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Inicio » Laboral » Acreditación Essalud – Como saber si tengo seguro [Essalud 2025]

Acreditación Essalud – Como saber si tengo seguro [Essalud 2025]

Publicado por Miguel Torres el 26 de abril de 2025 26 comentarios

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Miguel ¿Cómo saber sobre la acreditación Essalud de mi concubina?

Lo que tienes que hacer es ingresar a la página web del Essalud y verificar con los datos personales de tu concubina, si está acreditada.

También, mediante la acreditación essalud, podrás saber si tienes seguro activo y donde atenderte.

Ingresa tu número de DNI para consultar tu estado de acreditación en Essalud.

Adicionalmente, el sistema de Acreditación Essalud, te proporciona información adicional de tus trabajadores, derechohabientes o terceros que deseas investigar.

Por ejemplo, podrás responder las siguientes preguntas:

  • Como consultar acreditación en essalud.
  • Buscar personas aseguradas en essalud.
  • Cómo saber si tengo seguro médico.

Acreditación Essalud

La Acreditación de Essalud es un servicio en línea para verificar si estás con el seguro activo.

Para comprobar si estamos asegurados, ingresamos a la página de Essalud Acreditación.

Antes de efectuar la búsqueda, debemos revisar los puntos importantes que se mencionan:

Señor asegurado, usted y sus derechohabientes podrán ingresar sus datos e informarse si se encuentran acreditados (con vigencia de atención actualizada a la fecha de solicitud) para acceder a los servicios que brinda Essalud.

Miguel ¿Quién es el asegurado y derechohabientes?

  • Asegurado: El titular del seguro.
  • Derechohabientes: Son el cónyuge, concubina e hijos.

Para realizar la acreditación essalud debemos realizar los siguientes pasos:

Ingresar a la web: https://dondemeatiendo.essalud.gob.pe/#/consulta

Ingresa los datos del asegurado (nombre y apellidos completos) o el tipo y número de identidad. Finalmente, presionar “Consultar”.

donde me atiendo ESSALUD

El siguiente video lo explicamos de forma detallada:

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¿Cómo saber si estoy asegurado(a) en Essalud?

En primer lugar, debemos realizar la búsqueda por datos personales o tipo de documento.

Datos Personales

Para efectuar la búsqueda se necesitan los datos personales, para ello debes ingresar la siguiente información:

  • Apellido Paterno
  • Apellido Materno
  • Primer Nombre
  • Segundo Nombre
  • Código captcha

Tipo de Documento

También tiene la opción por tipo de documento, para ello podrás elegir las siguientes opciones:

  • DNI
  • Carnet de Extranjería
  • Partida de Nacimiento

Información del Asegurado

Para verificar si estás asegurado en essalud debemos verificar la sección: Vigencia de Atención.

La fecha inicial y final deben estar actualizadas a la fecha actual.

Por otra parte, en la sección: Acreditación, revisaremos el centro asistencial donde te corresponderá atenderte, así como la dirección.

El lugar del establecimiento depende mucho de la dirección del DNI.

Miguel ¿Qué pasa si la dirección de mi DNI es diferente al lugar de donde trabajo?

Para solucionar este problema, debes registrar la segunda dirección en el T-Registro.

segunda direccion en el T-Registro

Para hacer el proceso, debemos ingresar al T-Registro e ir a la sección Datos Personales.

Consultas de citas de la acreditación ESSALUD

Para hacer la cita de un servicio de atención, lo puedes hacer por ESSALUD en Línea o por fono essalud (411-8000).

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26 comentarios

  1. Marthare dice

    17 de noviembre de 2021 a las 8:54 pm

    Como se puede imprimir la hoja de acreditacion?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2021 a las 11:23 pm

      Desde la misma pagina del Essalud.

