Para deducir los gastos por seguros, ¿es necesario que los mismos se hayan devengado?
“Se confirma la apelada en cuanto al reparo por gasto por seguro debido a que la recurrente pretende que se le reconozca como gasto del ejercicio 1998, una proporción de la provisión de la póliza de seguro contratada en 1997, no obstante, no ha acreditado el devengo del gasto reparado en el ejercicio 1998”.
Resolución del Tribunal Fiscal Nº 11001-3-2007
Fecha: 19 de noviembre de 2007
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