Sunat. Del 12% a partir de diciembre
Para evitar la evasión en la comercialización de la páprika y el espárrago
A partir del 1 de diciembre, la venta de páprika, en estado fresco, refrigerado y seco, estará sujeta a una tasa de detracción de 12%, de manera tal que se asegure el pago de las obligaciones de los contribuyentes que comercializan este producto y se reduzca la evasión tributaria en este sector.
Así lo dispone la RS N° 306-2010/SUNAT, que modifica de 10% a 12% la tasa de detracción aplicable a los espárragos frescos o refrigerados cuando el proveedor hubiera renunciado a la exoneración del IGV, de manera que el importe a detraer se aproxime al impuesto a pagar que genera la venta de tales bienes, además de mejorar los procesos de identificación, seguimiento y control tributario de estos bienes.
Diario Oficial el Peruano (12.11.2010), Sección Derecho, Pág. 15
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