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Inicio » Tributario » Qué es el DAOT SUNAT 2025

Qué es el DAOT SUNAT 2025

Publicado por Miguel Torres el 13 de enero de 2025 165 comentarios

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Miguel ¿Qué es el DAOT Sunat?

El DAOT SUNAT es una declaración anual de categoría informativa, que cada año las empresas que están obligadas a presentar informando las operaciones que realizan (proveedores y clientes).

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Empresas obligadas – DAOT Sunat
  • Operaciones a Informar DAOT Sunat
  • Operaciones que no se declaran en el DAOT
  • Aclaraciones sobre el DAOT Sunat
      • Miguel ¿Cómo generar la constancia de no tener información a declarar?
  • DAOT Sunat vs Libros Electrónicos
  • Cronograma de vencimientos DAOT 2025
  • Preguntas Frecuentes DAOT 2025

Empresas obligadas – DAOT Sunat

  • Que al 31 de diciembre del 2024, hubiesen tenido la categoría de Principales Contribuyentes.
  • Que estén obligados a presentar por lo menos una declaración mensual del IGV durante el ejercicio 2024:
    • El monto de sus ventas internas haya superado las 75 UIT.
    • El monto de sus adquisiciones haya superado las 75 UIT.
  • Las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que hayan realizado sólo operaciones inafectas del IGV en el 2024, que se encuentren obligadas a presentar el PDT PLAME cuyo número de trabajadores que deben ser declarados en el PDT PLAME correspondiente al período tributario noviembre del 2023 sea superior a diez (10).

¿Qué casillas del PDT 621 y/o Declara Fácil debo considerar para saber si he superado las 75 UIT en ingresos y/o adquisiciones?

En el siguiente cuadro está la respuesta:

Sujetos Obligados - DAOT

Operaciones a Informar DAOT Sunat

Dichas empresas declaran a sus clientes y proveedores uno por uno, cuyas operaciones sean mayores a 2 UIT, lo que significa que las operaciones menores a 2 UIT no se declaran.

Para el ejercicio 2024, el valor de la UIT es: S/ 5,150

2 UIT del 2024 =  S/  10,300

Operaciones que no se declaran en el DAOT

  • La exportación de bienes y/o servicios, considerados como tales por las normas que regulan el Impuesto General a las Ventas (IGV).
  • La utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados.
  • La importación de bienes.
  • Las consideradas como retiros de bienes, conforme a las normas del IGV.
  • Aquellas por las que no exista la obligación de consignar el número de RUC o el número del documento de identidad del adquirente o usuario; salvo que los comprobantes de pago contengan dicha información.
  • Las realizadas en los períodos durante los cuales el Declarante hubiera pertenecido al Nuevo RUS.
  • Las adquisiciones que hubieran sido informadas a la SUNAT por las entidades del Sector Público en cumplimiento de la obligación establecida mediante Decreto Supremo N.º 027-2001-EF.
  • Las que hubieran sido informadas a la SUNAT por la obligación prevista en el Reglamento de Notas de Crédito Negociables, siempre que se hayan informado las transacciones realizadas en los doce meses del ejercicio.

Aclaraciones sobre el DAOT Sunat

Puede ocurrir que una empresa esté obligada a presentar el DAOT SUNAT porque supera las 75 UIT en ventas anuales y/o compras anuales, pero las operaciones con sus clientes y/o proveedores no superen las 2 UIT (S/ 10,300).

En dicho caso solo deberá informar mediante clave sol, generando una “Constancia de no tener información a declarar”.

Miguel ¿Cómo generar la constancia de no tener información a declarar?

Primero que nada, nos dirigimos a la página de SUNAT, e ingresamos a Operaciones Online y llenamos los datos que nos solicité.

SUNAT Operaciones en Línea

Luego nos dirigimos al menú Mis declaraciones informativas e ingresamos a la opción Constancia de No presentación del DAOT.

daot constancia

Finalmente, obtendremos nuestra CONSTANCIA DE NO TENER INFORMACIÓN A DECLARAR.

constancia no DAOT

DAOT Sunat vs Libros Electrónicos

Una empresa que ha presentado su registro de compras y registro de ventas en formato electrónico, sólo deberá presentar la constancia de no tener información a declarar.

  • Obligados a utilizar Libros Electrónicos 2024

Cronograma de vencimientos DAOT 2025

El Formulario Virtual 3500 debe ser presentado según el siguiente cronograma de vencimiento:

RUCPLAZO VENCIMIENTOFECHA DE VENCIMIENTO
0Primer día hábil de marzo3 de marzo de 2025
1Segundo día hábil de marzo4 de marzo de 2025
2 y 3Tercer día hábil de marzo5 de marzo de 2025
4 y 5Cuarto día hábil de marzo6 de marzo de 2025
6 y 7Quinto día hábil de marzo7 de marzo de 2025
8 y 9Sexto día hábil de marzo10 de marzo de 2025
B.CSéptimo día hábil de marzo11 de marzo de 2025
CRONOGRAMA PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS – DAOT 2025

Miguel ¿Tengo multa si no he presentado el DAOT Sunat?

En primer lugar, el no cumplir con presentar el DAOT dentro del plazo establecido origina una infracción tributaria tipificada en el numeral 2 del artículo 176 del código tributario.

Por otra parte, si subsanas la infracción antes de cualquier comunicado de SUNAT, la gradualidad es del 100 %.

Preguntas Frecuentes DAOT 2025

Una empresa que no supera las 75 UIT ni ventas ni compras, pero sí las 2 UIT por cliente y/o proveedor, ¿Está obligado a declarar?

No está obligado a declarar el DAOT.

Las ventas de una empresa superan las 75 UIT, pero mis compras no ¿Estoy obligado?

Si estás obligado a presentar el DAOT.

Declare (DAOT) de una persona que no está obligada a presentarla, puesto que no supera las 75 UIT ¿Habrá algún tipo multa y /o sanción?

Dicha infracción, no está tipificada en el código tributario, por lo tanto, no hay multa por pagar.

Una empresa presenta libros electrónicos. ¿Está obligado a presentar?

No, solo debes sacar su constancia de no tener información a declarar.

Conclusión

  1. Están obligados a presentar el DAOT SUNAT las empresas cuyas ventas internas del ejercicio 2024 hayan superado los S/ 386,250 (75 UIT).

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165 comentarios

  1. Chabeli dice

    6 de marzo de 2025 a las 7:52 pm

    Si presente PLE todo el 2024 tampoco estoy obligada?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de marzo de 2025 a las 1:40 pm

      Tampoco estas obligada.

  2. RICARDO GRANADOS dice

    5 de marzo de 2025 a las 8:46 pm

    HOLA MIGUEL, QUE PASA CON LOS CONTRIBUYENTES QUE EMPEZARON ENVIAR EL SIRE (REGISTROS ELECTRONICOS) DESDE EL PERIODO 082024 EN ADELANTE, SOLO PRESENTAN LA CONSTANCIA DE NO TENER INFORMACION O TIENE QUE ENVIAR EL DAOT POR LOS PERIODOS ANTERIORES DE 012024-07-2024

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de marzo de 2025 a las 1:37 pm

      En la medida que superes las 75 UIT estás obligado a presentar DAOT solo por los periodos de enero a julio.

  3. Jesus dice

    5 de marzo de 2025 a las 7:56 am

    Buenas, disculpe. Un contribuyente realizó la presentación de la constancia de no informacion, pero este se encuentra en Rus, ¿habrá alguna infracción?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de marzo de 2025 a las 1:40 pm

      Ninguna, porque no estas obligado.

  4. FABIANA dice

    28 de febrero de 2025 a las 10:24 am

    EL SIRE TAMBIEN ES LIBRO ELECTRONICO, ENTONCES SE PRESENTA SOLO LA CONSTANCIA DE NO TENER INFORMACION A PRESENTAR?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de febrero de 2025 a las 4:20 pm

      Si es correcto, si todo el ejercicio 2024, presentaste SIRE.

  5. Miriam dice

    19 de febrero de 2025 a las 5:48 pm

    Buenas tardes Miguel ,tambien se considera las compras no domiciliadas ? compras por importación . Gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de febrero de 2025 a las 3:27 pm

      No se considera.

  6. Javier Acosta Herrera dice

    7 de febrero de 2025 a las 5:15 pm

    Miguel,
    el cronograma DAOT que muestras esta errado ejemplo dice para el digito 0 primer día útil es 1 de marzo (sábado) y en realidad es 3 de marzo 2025 el 1er día útil

    Por otro lado aún no hay cronograma SUNAT para ITAN y Precios de Transferencia

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de febrero de 2025 a las 8:25 am

      Gracias por el aviso.

  7. Valentino dice

    13 de enero de 2025 a las 9:02 pm

    Estimado colega, cual es la base legal que los contribuyente que tienen libros electrónicos, no estan obligados a presentar DAOT

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de enero de 2025 a las 10:45 pm

      Si estan obligados a presentar, solo que tramitan la constancia de no tener información a presentar.

