Según LEY 28424 en su art 6 inc b) habla sobre deducciones de base imponible del valor de la maquinarias y equipos que no tengan un antigüedad superior de tres años compre maquinaria vía leasing en el mes de mayo del 2009 al momento de su compra ya tenía un uso aproximadamente de 10 años mi pregunta es : me correspondería hacer la deducción según el artículo mencionado de la ley 28424 de ser el caso se tomaría el año de fabricación o el año de la compra
Respuesta:
Para efecto de la deducción de las maquinarias y equipos que no tengan una antigüedad superior a los tres años, el plazo se computará de la siguiente forma:
a) Maquinarias y equipos adquiridos en el país: Desde la fecha del comprobante de pago que acredite la transferencia hecha por su fabricante.
b) Maquinarias y equipos importados: Desde la fecha de la declaración Jurada Única de Aduanas.
MARITZA dice
Hola Miguel, la pregunta ve si los activos adquiridos en leasing dentro de los 3 últimos años también se incluye en la deducción del Itan, no la contestas específicamente. Podrías comentar cuál es tu opinión al respecto’
Suzein dice
Hola miguel, cuando dice maquinaria y equipo, se refiere a todo? o que es lo que no incluye.
GRACIAS