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Inicio » Laboral » Derechos de trabajadora gestante

Derechos de trabajadora gestante

Publicado por Miguel Torres el 20 de mayo de 2011 214 comentarios

Garantías. Legislación ampara a la madre trabajadora durante el período de gestación y al término de la licencia.

El Gobierno aprobó recientemente las disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 26644, referida al goce del descanso prenatal y posnatal de la trabajadora gestante, para su aplicación en los sectores público y privado. A continuación, diversos especialistas en derecho laboral nos detallan los alcances del DS Nº 005-2011-TR, el cual precisa que las prestaciones económicas administradas por Essalud se rigen por la Ley Nº 26790, Ley de modernización de la seguridad social en salud, su reglamento y normas complementarias pertinentes.

Víctor Zavala Lozano. gerente legal de la CCL
“Certificado médico es imprescindible”

¿Cómo acceder al descanso?

La Ley Nº 26644 y su reglamento (DS Nº 005-2011-TR) señalan que el descanso por maternidad es el derecho de la trabajadora gestante que le permite gozar de 90 días naturales de descanso distribuido en un período de 45 días de descanso prenatal y un período de 45 días de descanso posnatal. En caso de nacimiento múltiple, el descanso posnatal se extenderá por 30 días naturales más. Para  el goce del descanso prenatal, la trabajadora presentará al empleador el certificado de incapacidad temporal para el trabajo (CITT) expedido por Essalud o en su defecto un certificado médico en el que conste la fecha probable del parto. Este puede expedirse en el formato regulado por el Colegio Médico del Perú o en el recetario de uso regular del médico que emite la certificación. Así, con la presentación del certificado médico, la trabajadora gestante queda expedita para el goce del descanso prenatal a partir de los 45 días naturales anteriores a la probable fecha del parto, salvo que haya optado por diferir total o parcialmente el descanso.

Jorge Luis Acevedo. laboralista.
“Labores dentro de la empresa no deberán poner en riesgo el embarazo”

¿Cuáles son los derechos de la madre trabajadora durante el período de gestación y al término del descanso por maternidad?

Durante el período de gestación, el empleador deberá asignarle a la trabajadora labores que no pongan en riesgo la salud y/o normal desarrollo del embrión y el feto sin afectar sus derechos laborales. Adicionalmente, el reglamento señala que al término del descanso por maternidad la madre trabajadora tiene derecho a retornar a su mismo puesto. En este aspecto, importa también precisar que la legislación prevé dos situaciones especiales del alumbramiento adelantado. El primero se refiere al caso que el alumbramiento se produzca entre las semanas 22 y 30 de la gestación, el goce del descanso se encuentra condicionado a que el concebido nazca vivo y sobreviva más de 72 horas. El segundo, en caso el alumbramiento se produjera después de las 30 semanas de gestación, la trabajadora tendrá derecho al descanso aun cuando el concebido no nazca vivo.

Miembro del Estudio Benites, Forno, Ugaz & Ludowieg, Andrade Abogados.
Carlos Cárdenas. laboralista
“Empleador no podrá oponerse a decisión de trabajadora gestante”

¿Cuál es el trámite para diferir el descanso prenatal?

La trabajadora gestante podrá diferir el goce del descanso prenatal. Para ello, en la  comunicación que realice la madre trabajadora para diferir el descanso prenatal deberá  indicar el número de días de descanso prenatal que desea acumular al período de descanso posnatal. Estos días pueden ser variados por razones  de salud de la gestante o del concebido debido a una contingencia imprevista, para lo cual debe comunicarlo al empleador, y no requiere la aprobación de este último. El empleador debe asignar a la trabajadora gestante labores que no pongan en riesgo la salud y/o desarrollo normal del embrión y el feto durante el período de gestación, sin afectar sus derechos laborales. La   comunicación  de  la  trabajadora  respecto  al  uso  del  descanso vacacional  posterior al período posnatal no está sujeta a aceptación ni aprobación del empleador, de conformidad con la Ley Nº 26644 y su reglamento aprobado por DS Nº 005-2011-TR.

Ernst & Young Perú
Germán Lora Álvarez. laboralista.
“Disfrute vacacional inmediato”

¿Cuáles son los efectos ante el cambio en la fecha probable del parto?

Si el alumbramiento se produjera antes de la fecha probable del parto fijada para establecer el inicio del descanso prenatal, el número de días de adelanto se acumulará al descanso posnatal. Si el alumbramiento se produjera después de la fecha del parto fijada para establecer el descanso prenatal, los días de retraso serán considerados como descanso médico por incapacidad temporal para el trabajo y pagados como tales, según corresponda. Además, en caso la madre trabajadora tuviere derecho a descanso vacacional pendiente de goce podrá iniciar parcial o totalmente su disfrute a partir del día siguiente de vencido el descanso posnatal, siempre y cuando lo hubiera comunicado por escrito al empleador con una anticipación no menor de 15 días naturales al inicio del goce vacacional, comunicación que no requiere aceptación ni conformidad de la entidad empleadora.

Estudio Payet, Rey & Cauvi Abogados

Diario El Peruano (20/05/2011)

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214 comentarios

  1. Yuli dice

    18 de octubre de 2019 a las 7:28 pm

    Miguel agradesco de antemano tu respuesta: la persona con quien trabajo no tiene planilla pero yo el 15 de septiembre me enteré de mi embarazo asi que comunique y mi empleador este 18 de octubre apertura planilla y me pone en ella indicando que ingresó a laborar desde el 01 de setiembre ¿ voy a tener derecho a mi pre y post?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de octubre de 2019 a las 11:52 pm

      Si en setiembre se dio la concepción si corresponde.

  2. Tania dice

    3 de septiembre de 2019 a las 10:34 pm

    En setiembre me entere que mi empleador por error no aporto en essalud desde el mes de marzo y yo sali gestando en abril que se tendria que hacer en este caso? Tendria que regularizar los pagos para que me pueda corresponder subsidio por maternidad y lactancia o ya perdi los beneficios?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de septiembre de 2019 a las 1:39 pm

      Ya no podría subsanar dicha falta, si es responsabilidad del empleador tendría que asumir los gastos.

  3. Maria dice

    3 de septiembre de 2019 a las 10:29 pm

    Si ingrese a trabajar con 5 meses de embarazo… me corresponde subsidio por maternidad, descanso pre y post natal y lactancia????

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de septiembre de 2019 a las 1:39 pm

      Solo lactancia nada más. Salvo hayas tenido vinculo laboral en momento de la concepción.

  4. Beate dice

    12 de agosto de 2019 a las 10:50 pm

    Hola, yo soy CAS y trabajo para un Ministerio, me encuentro embarazada de 6 meses, fue un embarazo de bastante riesgo por estado con descansos Medicos durante este tiempo, ahora mi horario de trabajo es de 3 de la tarde a media noche ¿MI empleador puede cambiarme de horario para poder laborar o cambiarme de sede ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de agosto de 2019 a las 4:24 am

      Puede hacerlo si por tu proteger a la madre embarazada, pero no si eso ocasiona un peligro para tu embarazo. Posterior al parto, es posible.

  5. Lucia dice

    25 de julio de 2019 a las 4:32 pm

    Hola tengo mas de 2 años trabajando como locadora..y estoy proxima a dar a luz…tengo algún beneficio.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de julio de 2019 a las 6:08 pm

      Si has realizado labores de una trabajadora dependiente, te corresponde todos los beneficios.

  6. Birlly Glendy Chang Vega dice

    14 de mayo de 2019 a las 12:04 pm

    Hola miguel, yo tengo un caso de una trabajadora que se le dio vacaciones desde el 15/04/2019 al 14/05/2019, pero el 29 de abril me presentó su documento de descanso prenatal. ahora para el tema de su pago de mayo, normal se le pagará?, las vacaciones se suspenden y se le pagara normal por el descanso prenatal?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de mayo de 2019 a las 12:00 am

      Las vacaciones no se suspende, porque ya esta con el beneficio. Terminara las vacaciones y empezara su descanso.