  8. Cesar Vargas dice

    2 de marzo de 2023 a las 11:12 pm

    Hola Miguel, gracias por tu aporte.
    Una consulta, por favor. Si durante años no he presentado la constancia de no tener información a declarar, pero todas mis compras y ventas son declaradas de forma electrónica. ¿Hay alguna sanción?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de marzo de 2023 a las 2:24 pm

      Mientras que SUNAT no te notifique lo puedes hacer y no hay infracción.

  9. willyguzmanalvarado@gmail.com dice

    1 de marzo de 2023 a las 4:15 pm

    SOY RER ESTOY OBLIGADO A PRESENTAR DAOT

    Responder
  10. Ivan Tocto dice

    1 de marzo de 2023 a las 1:52 pm

    Hola Miguel,

    Consulta: Los RXH también se consideran para el DAOT?
    Gracias de antemano.

    Responder
  11. Raquel Morales Novella dice

    28 de febrero de 2022 a las 8:14 pm

    Miguel,
    La información me pareció excelente y sobre todo oportuna.
    Además se complementa con las preguntas de los seguidores y tus respuesta precisas en cada caso.
    Muchas Gracias y bendiciones
    Raquel Morales

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de marzo de 2022 a las 2:33 am

      Muchas gracias señora raquel.

  12. Sharit dice

    14 de septiembre de 2021 a las 10:01 am

    Están obligados de mandar DAOT cuando emiten comprobantes electrónicos?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de septiembre de 2021 a las 3:12 pm

      La norma no indica nada al respecto.

  13. Cinthia dice

    29 de enero de 2021 a las 4:09 pm

    Buenas tardes, una empresa no supero las ventas de 75 UIT, pero las compras si superaron los 75 UIT. ¿Esta Obligado a declarar Daot?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de mayo de 2021 a las 2:45 pm

      No esta obligado.

  14. Liuba dice

    31 de mayo de 2020 a las 9:55 pm

    Hola, Miguel

    Buenas noches, una consulta las facturas que estan exonerado de IGV, se incluye en el DAOT,
    Muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2020 a las 2:21 am

      Si claro.

  15. Meli dice

    11 de marzo de 2020 a las 9:57 pm

    Gracias por su gentil respuesta. Muy buena vibra en todos sus cursos que realiza. Bendiciones a Ud y a todos su seguidores.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de marzo de 2020 a las 4:28 am

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  16. Daniela dice

    10 de marzo de 2020 a las 12:21 pm

    Hola Miguel, muchas gracias por su aporte.
    Una pregunta, el subsanar es presentar la declaración ? y por tanto ya no tengo que pagar nada, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de marzo de 2020 a las 4:42 am

      Es correcto.

  17. Jose Luis dice

    8 de marzo de 2020 a las 7:18 pm

    Buenas tardes Miguel
    Mi consulta es una empresa ha superado las 75 UIT en sus compras y ventas en el periodo 2019, pero desde el mes de septiembre del 2019 presenta sus libros compra y ventas de forma electrónica ¿Está obligado a presentar la DAOT?, gracias por tu ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de marzo de 2020 a las 11:03 pm

      Si es correcto debe presentar el DAOT.

  18. Gloria dice

    5 de marzo de 2020 a las 7:09 pm

    Gracias por la información que Ud. nos brinda, tengo una consulta; estuve presentando la DAOT y por error se me borró la pantalla, pensé que no se habia presentado y volvi a enviar, cuando hice la consulta en declaraciones informativas me doy con la sorpresa que habia declarado doble con la misma información ¿Tengo alguna multa por declarar doble? Gracias de antemano y muchos saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2020 a las 11:51 am

      Para nada, es una sustitución o rectificación.

  19. Meli dice

    5 de marzo de 2020 a las 5:58 pm

    Si una empresa presenta libros electrónicos sin movimientos ¿Está obligado a presentar? El daot este año. O solo se debe sacar su constancia de no tener información a declarar. Y si fuera empresa que no presenta libros electrónicos sino físicos, debe de igual manera presentar su constancia de no tener información a declarar. O es opcional. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2020 a las 11:53 am

      Solo sacas tu constancia de no tener información a presentar.

  20. Luz Flores dice

    5 de marzo de 2020 a las 5:39 pm

    Hola Miguel, primero agradecerte por tus explicaciones, tengo una duda en el caso de un contribuyente del RER que no supere en ventas la 75 UIT pero que sus compras si supera esta obligado a declarar el DAOT?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2020 a las 11:54 am

      Si es correcto.

  21. Percy dice

    5 de marzo de 2020 a las 11:16 am

    Una empresa que no superan las 75 UIT en ventas ni en compras, pero sí las 2 UIT por cliente y/o proveedor, ¿Está obligado a declarar? a pesar que las ventas las declara por el portal de sunat?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2020 a las 12:00 pm

      No esta obligado.

  22. Miguel dice

    4 de marzo de 2020 a las 9:16 pm

    Miguel, si tengo facturas con fecha de emisión del 2019 pero están declaradas en el periodo de enero 2020, también deben considerarse en la daot o solo comprende las operaciones declaradas en el 2019?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2020 a las 10:27 pm

      Debes declararlo en el ejercicio 2019.

  23. Luisa Paquita dice

    4 de marzo de 2020 a las 8:25 pm

    Miguel, tu ilustración es muy precisa, dinámica etc-Gracias, yo tenia una consulta, pero leyendo las participaciones de tus seguidores,encontré la respuesta.Gracias te deseo salud bienestar para que sigas siendo nuestra mano derecha.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2020 a las 10:27 pm

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  24. Rosmeri dice

    4 de marzo de 2020 a las 7:24 pm

    miguel para enviar daot es la suma de todas las facturas anualmente que superan las 2 UIT o es el envio de facturas que superan las 2 UIT unitaria que gire por mes y que supere ese monto.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2020 a las 10:28 pm

      Es el totalizado anual que supere las 2 UIT.

  25. Nadezna dice

    4 de marzo de 2020 a las 5:56 pm

    Hola Miguel , las empresas que generan libros electrónicos , pero no superan las 75 UITs de compras y ventas , deben presentar la constancia de no tener información a declarar?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2020 a las 10:33 pm

      Si es correcto.

  26. Isabel dice

    4 de marzo de 2020 a las 5:38 pm

    Excelente información, Muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2020 a las 10:35 pm

      Muchas gracias 🙂

  27. Yessica dice

    4 de marzo de 2020 a las 5:36 pm

    Miguel,

    si una empresa superó las 75 UIT’s en ventas y a la vez tiene compras que superaron las 2 UIT’s , asimismo presenta registros de compras y ventas electrónicos, tiene que declarar la DAOT?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2020 a las 10:35 pm

      Solo tienes que sacar la constancia de no tener información a presentar.

  28. Alejandro dice

    4 de marzo de 2020 a las 4:58 pm

    Miguel, sigo permanentemente tos comentarios, y debo decirte que son muy esclarecedores tus comentarios y análisis, gracias por ello.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de marzo de 2020 a las 12:20 am

      Gracias, bendiciones 🙂

  29. Yazmin dice

    4 de marzo de 2020 a las 4:51 pm

    Hola Miguel
    Ayer se declaraba el DAOT con digito “1”, me olvide, pero mensual declaro compras y ventas en forma electrónica (PLE).
    Mi pregunta es si hay multa si hoy 04.03.2020 solicito la constancia de no tener información?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de marzo de 2020 a las 12:22 am

      Ya no hay multa porque lo subsanaste.

  30. Blanca Guardia dice

    4 de marzo de 2020 a las 4:17 pm

    Excelente ayuda muy buena Miguelito mucha suerte en todo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de marzo de 2020 a las 12:23 am

      Muchas gracias 🙂

  31. Normita dice

    4 de marzo de 2020 a las 3:47 pm

    Muy buen aporte Miguelito
    muchas bendiciones
    gracias 🙂

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de marzo de 2020 a las 12:24 am

      Muchas gracias 🙂

  32. Travis dice

    3 de marzo de 2020 a las 8:12 pm

    Buenas noches Miguel.
    Si declaré la DAOT de manera voluntaria, ya que mis ventas y compras apenas llegaron a las 40 UIT, tendré alguna infracción? Cabe resaltar que también presento libros electrónicos. Gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2020 a las 11:12 am

      No tienes infracción por hacer eso.

  33. Sarai M. V. dice

    3 de marzo de 2020 a las 1:48 pm

    Hola Miguel:tengo empresas que no superan las 75 UIT ni ventas ni compras, pero sí las 2 UIT por cliente y/o proveedor, se debe declarar?Y si declaran PLE,igual?
    Por otro lado,quisiera saber si colegios profesionales,sociedades o asociaciones si superan las 75 UIT por ventas inafectas y también compras ¿deben declarar? Gracias por tu respuesta y muchos saludos y bendiciones =D

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2020 a las 11:17 am

      Sobre tu primera pregunta, no están obligados, sobre la segunda, si están obligados.

  34. Xina dice

    2 de marzo de 2020 a las 4:29 pm

    Hola miguel las liquidaciones de compra también son consideradas para la daot.
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de marzo de 2020 a las 12:35 pm

      Es correcto.

  35. Cesar dice

    28 de febrero de 2020 a las 6:28 pm

    Hola miguel consulta si mis compras ni mis ventas superan las 75 UIT pero las operaciones con cada cliente si supera las 2 UIT, tengo que declarar DAOT teniendo en cuenta que no presentó libros electronicos, solo libros físicos. tengo que declarar el DAOT ? gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de marzo de 2020 a las 6:19 am

      No estas obligado a presentar.

  36. Perla Katherine Jicaro reyes dice

    21 de febrero de 2020 a las 6:45 pm

    Buenas noches, una consulta si mis ventas superan las 75 UIT pero mis compras no y presentó libros electrónicos, es necesario presentar la DAOT.
    GRACIAS POR LA ATENCIÓN.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de febrero de 2020 a las 6:15 pm

      No es necesario, solo sacas tu constancia de no tener información a presentar.

  37. Wilder Pizarro dice

    10 de febrero de 2020 a las 3:21 pm

    Para la presentación del DAOT 2019, llevar los libros electrónicos es obligatorio, entonces solo debo presentar mi constancia de no tener información a declarar
    gracias, excelente tu pagina

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de febrero de 2020 a las 6:53 pm

      Es correcto.

  38. Alexnader dice

    21 de marzo de 2019 a las 10:23 am

    Declare (DAOT) de una persona que no esta obligada a presentarla, puesto que no supera las 75 UIT … habrá algún tipo multa y /o sanción ?
    Como solucionar eso?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de marzo de 2019 a las 5:02 pm

      No hay infracción.

  39. Brighitte dice

    20 de marzo de 2019 a las 12:37 pm

    Mickey; osea si presento mis libros electrónicos, no tengo necesidad de declarar el DAOT, Sólo sacar mi constancia correcto?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de marzo de 2019 a las 1:43 pm

      Es correcto.

  40. Brune dice

    20 de febrero de 2019 a las 11:47 pm

    Hola Miguel, una consulta,,,,estoy en el mype tributario: no supero las 75 UIT ni en compras ni ventas, pero debo declarar el DAOT si solo supero las 2 UIT ya sea con un proveedor y/o cliente???,,,, xfavor asesorame con esta duda. gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de febrero de 2019 a las 8:54 am

      Si no superas las 75 UIT, no estas obligado a presentar el DAOT.

  41. Verónica dice

    20 de febrero de 2019 a las 4:59 pm

    Hola Miguel, una consulta una empresa que en sus ventas supera las 75 UIT, y en ventas y compras tiene operaciones con proveedores y clientes por un importe mayor a 2UIT que ha presentado Libros Electrónicos durante todo el año 2018, pero en el año 2019 recién se ha registrado en la contabilidad facturas de un proveedor que sumadas no superan las 2 uit, debe presentar la DAOT?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de febrero de 2019 a las 9:10 am

      No existe obligación, solo saca tu constancia de no tener información para presentar.

  42. Chamorro dice

    29 de enero de 2019 a las 8:58 pm

    Muy bien Explicado Miguel lo entendi todo a perfección .
    Buena Noches

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de febrero de 2019 a las 5:35 pm

      Muchas gracias 🙂

  43. Rolando Nery Osorio Vidarte dice

    12 de abril de 2018 a las 9:21 pm

    Felicitaciones Miguel.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de mayo de 2018 a las 4:17 pm

      Muchas gracias, buen día 🙂

  44. Nora Gómez Céspedes dice

    3 de abril de 2018 a las 9:58 am

    Buenos días Miguel, gracias por tus excelentes aportes… la facturación mediante el portal… también se presenta constancia de no tener información a declarar. Infinitas gracias…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de abril de 2018 a las 4:00 pm

      Emisión de CPE es distinto a presentar los libros electrónicos, tiene que presentar el DAOT.

  45. Fiorella dice

    2 de abril de 2018 a las 11:02 am

    Muy buena información ,me sirvió de gran ayuda , recomendaré este blog

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2020 a las 11:48 am

      Muchas gracias 🙂 bendiciones.

  46. Julio Rolando Samame Ortiz dice

    2 de abril de 2018 a las 10:58 am

    Me pareció muy bien conocer un poco mas sobre el daot y espero seguir recibiendo mas información como esta!!

    Responder
  47. Vane dice

    9 de marzo de 2018 a las 10:39 am

    Hola Miguel sin duda eres un grande, una pequeña consulta que pasa si el contribuyente estaba obligado a llevar libros electrónicos y supera las 75 UIT y aun asi se declaro con detalles el DAOT y no con las constancia de no tener información a presentar?, pasa algo ahi hay algún problema?, gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de marzo de 2018 a las 12:36 am

      No hay problema.

