• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Tributario » Beneficiario Final SUNAT 2025

Beneficiario Final SUNAT 2025

Publicado por Miguel Torres el 30 de diciembre de 2022 12 comentarios

  • Compartir en Twitter Compartir en Twitter
  • Compartir en Facebook Compartir en Facebook

Constituye una declaración jurada informativa, que contiene la información del beneficiario final, tipificado en el literal b) del párrafo 3.1 del artículo 3° del Decreto Legislativo N.º 1372.

¿Cuáles son los plazos para la presentación de la declaración?

La presentación de la declaración por los sujetos obligados será realizada gradualmente.

En el año 2022, de acuerdo con lo señalado en los literales a) (personas jurídicas) y b) (entes jurídicos) del artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N.º 041-2022, los sujetos obligados deben presentar a la SUNAT la información de sus beneficiarios finales, según el siguiente detalle:

Tramo I: Más de 1000 UIT (S/ 4,400,000)

La declaración jurada informativa de Beneficiario Final correspondiente al Tramo I (personas jurídicas que declararon ingresos netos de más de 1000 UIT respecto del ejercicio 2021), en el mes de junio, tomando como fechas de vencimiento la correspondiente al periodo tributario mayo de 2022.

Periodo Tributario: Mayo 2022

012-34-56-78-9B.C
15/06/202216/06/202217/06/202220/06/202221/06/202222/06/202223/06/2022

Tramo II: Más de 500 UIT hasta 1000 UIT (S/ 2,200,000 – S/ 4,400,000)

La declaración jurada informativa de Beneficiario Final correspondiente al Tramo II (personas jurídicas que declararon ingresos netos de más de 500 UIT hasta 1000 UIT respecto del ejercicio 2021), en el mes de setiembre, tomando como fechas de vencimiento la correspondiente al periodo tributario agosto de 2022.

Periodo Tributario: Agosto 2022

012-34-56-78-9B.C
14/09/202215/09/202216/09/202219/09/202220/09/202221/09/202222/09/2022

Entes jurídicos inscritos en el RUC hasta el 31.12.2022

La declaración jurada informativa de Beneficiario Final correspondiente a los entes jurídicos (inscritos en el RUC hasta el 31.12.2022 y que no se encuentren con baja de inscripción a la fecha que les corresponda presentar la declaración), en el mes de enero de 2023, tomando como fechas de vencimiento la correspondiente al periodo tributario diciembre de 2022.

Periodo Tributario: Diciembre 2022

012-34-56-78-9B.C
13/01/202316/01/202317/01/202318/01/202319/01/202320/01/202323/01/2023

Tramo III: Más de 300 UIT (S/ 1,380,000)

En el año 2023, de acuerdo con lo señalado en el literal a) del artículo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 041-2022, deben presentar a la SUNAT la declaración las personas jurídicas que declararon ingresos netos de más de 300 UIT, siempre que no hayan estado obligadas a presentar la declaración previamente. Conforme al cronograma que, para tal efecto, se establezca, mediante resolución de superintendencia, para el periodo mayo 2023

Actualización 2023

La Resolución de Superintendencia N° 278-2022/SUNAT, modificó la Resolución de Superintendencia N° 000041-2022/SUNAT respecto a la fecha para la presentación de la declaración de Beneficiario Final por parte de los entes jurídicos concediendo una prórroga hasta el vencimiento de las obligaciones mensuales de diciembre de 2023.

Declaración 2022, 2023 y 2024

Obligados Entes Jurídicos inscritos hasta el 31 de diciembre de 2023 y que no se encuentren de baja de inscripción.

Periodo Tributario: Diciembre 2023

012-34-56-78-9B.C
16/01/202417/01/202418/01/202419/01/202422/01/202423/01/202424/01/2024

Declaración Beneficiario Final 2023

Les compartimos un enlace del webinar que realizamos sobre el beneficiario final 2023 para los suscriptores activos de Noticiero Contable.

Para acceder a esta publicación, debes iniciar sesión o adquirir una suscripción vigente.

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

PRÓXIMO EVENTO: "CONTABILIDAD EN EMPRESAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTES"

Invitarte este Martes 03 de Junio de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

12 comentarios

  1. Erika Figueroa Robles dice

    25 de mayo de 2023 a las 10:00 am

    hola, Miguel en el año 2022 declare Beneficiario Final, la consulta es, si este año 2023 también debo declarar, no se realizado ningún cambio en relación al beneficiario final.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de mayo de 2023 a las 10:43 am

      Ya no es necesario.

  2. Paul RC dice

    21 de septiembre de 2022 a las 10:50 am

    Estimado Miguel, ¿el plazo para el tramo II sería el 22/09/2022 según Resolución de Superintendencia N° 000117-2022/SUNAT, publicada el 30.06.2022 que sustituye la fecha de declaración de los meses de julio a diciembre 2022?

    Responder
  3. María Esther Aliaga dice

    16 de junio de 2022 a las 11:14 pm

    Excelente, gracias Miguel
    y este tema es nuevo para muchos que tenemos que declarar por primera vez en junio

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de junio de 2022 a las 6:47 am

      Muchas gracias 🙂

  4. ANA GABRIELA GALLO LOPEZ dice

    14 de junio de 2022 a las 7:17 pm

    Buenas noches, podrías mostrarnos casos prácticos? No sé como empezar.
    Mi caso es de una empresa cuyos ingresos superaron los 7 millones en el ejercicio 2021.
    Son dos socios 50% cada uno. Solo uno de ellos es casado.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de junio de 2022 a las 9:05 am

      Te comparto un webinar que tuvimos: mira el video aquí.

  5. MARINA PALMA ENCISO dice

    9 de junio de 2022 a las 9:44 am

    Gracias por la información.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de junio de 2022 a las 9:06 am

      Gracias por el comentario.

  6. martha vasquez torres dice

    7 de junio de 2022 a las 4:49 pm

    Interesante , tengo una empresa que va declarar beneficiario final y no se como empezar es nuevo para mi.

    Responder
  7. ALDO JULIO RUEDA RIVAS dice

    7 de junio de 2022 a las 12:11 pm

    Excelente información Miguel, muchas gracias!!!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de junio de 2022 a las 9:06 am

      Gracias 🙂

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

Taller Sire Presencial 12 de Julio 2025

PUBLICIDAD

Publicidad-Rapifac

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto