Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 201-2009/SUNAT publicada el 26.09.2009 se establece lo siguiente:
Se incluye el literal d) al artículo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 191-2005/SUNAT, mediante el cual se incorpora a la cédula diplomática de identidad como documento que acredita la identidad del empleador del trabajador del hogar.
Se sustituye el anexo de la Resolución de Superintendencia Nº 147-2003/SUNAT “Solicitud de Acceso al Sistema Sunat Operaciones en Línea” por un nuevo anexo, el cual será publicado en el portal de SUNAT en Internet.
Se dispone que los formatos “Solicitud de Acceso al Sistema Sunat Operaciones en Línea” impresos con anterioridad a la vigencia de la presente resolución podrán ser utilizados hasta el 31.12.2010. Para tal efecto, cuando corresponda, se asignará el Código de Inscripción del Empleador en el espacio correspondiente al número del Registro Único de Contribuyentes.
La presente resolución entró en vigencia el 27.09.2009.
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