El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó el nuevo formato y especificaciones técnicas del certificado, calcomanía y holograma de seguridad del seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT), a través de la RM Nº 262-2010-MTC/02. Éste regirá desde el próximo 1° de julio hasta el 30 de junio del 2011.
Los nuevos formatos han sido aprobados por el MTC en coordinación con la Superintendencia de Banca y Seguros, de conformidad con lo previsto en el art. 21 del DS Nº 001-2004-MTC, explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima al detallar los alcances de esta normativa.
Importa precisar que el SOAT cubre la muerte y lesiones corporales que sufren las personas, sean ocupantes o terceros no ocupantes de un vehículo automotor (peatones), como consecuencia de un accidente de tránsito.
Así, son obligaciones del contratante del SOAT, entre otros, pagar la prima convenida; no permitir que el vehículo sea manejado por menores de edad o sin brevete, en estado de ebriedad o en situación de grave perturbación de sus facultades físicas o mentales, dar al vehículo el uso que figura en el certificado, denunciar ante la policía de la jurisdicción el accidente o siniestro ocurrido, entre otras.
El contratante del SOAT también está obligado a comunicar al seguro la transferencia del vehículo dentro de los cinco días de ocurrido el hecho. Igualmente, deberá de comunicar la ocurrencia del accidente de tránsito a la compañía de seguros, dentro de los 5 días de ocurrido el siniestro.
Diario Oficial El Peruano (10.06.2010), Sección Derecho, Pág. 14
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