• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Laboral » Crédito EPS – Registro Crédito EPS – PDT PLAME

Crédito EPS – Registro Crédito EPS – PDT PLAME

Publicado por Miguel Torres el 12 de diciembre de 2019 48 comentarios

  • Compartir en Twitter Compartir en Twitter
  • Compartir en Facebook Compartir en Facebook

Miguel ¿Cómo se utiliza el crédito EPS? ¿Cómo se declara en el PDT PLAME?

Son muy buenas preguntas, muchas empresas pasan por alto este crédito sin utilizar en el pago del aporte de Essalud.

En primer lugar podemos definir a una EPS – Entidad Prestadora de Salud, reguladas por la Ley Nº 26790.

Adicionalmente, las EPS son empresas que prestan servicios de atención para la salud, con infraestructura propia y de terceros.

Finalmente, expliquemos el objetivo del artículo, las empresas aportan el 9% de la remuneración por concepto de Essalud por cada trabajador, pero al contratar una EPS el aporte se divide en un 2.25% de crédito para el empleador y el 6.75% para el Essalud.

Para un trabajador acogido a una EPS:

  • EPS: 2.25%
  • ESSALUD: 6.75%

Crédito EPS

En el artículo 16 de la Ley Nº 26790 menciona que el crédito EPS es igual al 25% de los aportes de Essalud correspondientes a los trabajadores.

Límites Crédito EPS

Antes de utilizar el crédito, debemos verificar que no exceda los siguientes límites:

  • Importe total de la factura por EPS (incluye IGV).
  • El 10% de la UIT multiplicado por el número de trabajadores que gocen de la cobertura.

Registro del Crédito EPS en el PDT PLAME

Paso 1: Calcular el crédito EPS

En primer lugar, debemos calcular el crédito para registrarlo en el PDT PLAME.

El aporte de essalud de los trabajadores afiliados a la EPS por el 25%.

Por ejemplo, si tuviera una trabajadora afiliada a la EPS, cuyo sueldo es S/ 1025.00 respectivamente.

  • Sueldo: 1,025.00
  • Aporte Essalud: 1,025 x 9%. = S/ 92.25
  • Crédito EPS: 92.25 x 25% = S/ 23.06

Paso 2: Comparar con los límites:

Primero, con el costo del servicio: S/ 740.85 (tienes que tomar en cuenta el IGV).

Factura del EPS


Segundo, 10% UIT x número de trabajadores afiliados: 10% 4,600 x 1 = S/ 460

Paso 3: Crédito a Utilizar

Por lo tanto, crédito es: S/ 23.06

Paso 4: Llenado en el PDT PLAME

Nos dirigimos en la pestaña: Determinación de la Deuda.

Luego la casilla 602: Crédito EPS – Ley Nº 26790.

Credito EPS PLAME

Le daremos clic en nuevo para registrar la factura del EPS y le damos grabar.

EPS PDT PLAME

Finalmente, si la empresa debía pagar por aporte de Essalud S/ 92 soles, utilizando el crédito (23 soles), solo pagará S/ 69 soles.

Cálculo de Crédito EPS Excel

Les comparto una macros en Excel para el calculo de crédito EPS en Excel:

  • Descarga la macros en excel de calculo de crédito EPS en excel

Preguntas Frecuentes

Miguel, si un contribuyente paga a la EPS en fecha posterior al vencimiento, ¿En qué período le corresponde aplicar el referido crédito?, ¿en el período de pago o en el período anterior cuyo vencimiento corresponde al mes de pago?

El crédito EPS sólo podrá ser aplicado contra las aportaciones a Essalud correspondientes al período tributario en que efectivamente se realizó el pago de dichas retribuciones y de existir un saldo, en los meses siguientes hasta agotarlo.

Miguel, si el contribuyente no aplica el crédito contra las aportaciones a Essalud del período en que realizó el pago de dichas retribuciones ¿Podrá utilizar el referido crédito en meses siguientes al período de pago?

La aplicación del referido saldo no es facultativa por parte del contribuyente, el cual no puede dejar de utilizarlo contra las aportaciones a Essalud de los períodos inmediatos siguientes.

Miguel ¿Para tener derecho a la utilización del crédito, las aportaciones a Essalud deben estar canceladas antes del vencimiento de la obligación y/o deben ser pagadas y declaradas hasta la fecha de vencimiento?.

Se tiene derecho a la utilización del crédito EPS, a pesar que las aportaciones a Essalud hayan sido pagadas extemporáneamente.

