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Aprueban el Formulario Virtual N° 616

Publicado por Miguel Torres el 1 de julio de 2011 6 comentarios

Aprueban el Formulario Virtual N° 616 – Simplificado trabajadores independientes para la declaración y el pago a cuenta mensual a través de SUNAT Virtual de los sujetos perceptores de rentas de cuarta categoría

Con fecha 29.06.2011, se ha publicado la Resolución de Superintendencia Nº 174-2011/SUNAT, la cual aprueba el Formulario Virtual Nº 616 – Simplificado Trabajadores Independientes, el cual estará a disposición en SUNAT Virtual a partir del 1 de Julio de 2011.

El Formulario Virtual Nº 616 – Simplificado Trabajadores Independientes podrá ser utilizado, de manera opcional, por el sujeto perceptor de rentas de cuarta categoría que cuente con Código de Usuario y Clave SOL, siempre que:

a)    De estar obligado a utilizar el PDT Trabajadores Independientes, no necesita consignar información en alguna de las siguientes casillas del citado PDT: Saldo a favor del período anterior (Casilla 344), Compensación – Saldo a favor del exportador (Casilla 346) y otros créditos permitidos por Ley (Casilla 347). En el caso que utilice el Formulario preimpreso Nº 116, no necesite consignar información en la casilla 344 “Saldo a favor del período anterior”.

b)    Deba utilizar el Sistema de Emisión Electrónica por el período a declarar.

c)     De no encontrarse afiliado al Sistema de Emisión Electrónica por el período a declarar, al ingresar las rentas percibidas no necesite emplear más de diez (10) filas del rubro “Detalle de comprobantes de pago” del Formulario Virtual Nº 616 – Simplificado Trabajadores Independientes para informar los recibos por honorarios y las notas de crédito emitidas así como los ingresos percibidos por las funciones de directores de empresas, albaceas, síndicos, gestores de negocios, mandatarios y actividades similares, incluyendo el desempeño de las funciones de regidor municipal o consejero regional, por las cuales perciba dietas y se encuentre exceptuado de la obligación de emitir comprobantes de pago.

d)    La presentación de las declaraciones originales, rectificatorias o sustitutorias mediante SUNAT Virtual utilizando el Formulario Virtual Nº 616 – Simplificado Trabajadores Independientes, no obliga al sujeto perceptor de rentas de cuarta categoría a utilizarlo en otras oportunidades.

Dentro de las Disposiciones Complementarias y Modificatorias de la presente norma, se dispone lo siguiente:

a)    Modificatoria de la Resolución de Superintendencia Nº 038-2010/SUNAT y normas modificatorias: Sustitúyase el inciso c) del artículo 3º y el inciso b) del artículo 8º..

b)    Modificatoria de la Resolución de Superintendencia Nº 012-2011/SUNAT: Sustitúyase en inciso d) del numeral 7.1 del artículo 7º.

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6 comentarios

  1. carmen de la cruz harvey dice

    24 de septiembre de 2013 a las 1:41 pm

    PORFA MIGUEL ME PODRIAS DECIR SI HARAS ALGUNA VEZ ALGUN CURSO SOBRE MANEJO DE SUSTEMAS DE CONTABILIDAD COMO CONCAR Y SISCOM …HORARIOS Y COSTOS ….PARA IR JUNTANDO 🙂 ..GRACIAS

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de septiembre de 2013 a las 12:16 am

      A partir del mes de octubre te puedes comunicar al 4223984

  2. Mario Raúl Cevallos Valencia dice

    11 de mayo de 2012 a las 7:53 pm

    Solicito autorización para utilizar formulario virtual de honorarios profesionales

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de mayo de 2012 a las 9:20 pm

      Dicho procedimiento se hace por medio de clave sol.

  3. liz dice

    18 de febrero de 2012 a las 5:51 pm

    quiero saber de que manera debo proceder soy trabajador independiente emito recibos por honorarios a una empresa para mis pagos por servicios , pero se que existe la exhoneracion en caso no supere al año los 31 mil soles la presente y la tengo vigente. debo registrar mis recibos emitidos ???? debo registrarlos o no???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de febrero de 2012 a las 3:13 am

      Debes realizar tu exoneración de suspensión de 4ta categoría, dicho procedimiento se hace mediante la clave sol. 

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