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Inicio » Finanzas » Bancos podrán aplicar norma sobre tarjetas

Bancos podrán aplicar norma sobre tarjetas

Publicado por Miguel Torres el 18 de noviembre de 20131 comentario

Las entidades bancarias contarán con suficiente tiempo para implementar las nuevas exigencias establecidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) en el reglamento de tarjetas de crédito y débito.

A criterio del especialista en derecho bancario Rolando Castellares, desarrollar todos los sistemas, programas y medidas de seguridad que los bancos deben adoptar en virtud de esta norma demanda por lo menos un año, hasta un poco más. “Por eso prudentemente la SBS les ha dado todo el 2014 para que se preparen y en el año 2015 aplicar plenamente este reglamento”, agregó.

Una de las novedades que el experto considera más resaltantes de dicha norma es la obligación impuesta a los bancos de contar con un circuito integrado o chip que permita almacenar y procesar información del cliente y de las operaciones que éste realiza, lo cual posibilite a la entidad bancaria establecer reglas de seguridad para validar los consumos y bloquear las tarjetas extraviadas o sustraídas de modo inmediato.

Así, se pasará de la generación de tarjetas protegidas con bandas magnéticas a las tarjetas con chip, tanto de crédito como de débito.

Igualmente, los bancos deberán implementar políticas y medidas de seguridad, como sistemas para detectar operaciones inusuales a fin de mitigar los riesgos de fraude. “Podrá también requerirse que el cliente presente su DNI para identificarse, a partir de cierto monto; y, en caso de hacer retiros en efectivo, utilizar obligatoriamente la clave secreta, cualquiera que fuere el canal utilizado para ese servicio”, aseveró Castellares.

Utilización de tarjetas

El citado reglamento libera a los clientes de la responsabilidad por el uso fraudulento de las tarjetas, cuando se hayan usado después de comunicado su extravío o sustracción.

También cuando la tarjeta haya sido objeto de clonación, por funcionamiento defectuoso del canal de atención, manipulación de los cajeros automáticos o de los ambientes en los que estos se encuentren, suplantación del cliente en las oficinas, operaciones de micropagos, consumos hechos después de cancelada o expirada la tarjeta; salvo que el banco demuestre la responsabilidad del cliente.

En la norma reglamentaria, aprobada mediante Resolución SBS N° 6523-2013, se han señalado diversos plazos de implementación. El plazo límite es el 31 de diciembre de 2014 para que las políticas y medidas de seguridad especificadas operen plenamente.

Más novedades

Se catalogan como servicios especiales de la tarjeta de crédito la disposición en efectivo, pagos por internet, pagos en el extranjero con presentación física de la tarjeta, y otros que la empresa ofrezca.

Estos servicios podrán ser activados o desactivados por el cliente, a voluntad, en cualquier momento de la vigencia del contrato. “Esto disminuirá los riesgos que el cliente corre, ante la posibilidad de hacer retiros fraudulentos en efectivo o consumos por internet o fuera del país, que son los que usualmente realizan los delincuentes”, explicó Castellares.

Comentó que las medidas de seguridad y protección que se establecen para los usuarios de las tarjetas generarán un mayor costo que los bancos lo trasladarán a los clientes. Por ende, considera posible que en los próximos meses las tasas y comisiones que cobran las entidades bancarias se incrementen.

Diario El Peruano (18/11/2013)

Temas: clientes, entidades, riesgos, tarjetas de crédito

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