  2. Lonardoe Aparicio dice

    28 de octubre de 2020 a las 12:40 pm

    Mi tia esta atrasada en sus pagos y no se puede atender, ella tiene 68 años, ya le dijeron que debe regularizar sus pagos para ser atendida, pregunta:
    1 – pago la deuda completa del atraso que son cerca de 4 meses
    2 – hay forma de partir el pago hasta cancelar el atraso??….como hacerlo, donde hacerlo, hay forma de hacerlo el pago en linea??…
    a la espera de su pronta respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de octubre de 2020 a las 1:16 am

      Puedes pagar en linea con tarjeta de crédito, para ello necesitas la clave sol. Te recomiendo llamar 3150730 (SUNAT) para que te ayuden.

  3. Mel lluvy dice

    2 de junio de 2020 a las 10:57 am

    Una pregunta esta bien la pagina de acreditación para ver si estoy acreditado xq m sale q no existe mis datos como puedo ver si estoy vigente

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2020 a las 3:04 am

      Consulta con Essalud.

  4. Blanca dice

    13 de abril de 2020 a las 2:10 am

    Hola, una consulta. Si yo estoy asegurada ,también mi hijo tiene derecho a estar asegurado o no.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de abril de 2020 a las 7:36 am

      Solo hasta los 18 años.

  5. Rolando Criollo dice

    29 de enero de 2020 a las 9:31 am

    Como hago para imprimir la ficha de asegurado de ESSALUD.GRACIAS

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de enero de 2020 a las 10:45 am

      Por la web de acreditación solo puede imprimir que el trabajador esta activo, si desea otro documento tiene que acercarse a una oficina administrativa.

  6. Rodolfo dice

    9 de julio de 2019 a las 7:36 pm

    Con que otro documento se puede acreditar la convivencia aparte del acta de unión de hecho?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de julio de 2019 a las 9:17 pm

      Para essalud, es el único.

  7. Oscar dice

    3 de julio de 2019 a las 11:59 am

    Si eres empleador como personal natural, existe la posibilidad de afiliara tus hijos mayores de edad que estén cursando estudios superiores? o en un caso se puede afiliar a hijos mayores de edad excepto que sea incapacitados?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de julio de 2019 a las 11:14 pm

      Puedes hacerlo, pero tienes que registrarte como conductor en tu empresa.

  8. Gustavo dice

    30 de mayo de 2019 a las 9:52 pm

    Si es concubino un reconocimiento o testimonio de unión de hechos por notario, la otra opción si la pareja está embarazada reconocimiento de paternidad por notario también, pero eso solamente hasta que la pareja da a luz 40 días más nada más

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de junio de 2019 a las 10:25 pm

      El concubinato también puede ser por via judicial, es mas barato que sacarlo por via notarial. En el caso de la “gestante” solo es un derechohabiente temporal (caducara luego del parto y el bebe será dado de alta como hijo).

  9. Gustavo dice

    30 de mayo de 2019 a las 9:51 pm

    Lo que deben saber que para registrar una pareja, es que se casen en un municipio allí les darán un acta de celebración que cajean a la reniec su acta matrimonial, con ese documento se registra un cónyuge,

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de junio de 2019 a las 10:25 pm

      Gracias por el comentario 🙂

  10. Christina dice

    30 de mayo de 2019 a las 3:30 pm

    Interesante, una consulta, si el trabajador esta de baja y al poner el dni en la acreditacion tambien aparece en vigencia de atencion.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de mayo de 2019 a las 6:37 pm

      Puedes atenderte, si la fecha actual de acreditación esta vigente. Tambien, puedes pedir el periodo de latencia.

  11. Alfonso. dice

    30 de mayo de 2019 a las 3:28 pm

    Excelente, gracias por tu ayuda desinteresada.
    Bendiciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de mayo de 2019 a las 6:38 pm

      Gracias, que tengas un buen día.

  12. Silvia dice

    30 de mayo de 2019 a las 10:58 am

    Excelente informacion, muchas gracias por compartirlo Miguel !!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de mayo de 2019 a las 6:47 pm

      Gracias, que tengas un buen día.

  13. Francisco dice

    30 de mayo de 2019 a las 8:59 am

    Interesante este informe y esta orientación para todos los asegurados, de esta manera uno se puede tener conocimiento la vigencia del seguro.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de mayo de 2019 a las 6:48 pm

      Gracias por el comentario 🙂

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