  48. Victor dice

    8 de marzo de 2018 a las 5:31 pm

    La verdad es un noticiero muy bueno y gracias por ponernos al día y la verdad es el único que es tan detallado y comprensible muy bueno.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de marzo de 2018 a las 5:33 am

      Muchas gracias, que tengas un buen fin de semana 🙂

  49. Erick dice

    8 de marzo de 2018 a las 11:04 am

    Osea los que presentan libros electronicos no tienen la necesidad de presentar Daot. Solamente una constancia de no tener informacion a declarar.?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de marzo de 2018 a las 5:41 am

      Es correcto.

  50. James dice

    8 de marzo de 2018 a las 8:55 am

    Gracias Miguel por valiosa información.
    Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de marzo de 2018 a las 5:44 am

      Muchas gracias 🙂

  51. Hugo Medina dice

    7 de marzo de 2018 a las 9:09 pm

    Muchas gracias Miguel, muy buena información.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de marzo de 2018 a las 5:45 am

      Gracias, buen día 🙂

  52. Miremar dice

    7 de marzo de 2018 a las 11:18 am

    Buen aporte Miguel, Muchas gracias… pero hay algo que no cuadra creo que es LA DAOT , NO se dice ni escribe EL DAOT.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de marzo de 2018 a las 5:53 am

      Si es correcto, pero tengo mis razones.

  53. Rocio dice

    5 de marzo de 2018 a las 9:56 pm

    Hola Miguel buenas noches;
    Las Duas se declaran en el Daot?

    Muchas Gracias por tus enseñanzas amigo!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de marzo de 2018 a las 10:19 am

      No se declaran las importaciones.

  54. Anita dice

    2 de marzo de 2018 a las 6:18 pm

    Estimado, una consulta, en la declaración de DAOT, tengo facturas que no las declaré (PDT 621) porque no cumple los requisitos, hasta la fecha no las pude cambiar, esas facturas, que solo las considero como gasto, tengo que agregarle a mis compras para determinar el limite de los 8100. Ademas tengo facturas que aun no las declaro que son de Dic-17 recién las declarare en Feb-17.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de marzo de 2018 a las 10:20 am

      Si tendrías que considerarlo en DAOT, porque la empresa que te vendió lo va declarar.

  55. Nancy dice

    2 de marzo de 2018 a las 11:53 am

    si supero para la declaracion del dot , yo declaro mis compras y ventas de manera electronica, tengo una duda, en mis registros de ventas yo declaro en manera de ventas consolidadas que son las boletas. pero no superan las 2 uit ningun cliente he revisando todo mis detalles de enero a diciembre. en ese como tengo que declarar el dot

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de marzo de 2018 a las 10:21 am

      En ese caso solo saca tu constancia de no tener información a presentar.

  56. Silvia dice

    1 de marzo de 2018 a las 7:16 pm

    Ni Compras Ni Ventas superan las 75UIT. Pero tengo clientes y proveedores que las transacciones superan la 2UIT.
    Debo presentar la Constancia de no tener información a declarar correcto?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de marzo de 2018 a las 1:37 am

      No estas obligado a presentar el DAOT.

  57. Maria dice

    22 de noviembre de 2017 a las 12:54 pm

    Una consulta Miguel, los que presentan libros electrónicos tenían que presentar el Daot o ya no es necesario, porque declare sin información a declarar ya que me dijeron eso es cierto por favor aclarame.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de noviembre de 2017 a las 2:29 pm

      Es correcto, solo presentas el DAOT sin información a presentar (clave sol).

    • Jimmy dice

      5 de marzo de 2018 a las 9:14 pm

      Miguel disculpa que pasa si olvide presentar dicha información hay multa?

    • Miguel Torres dice

      7 de marzo de 2018 a las 10:20 am

      Si lo subsanas tienes el 100% de gradualidad.

  58. Johana Villa Martínez dice

    17 de mayo de 2017 a las 7:04 am

    Hola Miguel superó en ventas la 75 uit pero en compras no en ventas tengo facturas que superan las 2uit en compras también mi consulta es. declaró si o no y que facturas declaró no entiendo bien de las 2 uit se verifica mensual o anual y sólo declaró la que pasaron las 2 uit por favor ayudame

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de mayo de 2017 a las 3:39 pm

      En tu caso solo presentas ventas, en compras no.

  59. Jose Antonio dice

    3 de marzo de 2017 a las 3:22 pm

    Tengo entendido que a partir del 2014 salio una RS. que los contribuyentes que declaran el PLE también pueden presentar la constancia de no tener información a declarar. estoy en lo correcto?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2017 a las 1:30 pm

      Si es correcto, siempre y cuando no hayan consolidado operaciones (previo análisis de dichas operaciones).

  60. Avi dice

    2 de marzo de 2017 a las 4:27 pm

    otra consulta: El importe a declarar por proveedor o cliente debe ser mayor a 2UIT,¿Esto sera sumatoria de todas las facturas del año de dichos proveedores o clientes? si algunas no excedieran, ya no declaro esas facturas, pero el resto sí?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2017 a las 1:53 pm

      Si es correcto, se declara los montos anuales mayores a 2 UIT.

  61. Avi dice

    2 de marzo de 2017 a las 4:27 pm

    Una duda:Si pase los 75UIT en compras o ventas,SI estoy obligada,ok.La cuestion es:¿Si solo superé las 75UIT en ventas, se declarara DAOT solo de ventas o ambos?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2017 a las 1:53 pm

      Se declara ambos, ventas y compras.

  62. Cesar dice

    28 de febrero de 2017 a las 8:06 am

    Buen dia:
    He presentado el PLE, pero hay facturas que no se han declarado por no cumplir la detracción y por ende no incluidas en el PLE, los montos superan las 2 UIT, es correcto declarar el daot solamente por esas facturas o ya no?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de marzo de 2017 a las 12:13 am

      Es correcto debes declarar en el DAOT.

  63. Milagros dice

    25 de febrero de 2017 a las 9:54 am

    Buenos días Miguel, muy buen artículo, pero me queda una duda aún, si la empresa supera las 75 UIT en ventas, pero en compras no supera. tengo que declarar el daot e informar solo ventas o también tengo que informar mis compras(mis compras no superan las 75 UIT pero si superan 2 UIT por proveedor)
    Muchas gracias por su pronta respuesta.
    Por favor conteste mi pregunta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de febrero de 2017 a las 3:33 pm

      Es correcto tienes que enviar tantos tus ingresos como egresos superiores a 2 UIT, si no superan no envias nada.

  64. Mely dice

    16 de junio de 2016 a las 11:13 am

    Hola Miguel
    espero que me pueda ayudar , pasa que No declare la DAOT del 2015 y mis ventas son de s/. 340,200.00 y le llego una notificación de la SUNAT el 01/05/2016 y recién me informaron y quisiera saber a cuanto seria la multa.
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de junio de 2016 a las 1:17 pm

      En la notificación deben haberte dado un plazo para subsanar la declaración, de lo contrario te deben haber notificado con una orden de pago.

  65. Yaneth dice

    21 de abril de 2016 a las 2:49 pm

    Me pareció muy interesante una consulta yo solo tengo un cliente que supero los 2 UIT y no supero lo 75 UIT tengo que declarar el DAOT.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de abril de 2016 a las 1:05 am

      No estas obligado.

  66. Orfa dice

    19 de abril de 2016 a las 4:05 pm

    Hola Miguel, sácame de una duda, mi contador me indica que no puede declararme facturas del año pasado en las DD.JJ. mensuales de este año, solo registrarlos en el diario. Esto es correcto ?? se que se pueden declarar durante 12 meses. Gracias x tu ayudita.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de abril de 2016 a las 9:16 pm

      Una factura se puede usar hasta 12 meses contados desde la fecha de emisión, por ejemplo para su declaración de marzo 2016, puede utilizar una factura de setiembre 2015 (solo utilizas el crédito fiscal) el IGV. Por el tema de gasto o costo si solo en el ejercicio de la factura.

  67. Elvira dice

    18 de abril de 2016 a las 3:24 pm

    Buen día, una consulta, si mis ventas y compras NO superan las 75 UIT al año, pero por cada cliente y/o proveedor SI supera las 2 UIT ¿se debe presentar la DAOT por los clientes y/o proveedores que SI superan las 2 UIT? ó se presenta “la constancia de no tener información a declarar” por no superar las 75 UIT. Vence hoy para declarar la DAOT. Agradecería me puedan aclarar la duda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de abril de 2016 a las 10:07 pm

      No estas obligado.

  68. Ashley Barahona dice

    14 de abril de 2016 a las 11:41 am

    Hola, primero felicitaciones por tu blog. Mi pregunta es la siguiente: ¿Si presenté Libros Electrónicos durante el ejercicio es necesaria la declaración del DAOT? Asumiendo obviamente que soy sujeto obligatorio de declaración. GRACIAS.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de abril de 2016 a las 7:07 pm

      No, solo la constancia de no tener información a presentar, salvo tengas operaciones consolidadas.

  69. Dora Sanchez dice

    8 de abril de 2016 a las 1:24 pm

    Hola Miguel, consulta: si el contribuyente estuvo en la categoria de principal contribuyente desde Julio 2015, Regimen Especial; en diciembre ceso sus actividades, sus ingresos y compras anuales no superaron las 75 UIT, esta obligado a la presentacion del DAOT?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de abril de 2016 a las 9:26 am

      Si tus ingresos no superan las 75 UIT no presentas DAOT.

  70. Jose dice

    8 de abril de 2016 a las 8:14 am

    Hola Consulta los importes son incluido IGV ?

    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de abril de 2016 a las 12:57 pm

      No se considera el IGV.

  71. Marilyn dice

    4 de abril de 2016 a las 1:01 pm

    Hola Miguel, aqui con otra consulta, que pasa con las NC que afectan a FA del 2014?, tambien se toman en cuenta para la DAOT ?
    Gracias y disculpa las molestias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de abril de 2016 a las 12:13 am

      En este caso no lo considero, ya que influye en una operación del 2014.

  72. Roberto dice

    3 de marzo de 2016 a las 11:07 am

    Hola, me pregunta es, se considera las importaciones? o solo compras nacionales. por que en nacionales no supero los 75 UIT, sumados con importaciones si supero los 75 UIT… gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2016 a las 12:33 pm

      No se consideran las importaciones.

  73. Aracely dice

    3 de marzo de 2016 a las 9:22 am

    Hola una consulta..yo no supero las 75 UIT ni en ventas ni en compras, pero tengo un cliente que supera las 2 UIT.. en este caso no presento nada del DAOT..??.. o tengo que solicitar por la clave sol mi constancia de no presentación del daot…???.. me refiero al año 2015 que se tiene que declarar en este mes…
    gracias por tu ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2016 a las 12:50 pm

      No presentas DAOT, no haces nada.

  74. Chio Antayhua dice

    25 de febrero de 2016 a las 6:22 pm

    Buenas tardes!
    las notas de crédito también se declaran en el daot?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2016 a las 7:13 pm

      Es correcto, también se considera.

  75. Talia dice

    10 de febrero de 2016 a las 4:56 pm

    Una consulta, si mis compras ni mis ventas superan las 75 UIT pero las operaciones con cada cliente si supera las 2 UIT ,tengo que declarar DAOT

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de febrero de 2016 a las 2:33 am

      No estas obligado.

  76. Gisela Paredes dice

    5 de marzo de 2015 a las 10:32 pm

    El proveedor o cliente tiene que superar las 2 UIT anual o mensual para poder declarar la DAOT?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de marzo de 2015 a las 1:23 pm

      Anual amiga

  77. Jonathan dice

    16 de febrero de 2015 a las 12:41 pm

    Buenas tardes esta muy especifico y claro, ahora no se si me podrían ayudar a saber como declaro LA DAOT paso a paso desde sunat operaciones en linea hasta el pdt, muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de febrero de 2015 a las 7:55 pm

      Te sugiero que lo veas con un contador para que te ayude, pero de todas maneras trataremos de hacer un caso práctico.

  78. Yamile dice

    11 de febrero de 2015 a las 3:06 pm

    Buenas tardes para presentar la daot si es una empresa de regimen especial pero para las ventas no supera las 2IUT, pero para compras si supera. se tendría que presentar la DAOT o no?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de febrero de 2015 a las 7:47 pm

      Si tienes que presentar DAOT

  79. Jhon dice

    2 de febrero de 2015 a las 2:31 pm

    Hola buenas tardes una consulta para este año 2015 que vamos declara el daot como clientes y proveedores cuanto es el monto que se ba ha declarar gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de febrero de 2015 a las 6:32 am

      Si sobrepasas las 2UIT por clientes. La empresa estará obligada si paso las 75 UIT en venta o compras del 2014.

    • Sharon dice

      11 de febrero de 2015 a las 2:57 pm

      Hola,

      Mis compras no superaron las 75 UIT, pero si tengo proveedores que superaron las 2 UIT, de todos modos no lo declaro?.

      Gracias

    • Miguel Torres dice

      12 de febrero de 2015 a las 12:16 am

      Si tus compras no superan las 75 UIT no estas obligado a presentar el DAOT.

  80. Carmen dice

    20 de febrero de 2013 a las 9:30 pm

    Si esta muy claro. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de febrero de 2013 a las 10:12 am

      Que bueno que haya ayudado.

  81. Jose Campos dice

    18 de febrero de 2013 a las 2:34 am

    Buena 🙂

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de marzo de 2018 a las 10:19 am

      Gracias 🙂

  82. Killyou Kelly dice

    18 de febrero de 2013 a las 12:57 am

    Buenaza.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de marzo de 2018 a las 10:19 am

      Super, que tengas una super semana 🙂

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