  7. Milagros dice

    26 de diciembre de 2018 a las 6:29 pm

    Buenas tardes yo trabajo en el sector público recién en el mes de octubre a diciembre del 2018 me pusieron a d. L 276 me realizaron un contrato de trabajo el jefe de recursos humanos tomó conocimiento to de mi estado de embarazo en setiembre ahora estamos en transferencia de gestión ya que trabajo en una municipalidad es correcto que la nueva gestión renueve mi contrato laboral?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de diciembre de 2018 a las 3:24 am

      En teoría deberían hacerlo, pero como usted sabe en las municipalidades cuando cambian de gestión cambian a todo el personal por la entrada de un nuevo alcalde. Pero bajo su condición debería seguir en el puesto.

  8. Priscila dice

    14 de junio de 2018 a las 5:51 pm

    Buenas me quede embarazada en él mes de julio del año pasado estando en plantilla y fin de mes termino mi contrato y no sabia que estaba gestando y entre a trabajar en una empresa en diciembre estaba n plantilla trabaje hasta él día del parto que fue en marzo 30 y me dieron mi licencia me corresponde la licencia pagada.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de junio de 2018 a las 11:26 pm

      Si tuviste vinculo laboral cuando ocurrió la concepción si te corresponde.

  9. Claudia dice

    9 de abril de 2018 a las 5:09 pm

    Buenas tardes,que pasa si mi licencia por maternidad termina el 06 de agosto y mi contrato termina el 31 de agosto y yo ya no quiero volver al trabajo?Tendria q presentar mi renuncia el mismo 06? o tengo q hacerlo con un mes exacto de anticipación? y que pasa si la empleadora no me quiere aceptar la renuncia?No quiero que diga que hice abandono de trabajo.
    Gracias.

    Responder
  10. Liz dice

    11 de febrero de 2018 a las 7:12 am

    Yo quede embarazada antes de trabajar ahora estoy en cas tengo benefioc o no

    Responder
  11. NGUI dice

    16 de enero de 2018 a las 7:12 pm

    Hola quiero saber si en mi trabajo me cambio de full time a part time, pierdo mi hora de lactancia?

    Responder
  12. Carla dice

    14 de enero de 2018 a las 7:09 pm

    Hola… soy nueva en una empresa y quisiera saber cuanto tiempo debo estar laborando para salir embarazada y que me cubran con todos lo que me corresponde por maternidad. Hubo un caso similar antes en la empresa, una chica entro sin saber q estaba embarazada pero a ella le negaron lovque le correspondia por maternidad.. por eso es mi duda… gracias

    Responder
  13. Astrid zapata dice

    26 de diciembre de 2017 a las 3:21 pm

    Tengo un mes de embarazo si ingreso a trabajar a un call el seguro social me cubriria parto, descanso pre ypost natal y el pago por lactancia??

    Responder
  14. Ana Caceres dice

    27 de noviembre de 2017 a las 6:31 pm

    Buenas tardes:
    Quisiera saber si me corresponde el subsidio por maternidad ya que yo empecé a trabajar en una empresa en noviembre del 2016 y acaba de renunciar porque he entrado a trabajar como Cas a Essalud tengo 4 meses de gestación. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de noviembre de 2017 a las 5:42 pm

      Si has tenido vinculo laboral continua si te corresponde.

  15. Yeny dice

    20 de noviembre de 2017 a las 6:22 pm

    Si entre a trabajar embarazada los 3 meses de maternidad son pagados o no se me paga …??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de noviembre de 2017 a las 4:30 am

      Depende, si tuviste vinculo laboral en el momento de la gestión.

  16. Luna dice

    20 de noviembre de 2017 a las 9:21 am

    Hola buenoa dias, acabo voy a ingresar a laborar como cas este mes, sin embargo estoy embarazada, si firmo contrato….correria el riesgo me despidan?…por ingresar a laborar en estado de gestación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de noviembre de 2017 a las 4:50 am

      En teoria no es una causal de despido estar embaraza, salvo que tus labores puedan atentar con tu salud (por tu estado).

  17. Alejandra dice

    15 de octubre de 2017 a las 7:42 pm

    Renuncie hace un dia y medio y no sabia que estaba embarazada por ende no me contratarían en ningún otro lado, si quisiera reincoorporaeme a la empresa podría? Y en ese caso que debería hacer gracias…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de octubre de 2017 a las 6:01 am

      Si podrías reingresar, la forma es tocando la puerta de la empresa.