Conclusión

  1. El crédito EPS es igual al 25% de los aportes de Essalud correspondientes a los trabajadores.

Recomendación

  1. Te gusto este artículo, suscríbete a nuestro canal de YouTube para recibir más información >> canal Revista Misha aquí.

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

PRÓXIMO EVENTO: "CONTABILIDAD EN EMPRESAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTES"

Invitarte este Martes 03 de Junio de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

48 comentarios

  1. KARINA dice

    19 de mayo de 2025 a las 4:34 pm

    Tengo una trabajadora que esta con subsidio por maternidad. en este caso puedo usar el crédito de eps o tengo que esperar a que se reintegre a la empresa.

    Responder
  2. EDWIN dice

    18 de mayo de 2023 a las 12:21 pm

    Miguel buen día

    Tengo la factura de eps del mes de abril, recien lo pague en mayo para aplicar el credito eps en el plame de abril, se pueda realizar? o debo esperar a mayo.

    gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de mayo de 2023 a las 10:07 am

      Para el mes de mayo.

  3. Piero10 dice

    29 de septiembre de 2022 a las 7:03 pm

    Que tal Miguel eh, ese crédito del total del 25% del EPS es si asume la empresa la totalidad del pago de aquel EPS valga la redundancia, pero si asume solo un parte, ya no sería el total del 25% del crédito de EPS, sino del 25% sólo la parte proporcional que asumió ¿? Eso es lo que estoy entendiendo 😉

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de octubre de 2022 a las 11:50 am

      El crédito del EPS lo usa indistintamente quien asume el EPS, lo que si va a incidir en el uso del Crédito Fiscal por la factura del EPS.

  4. Elva Chavez dice

    13 de agosto de 2022 a las 12:15 pm

    muy buena explicacion gracias

    Responder
  5. Yennifer dice

    5 de agosto de 2022 a las 1:30 pm

    No han declarado el pago del EPS en plame.
    ¿Puedo declarar el pago que realice meses anteriores, en este periodo a declarar?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de agosto de 2022 a las 2:15 am

      Si puedes hacerlo, no recuerdo bien, pero en el PLAME hay una casilla para EPS de periodos anteriores.

  6. Richard moran dice

    6 de julio de 2022 a las 11:41 am

    Como activo lo de la EPS en el T-REGISTRO. ya que no me sale esa opción

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de julio de 2022 a las 12:47 pm

      Donde colocas seguro Essalud, ahi tiene que salir la opción.

  7. Marco Mota dice

    23 de agosto de 2021 a las 2:59 pm

    Muy buena la explicación.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de agosto de 2021 a las 9:52 pm

      Muchas gracias 🙂

  8. Asuncion Juaquin dice

    21 de agosto de 2021 a las 1:09 pm

    Miguel una consulta, cuanto asume el trabajador por una eps o cuanto es el porcentaje de descuento.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de agosto de 2021 a las 10:16 pm

      El 100%, salvo que la empresa desee voluntariamente asumir un porcentaje.

  9. Milagros Vásquez Pérez dice

    11 de agosto de 2021 a las 11:04 am

    Buenos días, gracias por los aportes que compartes, mi consulta es ese pago de Eps que hace la empresa al trabajador, debe reflejarse en su boleta de pago, porque en el plame se hace el calculo, pero en el lado de información del trabajador donde se coloca ese pago o esa provisión. Gracias por su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de agosto de 2021 a las 5:37 am

      En la boleta de haberes, debe reflejarse el descuento de EPS.

  10. Raul dice

    14 de julio de 2021 a las 12:37 pm

    Buenas tardes miguel que pasa si el trabajador esta en el sis?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de julio de 2021 a las 3:29 pm

      No tendría al EPS.

  11. Maritza dice

    13 de mayo de 2021 a las 5:31 pm

    Hola Miguel gracias por la informacion una consulta un trabajador que tiene eps tambien aporta a essalud en si dos seguros publico y privado?
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de mayo de 2021 a las 2:15 pm

      Es correcto.

  12. Doris dice

    17 de diciembre de 2020 a las 6:41 pm

    Buenas noches Miguel, muy buena las explicaciones, pero tengo una pregunta. puedo utilizar el credito del IGV por la EPS de hijos mayores de 18 años, que la empresa paga.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de diciembre de 2020 a las 2:48 pm

      Es correcto, no hay norma que lo prohiba.

  13. Susan dice

    16 de diciembre de 2020 a las 12:45 pm

    Gracias por su aporte. Mi duda es como habilito la EPS del trabajor en el T-REGISTRO.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de diciembre de 2020 a las 12:58 pm

      En la parte, donde se coloca el Essalud, ahi debes colocar EPS.

