CCL recordó que no habrá prórroga para depósito de compensación correspondiente al período de noviembre de 2014 a abril de 2015.
El 15 de mayo es la fecha límite que tienen las empresas para realizar el depósito de la compensación por tiempo de servicios (CTS) correspondiente al período de noviembre del 2014 a abril del 2015.
La mediana y la gran empresa se acogen a la forma regular del cálculo de la CTS para el pago a sus trabajadores. En el caso de la pequeña empresa, si esta se encuentra inscrita en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype), deberá pagar el 50% de la CTS a todas las personas que hayan sido contratadas en fecha posterior a esta inscripción, mientras que a los contratados en fechas anteriores les tendrá que pagar bajo el régimen general.
Lo mismo sucede con la microempresa, con la diferencia de que las personas bajo el régimen de Remype no reciben CTS. En el caso de que estas empresas no se encuentren afiliadas al Remype, el pago de la CTS será de manera regular.
Expectativa
Asimismo, según la norma vigente, a la fecha se podrá disponer del 70% del monto excedente a los seis sueldos del fondo acumulado en la CTS.
Si se aprueba el proyecto enviado por el Ejecutivo al Congreso, se podrá retirar el 100% de la CTS que excede a los cuatro sueldos. Esta iniciativa, puesta a consideración por el Ministerio de Economía y Finanzas, estaría vigente hasta finales de este año.
Esta medida, junto con las otras que forman parte del quinto paquete económico, busca incentivar el consumo interno.
Dato
Las personas que al 30 de abril no acumulen un mes de servicios no contarán con el depósito de la CTS para esta ocasión, pero esos días serán tomados en cuenta para el próximo pago.
Diario peru21 (05/05/2015)
Creta Analia Peña Villar dice
Me pare muy interesante en mi caso que estoy des actualizada para actualizarme y ponerlo en practica en mi trabajo
Miguel Torres dice
Hola Creta, es muy importante estar actualizado.