Aplicación de multa a la infracción tipificada en el numeral 5 del artículo 175° del TUO del código tributario a pesar de que no se encuentre dentro del período fiscalizado
“El hecho de que el período tributario en que se haya configurado la infracción tipificada en el numeral 5 del artículo 175° del TUO del Código Tributario no se encuentre comprendido dentro de los períodos materia del procedimiento de verificación o fiscalización no constituye impedimento para la aplicación de la sanción correspondiente a dicha infracción”:
Informe N° 129-2006-SUNAT/2B0000
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