónica hasta el 31 de diciembre de 2017 podrá emitir los comprobantes de pago, las notas de débito y/o las notas de crédito en formatos impresos y/o importados por imprentas autorizadas o los tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras, cuando corresponda, hasta el 31 de octubre de 2018.
A partir del 1 de noviembre de 2018 el sujeto adquiere la calidad de emisor electrónico por determinación de la SUNAT de facturas electrónicas, boletas de venta electrónicas, notas de crédito electrónicas y notas de débito electrónicas
Lo que pasara es que a partir del 01 de Noviembre de 2018, la empresa será designado emisor electronico por determinación de Sunat.
Miguel, me acuerdo que en el año pasado emiti una factura electrónica desde el portal de Sunat ¿Qué implica esto?
Significa que a partir del 01 de noviembre de 2018 serás emisor electronico designado por la Sunat, por lo tanto deberas emitir tus comprobantes de pago en formato electronico.
Miguel , pero solo emiti una factura electrónica ¿Aplica de igual forma?
Es correcto, aplica, dado que la norma solo menciona como requisito haber adquirido la calidad de emisor electronico por elección (afiliación voluntaria).
Miguel ¿Qué puedo hacer ahora?
Podrías emitir tus comprobantes de pago electronico a travez del portal de Sunat.
Conclusión
- Todo Emisor Electrónico por Elección afiliado antes del 31 de diciembre de 2017, se convertirá en emisor electrónico designado por la sunat a partir del 01 de noviembre de 2018.
Recomendación
- Esta semana empezamos el Curso Virtual: “Comprobantes de Pago Electrónico 2022”, donde aprenderás todo lo referente a comprobantes electrónicos, obligaciones, emisión, validación, y recomendaciones de implementación, si deseas información, te dejo este link: >> Comprobantes de Pago Electrónico 2022 <<
Estimado si soy emisor electrónico a partir de enero 2021, aun sigo emitiendo tickets en mi maquina registradora es valido o tendria alguna sanción
Tendrías sanción por la omisión.
Si soy emisor voluntario y emito comprobantes físicos dentro del plazo de 5 meses, estoy obligada a comunicar estos comprobantes a la Sunat?, como puedo realizar el envío a SUNAT?
No estas obligado.
Hola Miguel, habiendo elegido la emisión de factura electrónica por la opción SEE- SOL, puedo cambiar posteriormente a SEE- Sistema del contribuyente? y la otra consulta, si inicio una empresa nueva estoy obligado a usar SEE?
Gracias
Si puedes hacerlo, o llevar los dos al mismo tiempo.
Muchas gracias estimado Miguel, en caso de realizar 3 tipos de actividades, que pasa con la serie al momento de emitir la factura electrónica del portal de la sunat.
Es la misma para toda las actividades.
Estimado Miguel ..Con respecto a que solo se puede emitir ticket maquina registradora hasta el 31.12.18. Nuestra empresa es una cafetería, estamos en LA MICROEMPRESA y no estamos obligados a emitir comprobantes electrónicos. Damos tickes por la cantidad de clientes. Gracias
En tu caso tendrás que emitir boleta o factura electrónica. Mientas no estes obligado puedes seguir emitiendo tickets.
Hola Miguel, una consulta: yo me afilie al sistema electrónico de emisión de facturas de la Sunat en Marzo, pero solo por Facturas, es posible seguir emitiendo boletas físicas o tiene que ser también electrónicas? y desde cuándo?, dado que tengo un lote de boletas físicas aun . gracias por la atención
A partir de setiembre 2018, ya eres emisor electrónico.
Si soy emisor electrónico voluntario de comprobantes de pago puedo a la ves emitir comprobantes físicos impresos ?
Si puedes, pero al sexto mes de tu afiliación ya te conviertes en emisor electrónico designado por la Sunat.
Hola, tb entiendo que para ser E Electr. obligado, debo descartar todas causales según actividad, padrón y f. emisión por elec, la que surta efecto primero me obliga a emitir todos mis CP en modo electr; no??
Es correcto, en algunos casos la obligación puede empezar solo para un servicio y luego para todas tus actividades. Por ejemplo arriendo inmuebles desde 01/07/2017 ya estoy obligado a emitir CPE (solo por dicha actividad), posteriormente podría estoy obligado todas mis actividades.
Hola el”plazo de 5 meses contados desde el primer día calendario del mes sigte de adquirida la calidad de emisor electrónico.” desde que fecha de emisión se considera el conteo? entiendo que desde 01.01.2017.
Es desde cuando te volviste emisor electronico por elección. Puedo haber sido en el año 2015, 2016 etc.
Miguel, gracias. eso me confunde; los que emitieron hasta el 31.12.17 son obligads dsd 01.11.18; y los 5 meses? a partir de cuando?
Los 5 meses es para lo que se afilian a partir de 01/01/2018.
Importante aporte Miguel ¡Muchas Gracias!
Super, buen inicio de semana 🙂
Interesante (Y)
Gracias 🙂
Gracias Miguel por tus comentarios excelente aporte, Dios te bendiga.
Muchas gracias 🙂
Excelente aporte estimado Miguel, gracias.
Que sucede si por error me afilie pero no emiti ninguna factura igual estoy obligado a emitir de forma electronica a partir de noviembre
Si es correcto, si te afiliaste ya estas obligado.
Muy buena información estimado Miguel. Para se Emisor Electrónico por Elección es necesario afiliarse? o basta con la emisión de los CCPP. Este mes de enero quiero emitir comprobantes de pago tanto electrónicamente como manualmente, es necesario informar o reportar a la SUNAT la emisión de las boletas o facturas electrónicas?