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Inicio » Consultas » Como declarar los recibos x honorarios en PDT 601

Como declarar los recibos x honorarios en PDT 601

Publicado por Miguel Torres el 11 de enero de 2010 89 comentarios

Tengo un R/H que ha sido emitido el 30.12.2009, pero será pagado el 04.01.2010, mi pregunta es, en la Planilla electrónica lo registro en el mes de diciembre y si es así, que fecha coloco como fecha de pago, dentro de la Panilla Electrónica.

Respuesta:

En atención a su consulta cabe indicarle que la declaración del recibo por honorario que nos refiere debe ser declarado en el período de pago es decir en enero del 2010, debiéndose consignar como fecha de cancelación la de pago efectivo.

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89 comentarios

  1. Maria dice

    17 de julio de 2020 a las 9:30 pm

    Hola miguel, una pregunta si emitieron un recibo por honorarios en dolares el 15/06 y recién se paga el 02/07 para la declaración en plame que tipo de cambio se debe usar, el del dia de emisión del RH o el del día de pago

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de julio de 2020 a las 2:18 pm

      Del día del pago.

  2. Edi Mundaca dice

    9 de enero de 2017 a las 4:57 pm

    Estimado, mi empresa ha recibido un recibo por honorarios en el mes de diciembre pasado. Estoy generando mi pdt mensual (621) a través del sistema web de Sunat. Hay que poner el valor total del recibo o tengo que descontar algo? En donde se coloca ese valor? En compras? Este monto no supera los 1500 soles. Agradezco de antemano tu respuesta. Saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de enero de 2017 a las 1:54 pm

      Los recibos por honorarios se declaran en PDT PLAME, no el PDT 621.

  3. Cris dice

    21 de diciembre de 2015 a las 5:45 pm

    Una consulta si el recibo se cancela en 2 partes una el 15/11/2015 y la otra parte el 15/12/2015 como lo declaro?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de diciembre de 2015 a las 7:03 pm

      En el periodo diciembre, por otro lado el recibo por honorario se debe emitirse en el momento del pago, si te pagan la mitad el 15/!! solo debes emitir por dicho monto (Reglamento de Comprobante de Pago).

  4. Nichita dice

    10 de noviembre de 2015 a las 6:43 pm

    Emitido recibo electrónico en el a mediados del mes de octubre, me toca registrarlo a hora en noviembre como hago si no me pagaron.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de noviembre de 2015 a las 10:03 pm

      No hay problema, ya que los recibos por honorarios se declaran de acuerdo a la fecha de pago, si no te pagan no lo declaras.

  5. CARMEN dice

    22 de octubre de 2015 a las 1:23 pm

    TENGO UNA CONSULTA ESTOY DECLARANDO PDT 601 SOLO POR DE CLARAR RECIBOS DE HONORARIOS, PERO NO HAY NINGÚN TRABAJADOR ¿ ES POSIBLE DECLARAR SOLO RXH SIN NINGUN TRABAJADOR?

    Responder
  6. Natalia dice

    1 de mayo de 2015 a las 7:40 pm

    Buenas tardes, tengo una empresa nueva (una EIRL), no tengo registrado ningún trabajador. Presté servicios recientemente y uno de mis proveedores me emitió un recibo por honorarios. Debería declararlo como compra no gravada en el PDT 621 o debería registrarlo como trabajador para poder declararlo en el 601? Por lo pronto la empresa sólo prestará servicios en la medida que vaya consiguiendo más clientes, por lo que todavía no podría contar con ningún trabajador fijo.

    Gracias,

    Responder
  7. Mariela dice

    4 de noviembre de 2014 a las 12:50 pm

    hola como cancelo mi rxH E en el sistema

    Responder
  8. CRISHCORNELL dice

    1 de octubre de 2014 a las 5:36 pm

    Una consulta soy nuevo en estas cosas los RECIBOS POR HONORIOS ELECTRONICOS se declaran en el PLAME al igual que los físicos, gracias de antemano

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de octubre de 2014 a las 8:39 pm

      Es correcto, los recibos por honorarios electrónicos se declaran en el PLAME.

  9. ALEJANDRO dice

    9 de abril de 2014 a las 11:36 am

    SI TENGO RH GIRADOS DESDE AGOSTO DEL 2012 A LA FECHA… PUEDO INGRESARLOS TODOS EN EL PERIODO DE 03/2014?

    o ya se pierden automaticamente?

    Responder
  10. karina dice

    29 de octubre de 2013 a las 8:51 am

    asi no emitas recibos por honorarios se debe de presentar declaracion

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de octubre de 2013 a las 4:53 pm

      Si no hay recibos en un mes, no presentas declaración.

  11. ROCIO dice

    24 de junio de 2013 a las 3:04 pm

    Hola, mi consulta es que tengo un recibo de honorarios con fecha de emisión 21/06/13 y está cancelado con fecha 24/06/13 como lo registro en mis compras, por fecha de emisión o de pago.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de junio de 2013 a las 9:29 pm

      No se registra los recibos por honorario en el registro de compra.

  12. Nelson dice

    17 de junio de 2013 a las 11:49 am

    Mi consulta es: hay un limite para ingresar recibos por honorarios en PDT601, siendo el empleador una persona natural con negocio (regimen general).

    Gracias;

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de junio de 2013 a las 11:26 pm

      No existe límites para el registro de recibos x honorarios

  13. YSABEL dice

    13 de junio de 2013 a las 9:02 pm

    SI TENGO UN RECIBO DE HONORARIOS POR UN IMPORTE DE 800 Y LA EMPRESA NO DECLARA PLANILLA POR QUE NO TIENE TRABAJADORES COMO DECLARO MIS RECIBOS MENSUALES DE 800 SOLES
    GRACIAS ANTICIPADAMENTE POR TU RESPUESTA

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de junio de 2013 a las 9:36 am

      Lo tienes que declarar en el PLAME.

  14. yeny dice

    13 de junio de 2013 a las 3:53 pm

    EN LA DECLARACION DEL MES DE ABRIL ME OLVIDE DE DECLARAR EN EL REGISTRO PLAME 3 RECIBOS POR HONORARIOS, AHORA PUEDO REGISTRALOS EN EL MES DE MAYO…. ELLO CONLLEVA A UNA MULTA Y/O SANCION? Y DE SER ASI A CUENTO ASCIENDE.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de junio de 2013 a las 9:50 am

      No puedes los recibos por honorarios se declaran en el mes de pago, esos 3 recibos lo tienes que registrar en el periodo de abril.

    • dAVID dice

      28 de junio de 2014 a las 8:39 pm

      Pero si el reglamento de comprobantes de pago afirma que los comprobantes tienen un vencimiento de 12 meses para poder declararlos

  15. cristiam dice

    11 de junio de 2013 a las 11:25 am

    Hola ;

    el mes de mayo emiti un recibo por honorarios de 5000 soles , el cual lo hizo mi compañero y lo hizo mal , lo hizo en un espacio que no corresponde en el conteo de los recibos por honorarios lo hizo en un recibo que estaba en medio y en blanco entre recibos que di de meses y ahsta años anteriores , ahora para este mes me pediran otro por 6000 , y sera total mente en otro espacio mucho mas adelante de el recibo , yo necesito que estos recibos esten consecutivos por razones de fiens de rpestamo , como pudiera hacer para rectificarlo , y a la emrpesa que em emitio que les tendgo que pedir ? y tengo que declar algo en un libro? por que nunca lo hize.

    Saludos. espero tu ayuda.

    Responder
  16. Antony dice

    31 de mayo de 2013 a las 5:49 pm

    Tengo 6 recibos por honorarios emitidos y cancelados en el mes de abril. Mi pregunta es, ¿puedo declarar estos recibos de Abril en el PDT PLAME de Mayo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de mayo de 2013 a las 10:45 pm

      No, los recibos se declaran en el periodo de pago.

  17. Antony dice

    31 de mayo de 2013 a las 10:05 am

    Tengo 6 recibos por honorarios emitidos y cancelados en el mes de abril. Mi pregunta es, si puedo declarar estos recibos en el PDT PLAME?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de mayo de 2013 a las 1:37 pm

      Es correcto tienes que declararlo en el PDT PLAME

  18. yeny dice

    2 de mayo de 2013 a las 8:06 am

    Hola Miguel, es una empresa de servicios, en el mes de abril se tiene recibos por honorarios que oscilan entre ocho cientos soles, pero solo por ese mes se contrato a ese personal, se tiene que declarar en el PDT PLAME?.

