En aquel entonces, Yrma tenía 48 años y asegura que había completado ya 19 años de aportes al Sistema Nacional de Pensiones. Si hubiera esperado un año más, tendría derecho a una pensión digna en la ONP. Sin embargo, hoy cobra 220 soles mensuales.
“Lo que más me duele es que los de Pensión 65 ganan más que yo, que he aportado toda mi vida laboral”, dice con impotencia.
Su caso ilustra el de muchos de los actuales jubilados del Sistema Privado de Pensiones (SPP) que tienen una pensión inferior a la mínima para supervivencia establecida por la ONP, que llega a 415 soles. Comparten dos características: fueron afiliados a edades avanzadas en los 90 y sin llegar a cumplir 20 años de aportes a la ONP.
En noviembre de 1992, la ley 25897 dio luz verde a las AFP. Inmediatamente comenzó una carrera frenética por conseguir afiliados, en la que, según reconoció en 2007 el Tribunal Constitucional (1776-2004-AA/TC), no siempre se respetó el derecho a la información ni a la pensión de los ciudadanos.
La ley con la que nacieron las AFP concedió un plazo de dos años para la desafilización de aquellos que habiendo ingresado a una AFP quisieran regresar a la ONP. Para ello debían cumplir dos condiciones: ser mayor de 55 años en el caso de los hombres y 50 de las mujeres o que no hubieran tenido derecho a Bono de Reconocimiento en la ONP.
Según consigna en su sentencia el Tribunal Constitucional, 15 mil personas lograron desafiliarse amparándose en estas condiciones o en el Procedimiento Administrativo de Nulidad de Afiliación (Resolución N° 080-98-EF-SAFP), que existía para aquellos casos en los que el asegurado lograba demostrar que había sido afiliado a una AFP sin su consentimiento, por ejemplo, a través de la falsificación de su firma.
Estas 15 mil personas desafiliadas son prueba de la falta de control que caracterizó los primeros años de operación de las AFP.
Pero por falta de información, no todos los que fueron afiliados bajo estas causales se acogieron a la desafiliación. En otros casos, los actuales pensionistas de las AFP que reciben pensiones bajas no lograron acumular 20 años de aportes sumando el sistema público y el privado, requisito para poder acceder a la ayuda estatal (Ley 27617) que completa la jubilación cuando esta no llega a la pensión mínima de sobrevivencia (415 soles).
Actualmente, de acuerdo con cifras actualizadas a mayo de 2014 de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), un 57% de los pensionistas de las AFP no llega al sueldo mínimo, que es de 750 soles, y un 27% gana menos que la pensión mínima de sobrevivencia. Existen casos realmente dramáticos, como el de las 751 personas que cobran una pensión igual o inferior a 50 soles.
Según la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (ver entrevista en la página 4), estas personas con pensiones irrisorias se afiliaron a una AFP con más de 55 años y no habían aportado antes al sistema público ni al privado. El Superintendente de la SBS, Elio Sánchez, explica así estas bajas pensiones. Sin embargo, subraya que en la ONP no hubieran recibido nada al no completar 20 años.
Sánchez informó que para las personas que aportaron poco tiempo a una AFP, existe la posibilidad de retirar su fondo si este no supera en total los 5.810 soles. Pero a muchos afiliados no les queda otra que aceptar estas pensiones simbólicas para no perder el derecho a EsSalud.
Este es el caso de Azucena Cossío Rojas. Ella recibe 66 soles con 40 céntimos al mes de la AFP Integra como pensión de invalidez definitiva. Azucena tiene una enfermedad que le impide trabajar desde 2004. En 1994 se afilió a la AFP y afirma que aportó más de 10 años. La asesora de la AFP le aseguró que tenía derecho a pensión y, a pesar de sus problemas de movilidad, invirtió en los certificados necesarios. Sin embargo, su pensión fue denegada porque el Centro de Salud que en su día certificó su enfermedad para acceder a la invalidez ya no existía. Ella optó por aceptar su minipensión para no perder EsSalud, que en su caso es vital.
La Asociación de AFP, que agrupa a las cuatro entidades que actualmente operan en el mercado peruano, sostiene que la pensión promedio de sus afiliados supera los 1.000 soles, mientras la máxima pensión de la ONP es de 857 soles.
Aunque el promedio de pensiones de las AFP supera esa cifra (ya que las pensiones oscilan entre 1 sol y más de 5.000 soles), el rango de pensión en el que se encuentran más jubilados está entre 400 y 500 soles.
Altísimas Utilidades
Si bien es cierto que entre 1993 y 1997 las AFP no obtuvieron beneficios netos, desde 1998 despegaron y entraron a unas espectaculares cifras azules (ver infografía). En 21 años han conseguido utilidades netas promedio del 28%, según la información que consigna la SBS, un margen de beneficio que pocos negocios legales superan.
Estas utilidades han sido posibles, de acuerdo con la Asociación Peruana de Afiliados al Sistema Privado de Pensiones, gracias a unas altísimas comisiones por flujo, que hasta la reforma del sistema de pensiones en 2012 fueron las más altas de Latinoamérica. Una situación que se mantuvo por 19 años porque, según la Asociación de Consumidores y Usuarios (ASPEC), las AFP existentes hasta la reforma se repartieron el mercado prácticamente a partes iguales.
Y mientras sus utilidades han crecido un 28%, el fondo que administran y que en enero de 2014 ascendía a 102 mil millones de soles, ha obtenido una tasa de crecimiento promedio de 8% en 21 años.
Actualmente, 5 millones 615 mil peruanos están afiliados a una AFP y 3 millones 700 mil a la ONP. En total, solo un 22% de la población peruana contará con pensión de jubilación. El 78% de los peruanos no tiene ninguna cobertura a pesar de los 41 años de existencia del Sistema Público de Pensiones y los 21 del Sistema Privado.
Claves
En enero de 2007, el Tribunal Constitucional falló a favor de Víctor Augusto Morales Medina, un minero de Shougang que durante siete años luchó legalmente para volver a la ONP, tras haber sido afiliado mediante engaños a la AFP Unión Vida. Sin embargo, falleció tres meses antes de que el TC le diera la razón y no tuvo acceso a pensión digna.
Tras esta sentencia, el Congreso aprobó la Libre Desafiliación Informada a las AFP (Ley28891).
Diario La República (10/08/2014)
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