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Gastos con derecho a crédito fiscal

Publicado por Miguel Torres el 6 de junio de 2010 3 comentarios

Aquellas facturas por concepto de recarga virtual de celular en donde consigne el numero del celular diferente a los que tiene registrado una empresa puede dar derecho a crédito fiscal?

 Respuesta:

En atención a su consulta, debemos partir de la premisa que para tener derecho al crédito fiscal,  el concepto que se adquiera debe ser considerado como costo o gasto para efecto del Impuesto a la Renta.

De ser así, y a efecto de determinar si la compra que nos refiere da a derecho al crédito fiscal del IGV, debemos verificar si el concepto es deducible.

Esto nos lleva a concluir que en tanto el gasto por la recarga virtual sea deducible, el IGV de compra se podrá tomar como crédito fiscal.

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3 comentarios

  1. Lizeth dice

    24 de noviembre de 2016 a las 10:53 pm

    En mi empresa se realiza recargas virtuales al rpm de la empresa, por agente BCP y me entregan un ticket que dice “documento aceptado tributariamente” y tiene el igv, pero no tiene ruc y la razon social de la empresa, solo el numero de rpm¿Se puede registrar este ticket en el registro de compras?.Gracias

    Responder
  2. Alma Hurtado dice

    11 de julio de 2012 a las 2:31 am

    quisiera saber en el caso de las empresas exportadoras… nuetras ventas extan exoneradas.. pero tenemos credito fiscal ppor las compras realizadas en terriotorio nacional….. este credito fiscal es costo o gasto??? hay alguna formula para el prorrateo?? como debo colocarlo contable y tributariamente??

    Responder
  3. Miguel Torres dice

    7 de enero de 2011 a las 4:07 pm

    Para tener ese cantidad de credito fiscal que mencionas, puede darse el caso, tendras que sustentas con las facturas de compras y gstos; y ademas cumplan con el principio de causalidad para que el credito fiscal sea valido.

    Responder

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