    Y tambien se tiene RH, que estan en el rango de 1150 a 4,500, pero estos estan autorizados para no hacerles las suspensión del IR.

    y esta ultima que, en caso de que el IR de los RH, ellos lo han hecho nos tienen k dar una copia del pago a la SUNAT?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de mayo de 2013 a las 12:23 pm

      Los recibos por honorarios tienes que declararlos en el PLAME, si un recibo por honorario supera los S/. 1,500 y el prestador de servicio tiene su constancia de suspensión de 4ta categoría en ese caso no aplicas la retención del 10%. La retención del 10% de los recibos por honorarios lo hace la empresa que retiene, por otro lado la declaración mensual de ellos que declaran su PDT 616 eso ya es cuestión de ellos y no están obligados a entregar los pagos a sunat.

  19. DAVID CHARLES dice

    24 de abril de 2013 a las 7:37 am

    MUY BUENAS DIAS, AGRADECIENDO POR SU RESPUESTA LA SEÑOR MIGUEL, PUES MI PREGUNTA ES QUE EN UNA EMPRESA ACOGIDA A LA MICROEMPRESA, UNO DE SUS TRABAJADORES ESTA EN EL SIS, ESTE APORTE EL EMPLEADOR NO LO DEPOSITO A PLAZO ESTABLECIDO, PS TENDRA MULTA O SOLO INTERESES…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de abril de 2013 a las 10:36 pm

      Sólo interés nada más.

  20. Marita Rios dice

    22 de abril de 2013 a las 11:39 am

    Hola Miguel,agradecerte anticipado por tu respuesta y darte mis felicitaciones por tu pagina es muy buena y mas q todo esta actualizado.
    mi consulta es la siguiente: mensualmente hago las declaraciones de una asociacion sin fines de lucro; la cual esta exonerada del I.R., solo declaro sus compras; ademas recibe Recibos por honorarios. Dime tendria que declarar los recibos por honorario?
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de abril de 2013 a las 12:04 pm

      Si tienes que declarar los recibos por honorarios, en el PDT PLAME.

  21. eduardo meza dice

    22 de abril de 2013 a las 5:15 am

    Recien saque mi r.h. para trabajo de mil oficios quiero saber si tengo que declarar al mes, Necesito saber me seria de mucha ayuda muchas gracias por su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de abril de 2013 a las 12:00 pm

      Si superas los S/. 2,698 en ingresos generados por recibos por honorarios.

  22. joseandrés dice

    15 de abril de 2013 a las 2:26 pm

    Hola, quisiera saber si debo declarar anualmente mis ingresos del 2012, porque en total el 2012 con los recibos que tengo no superan los 500 mensuales y en total anual no es mas de 6000. Es necesario que realice algun tramite?? gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de abril de 2013 a las 1:35 pm

      No estas obligado a realizar las declaraciones del PDT 616.

  23. DAVID CHARLES dice

    10 de abril de 2013 a las 1:02 pm

    UNA PREGUNTA MÀS PUES AGRADECIENDO SIEMPRE SU GRATA PERSONA, PUES TENGO FACTURAS DE COMPRA DEL 2012 DECLARADOS EN ENERO 2013, PARA QUE MI CREDITO FISCAL SIRVIERA TENGO QUE PROVISIONAR EL COSTO DE LA FACTURA, ¿COMO ES EL ASIENTO CONTABLE DE ESTE CASO PARA EL AÑO 2012 Y 2013?

    Responder
  24. ezequiel dice

    29 de marzo de 2013 a las 11:44 am

    hola, si una empresa tiene varios recibos por honorarios no declarados. se pueden ingresar como gasto en el balance anual?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de marzo de 2013 a las 9:26 pm

      Si puedes hacerlo, no hay problema.

  25. DAVID CHARLES dice

    28 de marzo de 2013 a las 9:49 am

    MUY BUENOS DIAS, AGRADECIENDO POR SU RESPUESTA, LAS RETENCIONES DE DICIEMBRE 2012 QUE SE DECLARARON EN FEBRERO 2013, ¿ CON QUE CUENTA LO PROVISIONO, SI LAS RETENCIONES TIENEN UNA CUENTA DE 40114?
    UNA PREGUNTA MÀS PUES AGRADECIENDO SIEMPRE SU GRATA PERSONA, PUES TENGO FACTURAS DE COMPRA DEL 2012 DECLARADOS EN ENERO 2013, PARA QUE MI CREDITO FISCAL SIRVIERA TENGO QUE PROVISIONAR EL COSTO DE LA FACTURA, ¿COMO ES EL ASIENTO CONTABLE DE ESTE CASO PARA EL AÑO 2012 Y 2013?

    Responder
  26. ISABEL dice

    27 de marzo de 2013 a las 10:32 am

    HOLA
    UNA CONSULTA EN EL SIGUIENTE CASO,TRABAJO PARA 2 EMPRESAS DISTINTAS SON PERSONAS JURIDICAS,Y OBTENGO RENTAS DE 5º POR 4000.00 (REMUNERACIÓN BRUTA MENSUAL)LA CUAL ME HACEN LA RESPECTIVA RETENCION Y RENTAS DE 4º POR 550.00 DEL CUAL NO ME HACEN RETENCION POR NO SUPERAR LOS 1500.00 AL MES SIN EMBARGO SUMANDO MIS 2 RENTAS SOBREPASO EL LIMITE DE 2625.00 MENSUALES ENTONCES DEBI DE HABER PRESENTADO EL PDT 616

    ESPERO PRONTA AYUDA

    SALUDOS

    Responder
  27. DAVID CHARLES dice

    23 de marzo de 2013 a las 8:18 am

    HOLA MIGUEL, TENGA MIS SALUDOS CORDIALES POR SU GENTILEZA, MI PREGUNTA ES:
    TENGO RETENCIONES DEL IGV CON FECHAS DE DICIEMBRE 2012, PERO ESTAS RETENCIONES FUERON DECLARADOS EN FEBRERO DEL 2013;¿PUEDO PONER A MI BALANCE 2012 LAS RETENCIONES DEL IGV QUE ME HICIERON?

    Responder
  28. Liset dice

    14 de marzo de 2013 a las 11:11 am

    Hola Miguel, mi consulta es la siguiente, el año pasado emití un recibo x el pago de vacaciones, cuando todo el trámite estuvo a punto de salir, observaron no se que cosa y se canceló el pago, solicité que se me devuelva dicho recibo y me indicaron que se perdió. Finalmente haciendo mi declaración de quinta verifico que dicho recibo fue declarado a la SUNAT como pagado, sin embargo a mi nunca me llegó un sol de dicho pago x el contrario se me informó que no procedía. Agradezco de antemano la orientación que me puedas dar de que procedimiento seguir.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de marzo de 2013 a las 11:26 am

      Lo que podrías hacer es primero mandar una carta a dicha empresa pidiendo las explicaciones del caso, y si deseas das de baja el comprobante con tu clave sol como perdido.

  29. LUZ MARINA dice

    14 de marzo de 2013 a las 1:43 am

    si en el mes de febrero me emiten un recibo de honorarios por 1500 por un servicio del mes de Diciembre 2012, lo pago en febrero, el gasto a que ejercicio corresponde al 2012 o 2013, gracias por la respuesta

    Responder
  30. Elizabeth Flores dice

    13 de marzo de 2013 a las 5:46 pm

    Hola Miguel
    La consulta es la siguiente, se realizo pago por servicios de gestion en el mes de enero, supero el limite de S/ 1,500.00 en la emision de los recibos por honorarios, no se realizo la retencion y se declaro a la SUNAT.No tiene Suspension de 4TA Categoria para el 2013.
    Hay multa? Se tiene que realizar rectificacion en el plame?
    Gracias

    Responder
  31. Cesar Casas Cardenas dice

    20 de febrero de 2013 a las 11:58 pm

    esa deuda es mas grande qe la deuda externa

    Responder
  32. Anthony Diaz Bardales dice

    20 de febrero de 2013 a las 2:35 pm

    Empeze emitir recibos desde Noviembre de 2010 hasta la fecha pero nunca declare ni utilize mi clave sol que debo hacer para regularizar

    Responder
  33. edwin dice

    16 de enero de 2013 a las 10:07 am

    hola miguel un a consulta , soy trabajador indp. tengo que si o si declarar cada año RH, por yo solo e emitido un resibo RH al año que nisiquiera pasa de 1000 soles debo ir a declarar?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de enero de 2013 a las 5:39 am

      Si solo declaras dicho monto, no estas obligado a realizar la presentación de tus recibos por honorarios.

  34. Tania dice

    9 de enero de 2013 a las 1:04 pm

    Hola, tengo que cobrar unas comisiones por fuera de mi trabajo y me piden recibo por honorarios, el monto será es de un aporx. de 600 dolares en recibos por separados. Mi consulta es q si tengo q declararlos o q debo hacer?

    Responder
  35. Nowaki dice

    10 de diciembre de 2012 a las 5:42 pm

    hola gracias por tu respuesta , como hago para pedir la suspencion de retencion del 10% de mis R/H y hasta que monto no tengo que pasar anualmente   

    Responder
    • Javier Nina dice

      11 de enero de 2013 a las 3:24 pm

      Cuando la proyección de sus ingresos anuales por Rentas de Cuarta Categoría no supere para el 2013: S/. 32,375.00, puedes solicitar la suspensión de retenciones ingresando con tu clave SOL, imprimirás una constancia la cual te servirá para que cada vez que te realicen un pago que supere los 1500.00 no te efectúen la retención del 10%, pero siempre que tu proyección anual no supere 32,375.00

  36. criss dice

    30 de noviembre de 2012 a las 7:08 pm

    es laprimera vez que saco r/h yo ganare 800 soles debo declarear mensualmente y debo llevar libro de registro y si es asi en donde lo consigo 

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de diciembre de 2012 a las 7:29 am

      Si es obligatorio llevar el libro de ingresos y gastos , más no la declaración mensual ^^

  37. DAYSY dice

    15 de noviembre de 2012 a las 1:50 pm

    Hola

    Tengo una duda, si un recibo por honorarios no se pagara con dinero, y se cancelara mediante compensacion con con documentos que tengo por cobrar, ¿ Tomaria esta fecha de compensacion para registrar en el PDT?

    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de noviembre de 2012 a las 5:20 am

      Exacto esa seria la fecha de cancelación y por ende el periodo a declarar.

  38. PATRICIA dice

    17 de octubre de 2012 a las 4:28 pm

    Hola, mi consulta es si los recibos por honorarios se consignan en el pdt planilla electronica y no en el pdt 621.  como estos “gastos” son ingresados en la contabilidad?. es decir donde se consignan.gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de octubre de 2012 a las 2:21 am

      Los recibos por honorarios se declaran directamente en el PDT 601 y/o Plame. 

  39. anitaa dice

    17 de septiembre de 2012 a las 1:21 pm

    Hola, tu pagina me parece muy interesante y sobre todo seria, por ello tengo la siguiente consulta:

    Que sucede si en el periodo de agosto me olvide de declarar un RH correspondiente a ese periodo, en el plame, lo debo consignar en el siguiente mes, hay alguna multa por ello.

    Espero tu cordial respuesta, muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de septiembre de 2012 a las 5:01 pm

      Los recibos por honorarios se registran de acuerdo a la fecha de pago, ahora si el recibo no tiene retención no tiene multa.

  40. JOSE dice

    13 de septiembre de 2012 a las 1:34 pm

    Hola… espero me puedan ayudar.
    Todos los recibos x honorarios deben declararse.?? apesar de que no se hace retenciones ?
    Si se no declare unos recibos puedo declararlos en meses siguiente ¿hasta cuantos meses atras puedo declarar sin tener problemas?
    Otra cosa para ingresarlos al pdt necesito datos como fecha de nacimiento de la persona ¿Como hago si no tengo esos datos?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de septiembre de 2012 a las 12:23 pm

      Los recibos por honorarios se declaran de acuerdo a la fecha de pago, si un recibo que es emitido el 15/05 se paga el 05/06, pues ese recibo tienes que declararlo en el periodo junio, no se puede declarar en otros periodos.

  41. ROBERTO dice

    31 de agosto de 2012 a las 6:51 am

    excelente tus respuestas es de gran ayuda.

    aporvecho para esta pregunta
    cuanto es la multa por no declarar los RH. ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de agosto de 2012 a las 9:31 am

      Si el recibo por honorario tiene retención de 4ta categoría, si tiene multa, 50% del tributo omitido.

  42. elio MR dice

    22 de junio de 2012 a las 11:53 pm

    buenas noches.
    la declaracion de mi planilla lo realizo en el PLAME ahora para el periodo de junio tengo dos obreros que trabajaron una semana del 07 al 14 los cuales emitieron recibo por honorarios ademas tengo un RxH por servicios notariales. Estos RxH se declaran en el PLAME???
    gracias por su ayudA 

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de junio de 2012 a las 4:50 am

      Es correcto los recibos por honorarios se registran directamente en el Plame. En la parte de 4ta categoría. 

    • elio MR dice

      23 de junio de 2012 a las 9:44 pm

      buenas noches.
      Una consulta. Este lunes 25/06 se registrara en el T registro a un nuevo trabajador. Los aportes a essalud y SNP seran proporciandos? o los aportes seran en funcion a la RMV?
      gracias por su ayuda 

    • Miguel Torres dice

      24 de junio de 2012 a las 7:19 am

      Con respecto al essalud, lo calculara en base a la RMV, con respecto al SNP sera respecto a lo que percibe el trabajador.

