• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Juridico » Comprobantes electrónicos en registros vehiculares agilizarán cumplimiento con Sunat y Sunarp

Comprobantes electrónicos en registros vehiculares agilizarán cumplimiento con Sunat y Sunarp

Publicado por Miguel Torres el 20 de febrero de 2015 Deja un comentario

El ciclo de negocio de la venta de autos se cerrará, debido a que previa a esta norma se generaron problemas en el registro vehicular, declaró Renzo Alcántara, gerente general de TCI.

sunarp

Los nuevos lineamientos para la presentación y calificación de los comprobantes de pago electrónicos en los registros vehiculares permitirán cumplir con las obligaciones tanto para la Sunat como para la Sunarp, expresó Renzo Alcántara, gerente general de TCI .

“Se logrará cerrar el ciclo del negocio de la venta de autos , debido a que previa a esta norma se suscitaron problemas en el registro vehicular”, dijo Alcántara.

Y es que, por las dificultades que se presentaron en el procedimiento de inmatriculación de vehículos en el Registro de Propiedad Vehicular, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) aprobó el 26 de diciembre del 2014, los últimos lineamientos para la calificación de dichos trámites.

Cabe resaltar que la presentación precisa y calificación de los comprobantes de pago electrónicos era catalogado como de uso obligatorio por la Sunat. De esta manera, dicho trámite homogeniza la consulta a través del portal web.

“El usuario podrá validar la información de sus boletas de venta electrónicas de manera similar a la que existe para las facturas electrónicas. (…) Asimismo, podrá enviar la información solicitada a través de un correo electrónico oficial, donde el responsable derivará la información al área registral, tal que guarde relación con el título de calificación. Antes, dicho proceso no era oficial”, sentenció Alcántara.

Como toda implementación lleva un proceso, esta no escaparía de ello. Alcántara detalló que el proceso se realizará por etapas. En la primera fase, se viene consultando el número de registro único de contribuyente del emisor, así como el número y fecha de emisión del comprobante.

En la segunda etapa, disponible en el segundo trimestre del 2015, se adicionarán los datos del comprador y el precio del vehículo, dijo el gerente general de TCI.

Entre las empresas obligadas a adoptar dicho proceso figuran: Toyota, Nissan, Derco, Gildemeister, Audi, Ford, entre otros.

¿Cómo presentar el comprobante de pago electrónico?

El archivo que el usuario deberá enviar al registro deberá guardar relación con el título objeto de calificación. Y este deberá tener un formato XML, indicando lo siguiente:

  • Número de título, año y oficina registral.
  • Tipo y número de comprobante de pago electrónico.
  • Nombre del adquirente.
  • Código VIN del vehículo, o en su defecto, el número de serie.

El usuario tiene que haber presentado la solicitud de inscripción, según el procedimiento ordinario para obtener los datos del asiento de la presentación, que incluye el número de título.

Alcántara recomendó que el archivo XML del comprobante se envíe el mismo día que se ha presentado la solicitud de inscripción.

“La tendencia es que los registros cada vez se hagan más rápido, pero a la Sunarp le tomará tiempo acomodarse. Posteriormente, se automatizará y se implementará una fase adicional, tal como lo pide el sector automotriz. Ahí sí hablaríamos de disminuir los tiempos”, acotó.

Alcántara resaltó que conforme el sistema mejore, se incluirán a más empresas obligadas con este procedimiento.

Precisó que dicha disposición detalla también, como responsables de la supervisión o cumplimiento de los presentes lineamientos, a los jefes de los órganos desconcentrados, los jefes de las unidades registrales, los registradores públicos, los asistentes registrales y los demás servidores intervinientes, según sea el caso.

Diario Gestión (20/02/2015)

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

Etiquetado como: sunarp, Sunat

PRÓXIMO EVENTO: "CONTABILIDAD EN EMPRESAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTES"

Invitarte este Martes 03 de Junio de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

Taller Presencial SIRE SUNAT

PUBLICIDAD

Publicidad-Rapifac

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto