• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Casos de invalidez deben analizarse detalladamente

Casos de invalidez deben analizarse detalladamente

Publicado por Miguel Torres el 31 de octubre de 2013 Deja un comentario

Los certificados médicos no son determinantes para que los jueces puedan corroborar la invalidez o enfermedad ocupacional de un trabajador, se requiere además analizar todas las circunstancias y pruebas que puedan presentar las partes a fin de apreciar si esos documentos son suficientes o razonables para establecer tal situación, ya sea para efectos de la seguridad social o el cobro de daños y perjuicios.

La Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema, en su sentencia recaída en la Casación N° 3462-2011 Huaura, advierte que en este caso existe un certificado médico emitido por la comisión médica de enfermedades profesionales de Essalud que determina que el trabajador demandante no presenta incapacidad y puede continuar laborando.

Sin embargo, también advierte la existencia de un certificado emitido por una entidad de salud pública que establece la incapacidad del accionante con un  menoscabo que le impide seguir laborando, cuya falsedad no se ha comprobado.

Colofón

Dicho colegiado evidencia una contradicción entre documentos médicos emitidos por instituciones públicas de salud con resultados contradictorios respecto a la enfermedad e incapacidad del demandante, que debe ser dilucidada por el órgano jurisdiccional pertinente.

Según la sala suprema, de acuerdo a la STC Nº 10063-2006-PA/TC, en los procesos de amparo referidos al otorgamiento de una pensión vitalicia o de invalidez, la enfermedad profesional solo podrá ser acreditada con un examen o dictamen de una comisión médica evaluadora de incapacidades del Ministerio de Salud (Minsa), Essalud o una Entidad Prestadora de Salud (EPS) y no por certificados médicos de invalidez emitidos por órganos no colegiados de dichas entidades. Pero estos últimos sí tienen valor probatorio en los procesos contencioso-administrativos, en los que exista una estación probatoria en la que se pueda dilucidar ampliamente la idoneidad del documento médico.

A criterio del laboralista Ricardo Herrera tiene sentido que sea una comisión o junta de médicos especialmente designada para validar situaciones de invalidez y no un galeno individualmente quien decida la condición de inválido o no de un trabajador.

“Es más difícil que se equivoquen varios médicos a uno solo, y da seguridad además a la decisión”, detalló el experto.

Colegiado

Respecto al caso, Herrera considera que no existe contradicción entre los dos certificados porque el art. 26 del DL 19990 especifica que el certificado médico que determine la invalidez solo puede ser emitido por una comisión médica, es decir un órgano colegiado.

Diario El Peruano (31/10/2013)

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

Etiquetado como: enfermedades, Ministerio

PRÓXIMO EVENTO: "CONTABILIDAD EN EMPRESAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTES"

Invitarte este Martes 03 de Junio de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

SIRE SUNAT Presencial 14 Junio 2025

PUBLICIDAD

Publicidad-Rapifac

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto