En Comisión De Transportes
La Comisión de Transportes del Congreso de la República aprobó por unanimidad el proyecto de Ley N° 3641, que modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor, a fin de quedar prohibido que los pasajeros de líneas aéreas no pierdan el tramo de regreso si hubieran perdido el pasaje de ida.
Así, será la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la encargada de aprobación de las cláusulas generales de contratación y la identificación de las cláusulas abusivas, refiere la citada iniciativa legal.
Al respecto, la presidenta de este grupo legislativo, Alda Lazo, adelantó que solicitará esta medida también sea aprobada en la Comisión de Defensa del Consumidor. Añadió que dicha modificatoria era necesaria a favor de la no discriminación a los turistas nacionales o extranjeros y porque consideró injusto que si por alguna razón el pasajero perdió el pasaje de ida, no existe razón objetiva y válida que impida la utilización del pasaje de retorno.
“Se ha atendido los reclamos de los usuarios de los servicios aéreos con esta ley”, puntualizó la legisladora de Alianza Nacional.
Audiencia
Luego de recibir las recomendaciones, opiniones y sugerencias de los consumidores, asociaciones de consumidores, empresas proveedoras, entre otros, sobre la propuesta de directiva que regirá los procedimientos sumarísimos, el Indecopi realiza hoy una audiencia pública para debatir los aportes recibidos y definir el documento final.
Los procedimientos sumarísimos entrarán en vigencia el 1 de diciembre y su importancia radica en resolver las controversias con celeridad, entre consumidores y proveedores, en no más de 30 días hábiles. Estos procedimientos atenderán los casos relacionados con productos y servicios por un monto inferior a los S/. 10,800.
Diario Oficial El Peruano (28.10.2010), Sección Derecho, Pág. 15
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