  14. Jhonn dice

    31 de mayo de 2020 a las 1:37 pm

    Una consulta Miguel, Soy enfermero y voy a postular a una plaza en el minsa con un sueldo de 6 mil, en donde me indican llenar una autorización de descuento por EPS, quisiera saber cuando me tienen que descontar por La EPS. GRACIAS

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2020 a las 2:30 am

      El PLAN depende de la aseguradora y tb de los dependientes que deseas afiliar.

  15. Melanie dice

    29 de marzo de 2020 a las 7:29 pm

    Si un trabajador está afiliado a la EPS pero a su vez está subsiado por maternidad, se considera el subsidio como parte de la remuneración computable?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de abril de 2020 a las 12:35 am

      No se considera.

  16. Lisss dice

    23 de marzo de 2020 a las 11:44 pm

    Hola Miguel, muchas gracias por los valiosos aportes es muy útil para nosotros tengo una duda al respecto cuando el trabajador asume el 100% de la eps la empresa no podrá utilizar ese igv? y si es así como contabilizaría la factura?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de marzo de 2020 a las 10:45 am

      No puede, no hay IGV, ni gasto.

  17. Liss dice

    12 de febrero de 2020 a las 8:55 am

    Hola Miguel muchas gracias por los aportes que nos das. Si nunca se ha considerado como credito las facturas del EPS en el PLAME; desde que periodo podria considerar el crédito ahora en el 2020?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de febrero de 2020 a las 2:23 pm

      Puedes utilizarlo de periodos anteriores.

  18. José Manuel dice

    10 de febrero de 2020 a las 10:22 pm

    Si tengo dos facturas EPS, una por los trabajadores y otra por hijos mayores de 18 años, sumo las dos facturas? Cuál es el tratamiento para el cálculo del crédito?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de febrero de 2020 a las 5:56 pm

      Solo aplicaría la factura de trabajadores.

  19. Jenny dice

    21 de enero de 2020 a las 3:33 pm

    Miguel si tengo facturas desde julio 2019 que no se han declarado como crédito eps lo puedo hacer la declaración y uso del crédito de EPS para el mes de diciembre 2019? o sea utilizar, registrar todas las facturas en el plame de meses pasados. Puedo hacer eso?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de enero de 2020 a las 12:08 pm

      Si es correcto, puedes utilizar las facturas de EPS no declaradas.

  20. Eduard dice

    3 de enero de 2020 a las 12:41 am

    Miguel, si el trabajador asume parte del EPS concluyendo que la empresa le descuenta de su sueldo , a la vez le emite una boleta de venta por el dicho descuento, para neutralizar el IGV, que hemos usado en la factura, podemos usar el total del credito EPS ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de enero de 2020 a las 9:49 am

      En la parte proporcional que la empresa asume EPS.

  21. Chembers dice

    17 de diciembre de 2019 a las 10:18 am

    Muchas Gracias Miguel Buena Información
    disculpe la factura que nos emiten por EPS cual seria el registro o tratamiento contable ??

    Espero su pronta, respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de diciembre de 2019 a las 1:49 pm

      Dependerá si la empresa asume parte del EPS, en un siguiente artículo lo explicare.

  22. Rodrigo dice

    13 de diciembre de 2019 a las 10:52 pm

    Buenas noches Miguel,

    Quisiera saber si la casilla 602 va el importe total de la factura con igv o sin igv??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de diciembre de 2019 a las 12:28 pm

      Cuando ingresas los datos de la factura del crédito EPS colocas mas IGV (total).

  23. Jessica dice

    13 de diciembre de 2019 a las 1:29 pm

    Buenas tardes Miguel, y una empresa acogida al régimen agrario que solo aporta el 4% a ESSALUD, puede usar ese crédito teniendo a algunos de sus empleados afiliados a una EPS? espero tus comentarios, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de diciembre de 2019 a las 12:27 pm

      Si es correcto.

  24. Carama dice

    13 de diciembre de 2019 a las 11:25 am

    Buen día colega, excelente tus comentarios, son muy importantes en nuestra formación y actualización profesional. Felicitaciones

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de diciembre de 2019 a las 12:27 pm

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  25. Rosa Alarcon dice

    13 de diciembre de 2019 a las 9:24 am

    Muy buena la información! Gracias!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de diciembre de 2019 a las 10:48 am

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

SIRE SUNAT Presencial 14 Junio 2025

PUBLICIDAD

Publicidad-Rapifac

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto