¿Cuándo se grava la utilización de servicios digitales para el IGV?
Una utilización de servicios gravada con el IGV siempre que se cumplan los siguientes tres requisitos:
- El prestador del servicio debe ser un sujeto no domiciliado.
- Es irrelevante donde se desarrolle el servicio.
- El servicio se consuma o emplee en el territorio nacional.
¿Como saber si un servicio es consumido en territorio peruano?
Para efecto del Impuesto General a las Ventas, a fin de determinar si el servicio prestado por un no domiciliado ha sido consumido o empleado en el territorio nacional, deberá atenderse al lugar en el que se hace el uso inmediato o el primer acto de disposición del servicio.
Lo anterior mencionado, en concordancia con el Informe N.º 228-2004-SUNAT.
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