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Depende, es posible que SÍ, pero también es posible que no te corresponda.
Si es correcto, pero lo que mencionas tiene una mala interpretación.
La CTS tiene un Límite
En primer lugar, revisemos la parte normativa de la compensación por tiempo de servicio aplicable a las pequeñas empresas.
Revisemos, el sexto párrafo del artículo 50 del Decreto Supremo 013-2013-Produce:
Los trabajadores de la pequeña empresa tendrán derecho, además, a la compensación por tiempo de servicios, con arreglo a las normas del régimen común, computada a razón de quince (15) remuneraciones diarias por año completo de servicios, hasta alcanzar un máximo de noventa (90) remuneraciones diarias.
Como se puede observar, el beneficio de la compensación por tiempo de servicio tiene un límite: hasta alcanzar un máximo de noventa (90) remuneraciones diarias.
Miguel ¿Qué significa hasta alcanzar un máximo de 90 remuneraciones diarias?
Muy sencillo, te lo explico:
- 1 año de servicios = 15 remuneraciones diarias
- 2 año de servicios = 30 remuneraciones diarias
- 3 año de servicios = 45 remuneraciones diarias
- 4 año de servicios = 60 remuneraciones diarias
- 5 año de servicios = 75 remuneraciones diarias
- 6 año de servicios = 90 remuneraciones diarias
Por lo tanto, sólo corresponderá el beneficio de CTS para un trabajador que labora para una PEQUEÑA EMPRESA hasta el sexto año de servicio.
Si el trabajador sigue laborando, no le corresponderá depósito de CTS.
Miguel ¿Qué pasa si la empresas desea seguir dando dicho beneficio?
En el ámbito laboral no pasa nada, pero en el tributario, se podría tomar como liberalidad.
Conclusión
- Los beneficios laborales no son indeterminados, un ejemplo es la CTS para los trabajadores que pertenecen a una pequeña empresa.
Recomendación
- Esta semana empezamos el Taller Presencial: "Full Day Laboral 2023", donde aprenderás como calcular los principales beneficios laborales: gratificación, vacaciones y CTS, si deseas más información, te dejo este link: Full Day Laboral 2023.
Loreto Cabello Vargas dice
Muy preciso y entendible tu opinión sobre el tema, ilustra bastante. Gracias amigo miguel
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Yeni dice
Excelente, gracias por compartirlo
Miguel Torres dice
Gracias por el comentario.
Lesk dice
Miguel llevo laborando siete años en una mediana empresa me corresponde aun CTS ?
Miguel Torres dice
Si corresponde, esto no aplica para mediana empresa.
Angel Daniel Perez Amanzo dice
Es el unico ejemplo?
Miguel Torres dice
No, puedes investigar, haber si encuentras otros ejemplos.