Ingreso de nuevas AFP podría registrarse a finales de este año
Más de cinco millones de trabajadores serán beneficiados con medida
La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó la reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP) luego de un prolongado debate, siendo uno de los principales aportes el dotar a este mercado de una mayor competencia, lo que beneficiará al afiliado.
El presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso, Jaime Delgado, adelantó al Diario Oficial El Peruano que en diciembre de este año se realizaría la primera licitación de afiliados por las Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (AFP).
Resaltó que uno de los principales efectos de esta primera convocatoria sería la participación de nuevas AFP en el sistema. El gran atractivo de este mercado serían los 300,000 trabajadores que se podrían afiliar.
En este caso se precisa que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) será encargada de licitarlas y que en cada licitación se adjudicará el servicio a la AFP que ofrezca la menor comisión por la administración de los fondos de los afiliados.
Por ello, Delgado comentó que la real competencia en el SPP comenzaría a los 45 días de publicada la ley de reforma debido a que las AFP se alistarán para el ingresos de nuevos participantes.
Impacto positivo
Más de cinco millones de afiliados a las AFP serán beneficiados con la reforma del SPP, dijo el congresista Delgado.
“En esencia se mantienen los pilares fundamentales de los proyectos presentados. Creemos que ello permitirá una reducción de las comisiones porque en adelante las AFP tendrán que competir”, manifestó.
El texto aprobado señala que en el caso de los trabajadores independientes la afiliación será para los que no superan los 40 años de edad. Se precisa que los trabajadores independientes que reciban ingresos mensuales mayores a 1.5 Remuneración Mínima Vital se les aplicará la tasa de aporte obligatorio.
También se propone la creación del Sistema de Pensiones Sociales, de carácter obligatorio, para los trabajadores y conductores de la microempresa que no superen los 40 años de edad y que se encuentren bajo los alcances de la presente norma. Asimismo, se señala la obligación del empleador de retener los aportes, entre otras novedades.
Diario El Peruano (05/07/2012)
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