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¿Cuánto me pagarán si laboro el feriado 01 de noviembre?

Publicado por Miguel Torres el 28 de octubre de 2022 22 comentarios

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Miguel ¿Cuánto me pagarán si laboro el feriado 01 de noviembre?

En primer lugar, mencionar que el día 01 de noviembre es un día feriado motivado por fiesta de todos los Santos.

Por otra parte, el día 31 de octubre está tipificado como un día no laborable, para el sector público.

Feriado 01 de Noviembre

Según el artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 713 menciona:

El trabajo efectuado en los días feriados no laborables sin descanso sustitutorio dará lugar al pago de la retribución correspondiente por la labor efectuada, con una sobretasa de 100%.

Por lo tanto, si un trabajador labora el feriado 01 noviembre, recibirá una retribución del 100% por la labor efectuada.

Ejemplo:

Si la remuneración diaria de un trabajador es 40 soles, y labora el día 01 de noviembre recibirá a fin de mes un remuneración adicional de S/ 80 soles.

Muchos siempre comentan que si laboras un feriado recibes el triple de remuneración (verdad a medias), recuerda que el pago del feriado ya está incluido en tu remuneración mensual.

Adicionalmente, puedes optar por la compensación de la labor efectuada en el día feriado 01 de noviembre, para no realizar el pago con la sobretasa del 100%.

También, podríamos mencionar que es un ejemplo de una suspensión imperfecta.

Significa que el trabajador no labora dicho día, pero si recibe el pago de su remuneración.

Día no laborable 31 de octubre

El gobierno declaró el día 31 de octubre como un día no laborable (compensable) para el sector público, es de manera opcional para el sector privado.

  • Decreto Supremo N° 033-2022-PCM

También, es una oportunidad para que las empresas otorguen descanso vacacional a los trabajadores pendientes de goce.

Trabajo Remoto

Si un trabajador está laborando bajo la modalidad trabajo remoto y labora el 01 de noviembre, tendrá derecho al pago del feriado, salvo que las partes acuerden un descanso sustitutorio.

Licencia con Goce de Haber

Por otra parte, si los trabajadores se encuentran con una licencia con goce de haber, el día 01 de noviembre no deberá compensarse a futuro.

Tener presente que la licencia con goce de haber originada por el estado de emergencia es compensable, salvo excepción de feriados.

Licencia sin Goce de Haber

Si el trabajador suscribió un acuerdo con el empleador de suscribir una licencia sin goce de haber, el trabajador no recibirá pago alguno por el feriado.

Vacaciones

Si un trabajador se encuentra de vacaciones, el feriado 01 de noviembre son absorbidos por el descanso vacacional.

Feriado 01 de noviembre

Conclusión

1. Si laboras el día feriado 01 de noviembre recibirás una retribución adicional del 100% del jornal diario.

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22 comentarios

  1. Paloma dice

    30 de noviembre de 2022 a las 12:06 am

    Estimado Miguel aplica también para los trabajadores en Recibo por honorarios?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de noviembre de 2022 a las 2:59 pm

      No aplica.

  2. Dan dice

    8 de noviembre de 2021 a las 2:45 pm

    Estimado amigo Miguel, no me quedó claro respecto al feriado del primero de noviembre, anteriormente dices 80 soles mas, entonces ablamos del triple delndiario a recibir?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de noviembre de 2021 a las 11:03 am

      Es triple, pero recuerda que ahi ya esta incluido lo de tu salario mensual, por lo tanto recibirás el doble.

  3. Lenin Ocupa Alberca dice

    1 de noviembre de 2021 a las 7:44 pm

    Tendría 3 remuneraciones el haber trabajado el día feriado 01 de noviembre 2021:ejemplo:
    remuneración mensual : 930
    1. por su remuneración mensual del día : S/ 31.00
    2.por día de haber trabajo el feriado: S/ 31.00
    3 por el Decreto Legislativo Nº 713 artículo 9; de una sobretasa de 100%: S/ 31.00
    a pagar por el día feriado es: S/ 93.00

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de noviembre de 2021 a las 4:25 pm

      Es correcto tu análisis.

  4. Rene Velarde dice

    30 de octubre de 2021 a las 7:42 pm

    Estimado Miguel hay trabajos con horarios atípicos como los de las minas donde se labora, por ejemplo, 14 días y descanso 14 días. También les correspondería la sobretasa del 100% si les toca trabajar en un día feriado?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de noviembre de 2021 a las 4:30 pm

      Depende, ha jornadas atípicas que ya incluyen el pago de feriados, por lo tanto, no corresponde.

  5. Cesar Rios dice

    30 de octubre de 2021 a las 8:20 am

    Gracias por los aportes sr. Torres.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de noviembre de 2021 a las 4:31 pm

      Muchas gracias, bendiciones y buenas vibras.

  6. Alvenis dice

    31 de octubre de 2019 a las 1:26 am

    Yo trabajare el feria 1 de noviembre donde puedo reclamar

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de octubre de 2019 a las 6:53 pm

      En Sunafil.

  7. Julio Cortegana dice

    30 de octubre de 2019 a las 5:20 pm

    Estimado Miguel, excelente aporte y desprendimiento compartiendo tus conocimientos
    Saludos cordiales

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de octubre de 2019 a las 8:47 pm

      Muchas gracias, bendiciones y buenas vibras.

  8. Monik dice

    30 de octubre de 2019 a las 3:49 pm

    Hola Miguel el mismo tratamiento también es para una empresa Mype

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de octubre de 2019 a las 8:51 pm

      Es correcto.

  9. Jb dice

    29 de octubre de 2019 a las 9:15 pm

    Gracias Miguel por la explicación. Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de octubre de 2019 a las 5:32 am

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  10. Lizbeth dice

    29 de octubre de 2019 a las 7:03 pm

    Excelente información.gracias !!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de octubre de 2019 a las 5:34 am

      Gracias, bendiciones 🙂

  11. Isaac Chuquillanqui Rodriguez dice

    29 de octubre de 2019 a las 6:31 pm

    Mi estimado miguel como siempre con buenos consejos para poder explicar al empleador sobre los feriados.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de octubre de 2019 a las 5:52 am

      Gracias. Buen día.

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