  43. cecilia dice

    11 de junio de 2012 a las 9:58 pm

    es para un trabajo, quisiera saber si los recibos por honorarios tambien se consignan en la parte q dice compras en el pdt 621 o donde’

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de junio de 2012 a las 3:12 am

      No los recibos por honorarios se registran en la Planilla Electrónica 601. En el Pdt 621 solo consignaras compras gravadas y no gravadas.

  44. Maria dice

    27 de abril de 2012 a las 12:10 pm

    En el mes de abril declare y pagúe el pdt601 de marzo pero por error el archivo era de febrero, he efectuado el cambio del periodo, pero tengo recibos de honorarios sin retención que tendria que cambiar el numero y las fechas de giro y pago como hago ese cambio?  Muchas gracias por la atención

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de abril de 2012 a las 6:03 am

      El registro de los recibos por honorarios es de acuerdo a la fecha de pago, ejemplo, si la fecha de pago de un recibo por honorario es 04/02/2012, lo debes registrar en el periodo Febrero 2012. No seria conveniente modificar el comprobante de pago. 

  45. Jota dice

    15 de marzo de 2012 a las 3:42 pm

    Cual es la infraccion por haber declarado recibos de honorarios que no eran gasto de la empresa,,, es decir que se emitieron para otra empresa y por error se registraron y se declararon en el pdt de enero,,,
    Ojo,,, no tienen retenciones,,, el total es por 500.00

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de marzo de 2012 a las 2:19 am

      En principio calificaría como presentar una declaración con datos falsos, pero no hay evasión de tributo, no hay crédito indebido, no habria sancion alguna, pero lo mejor seria que rectifiques esa declaración para que este bien declarada.

    • GUISOKA dice

      18 de mayo de 2013 a las 12:48 pm

      una consulta como puedo rectificar un recibo por honorario del año 2010 que fue declarado por error por el importe de s/. 30,000.00 cuando el monto era de s/. 3000 y no tiene retencion.
      y ademas no tengo el back cap del PDT de ese año porfavor necesito q responda urgente. gracias

    • Miguel Torres dice

      19 de mayo de 2013 a las 2:22 am

      Si no tienes una copia de seguridad, solo te queda realizar nuevamente la declaración de ese mes, quizás tengas la planilla impresa, trata de llenarla nuevamente.

    • GUISOKA dice

      20 de mayo de 2013 a las 12:11 pm

      no entiendo puede ser mas especifico como lo voy a declarar de nuevo sino tengo el back cap para rectificar.

    • Miguel Torres dice

      21 de mayo de 2013 a las 8:14 am

      No necesitas una copia de seguridad para hacer una declaración de 09/2009, solo busca la planilla y llénala como si fuera una nueva, eso es lo que se me ocurre, ademas ten en cuenta que esa declaración lo vas a llenar en el PDT 601.

  46. TERESA LOPEZ PUSCAN dice

    7 de diciembre de 2011 a las 9:26 am

    quisiera una ilustracion de quien es el encargado de realizar el registro de recibos por honorarios del personas contratadas por locacion de servicios, y como se hace los pasos a seguir para registrar.
    muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de diciembre de 2011 a las 2:37 pm

      El recibo por honorario es un comprobante de pago que se utiliza para sustentar el pago de un servicio (locacion de servicios); el encargado de llenar el recibo es el que presta el servicio, la empresa lo recepcionara y luego lo declarara en el PLAME.

    • luis dice

      29 de junio de 2012 a las 5:33 pm

      y si la empresa no declara tus recibos por honorarios??

    • Miguel Torres dice

      2 de julio de 2012 a las 3:43 am

      Es un gasto que no va poder deducir para fines de renta.

  47. Cesar Enrique dice

    8 de noviembre de 2010 a las 11:27 am

    Una consulta, es la primera vez que declaro un RH, quisiera saber con que concepto debo ingresar a la persona que me dio este recibo, si lo ingreso como trabajador no puedo modificar el monto que le pago, me pueden ayudar x favor.

    Gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de noviembre de 2010 a las 2:23 pm

      El recibo por honorario se declara en el PDT 601, primero debes registrarlo como trabajador de 4ta categoria.

      Luego en el PDT 601 registras el Recibo por Honorario.

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