¿El permiso que se otorga a los trabajadores para vacunarse contra el COVID-19 debe ser pagado?
Depende, del acuerdo que llegue el trabajador y el empleador. Actualmente, el estado peruano no ha emitido ninguna norma que regule alguna licencia excepcional para que los trabajadores del sector público puedan acudir al centro de vacunación.
Por ejemplo, Uruguay emitió Resolución MTESS Nº 623/2021, resolución que establece el régimen excepcional de licencia para trabajadores del sector privado, por lo tanto, pueden acudir a la vacunación y acompañar a un adulto mayor, que este a su cargo o cuidado, a fin de ser inmunizado contra el COVID-19 en los centros habilitados.
Permiso para vacunarse
Actualmente, la Campaña Nacional de Vacunación contra la COVID-19 está avanzado muy bien, para inicio de Julio 2021 están programados:
Cronograma:
- 54 – 55 | Del 30 de junio al 3 de julio
- 52 a 53 | Del 3 al 6 de julio
- 50 a 51 | Del 5 al 7 de julio
Por lo tanto, un gran número de trabajadores solicitarán permisos a sus empleadores para poder asistir al centro de vacunación.
Adicionalmente, la vacunación contra el COVI-19 consiste en dos dosis de vacuna, por lo tanto, los trabajadores podrían ausentarse dos días de labores.
Bajo este escenario es importante plantear diferentes alternativas con la finalidad de poder reglamentar este permiso solicitado.
Licencia Remunerada
La empresa puede optar por otorgar una licencia remunerada, sin la obligación de compensar las horas no laboradas, la finalidad es asegurar que el personal de la empresa cuente con la “inmunidad” contra el COVID-19.
Licencia Remunerada Compensable
En este supuesto el trabajador tendrá que recuperar las horas dejadas de laborar, por ejemplo con horas en sobretiempo en la semana.
Vacaciones
La empresa puede otorgar vacaciones adelantadas o devengadas a cuenta del día de la vacunación del trabajador.
Recordemos que es posible fraccionar el descanso vacacional hasta por un día para el sector privado regulados por el Decreto Legislativo Nº 728.
Descuento
Por otra parte, si el trabajador faltara el día de su vacunación contra el COVID-19 y no quisiera llegar a un acuerdo, en ese caso se procede al descuento del día no laborado, más la parte proporcional del día del descanso.
Conclusión
- No existe ninguna regulación que otorgue una licencia remunerada a los trabajadores que soliciten permiso para vacunarse contra el COVID-19.
María Loza H dice
Gracias Miguelito por tenernos actualizados con Normas nuevas. Bendiciones
Miguel Torres dice
Muchas gracias por su comentario.