  18. Grecia dice

    5 de septiembre de 2017 a las 4:39 pm

    Hola yo comence a trabajar en Sep/2016 que estuve x una empresa, mes en el q salgo embarazada ahi trabaje hasta Nov. y comencé con otra empresa en Dic con un mejor sueldo, mi parto fue el 12 de Jun y pedí mi descanso medico en May hasta el 7 de Agos . Me corresponde el subsidio de maternidad si no aporte 3 meses anteriores a Sep mes de mi consepcion

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de septiembre de 2017 a las 9:41 am

      Si corresponde, porque tienes aportes dentro de los 6 meses antes del parto.

  19. Jenifer dice

    29 de julio de 2017 a las 11:26 am

    Ola una consulta yo firme contrato el 12 de junio pero ya estaba embarazada dare a luz el 15 de octubre pero ya desde el primer mes de junio me descontaron mi seguro queria saber si recibire lactancia

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de julio de 2017 a las 9:11 am

      Si te corresponde, necesitas 3 aportes dentro de los 6 meses antes del nacimiento.

  20. Yovana dice

    22 de julio de 2017 a las 3:01 pm

    Una consulta estoy embarazada seis meses de gestación pero mes estoy atendiendo en una clínica particular, pero en mi trabajo estoy asegurada en ESSALUD en planilla, tengo derecho de recibir mi descanso de pre y post y los beneficios que me corresponde en ESSALUD, o necesariamente tengo que atenderme en ESSALUD y no en Clínica para poder recibir los beneficios? Muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de julio de 2017 a las 1:41 am

      Es correcto, tienes que hacer el canje del CITT en el essalud, para que te paguen el subsidio.

  21. Carla dice

    20 de julio de 2017 a las 4:03 pm

    Buenas tardes :
    Estoy gestando y mi contrato vence el 31 de Agosto, yo queria trabajar hasta ese dia, pero por motivos de salud tendré q tomarlo ahora empezando agosto.
    Por estar embarazada y estar dentro del 1 mes de licencia se van a ver obligados a renovarme?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de julio de 2017 a las 5:14 pm

      En teoría deberían, salvo la naturaleza de tu contrato de trabajo.

  22. Lizeth dice

    1 de julio de 2017 a las 8:31 am

    Buen dia yo trabaje en una empresa hasta el 5 de Junio en la cuál en mi liquidación también se encuentra el aporte a essalud del mes de Junio, quisiera saber hasta cuando puedo atenderme en salud ya q mi parto es el 26 de septiembre, voy a recibir subsidio por maternidad?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de julio de 2017 a las 10:12 am

      Tendrás atención hasta julio, pero puedes solicitar el periodo de latencia (depende los meses de aportación que hayas tenido).

  23. Alex dice

    23 de junio de 2017 a las 11:53 pm

    Buenas noches mi consulta es la siguiente: Mi esposa empezo a trabajar para una municipalidad en modalidad CAS pero tenemos un bebe de 7 meses de edad …. Puede ella solicitar el derecho a 1 hora de lactancia hasta q cumpla 1 año de edad. Agradeceria su respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de junio de 2017 a las 6:18 pm

      No, porque debe haber aplicado el subsidio de maternidad en la municipalidad para tener dicho beneficio.

  24. Pamela dice

    13 de junio de 2017 a las 5:59 am

    Yo trabajo en la modalidad de contrato part_time sólo 19 horas a la semana el contrato se renueva cada 6 meses. Ingrese al trabajo un 18 de julio quede embarazada en octubre , la fecha probable de parte es para 20 de julio, la última renovación de mi contrato es hasta el 18 de julio del 2017, deseo saber si accedo a los benéfico por maternidad de essalud

    Responder
  25. Lizeth dice

    5 de junio de 2017 a las 3:03 pm

    Buenas tardes estimado, mi consulta es la siguiente tengo contrato hasta noviembre del 2017 y hoy cumpli 1 año de trabajar en la entidad y hoy tambien perente mi renuncia, tengo 5 meses de gestacion me corresponde algun tipo de beneficio de essalud pre natal dare a luz en fines de setiembre??
    El seguro me cubre mi parto o ya no?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de junio de 2017 a las 1:55 am

      No tendrías derecho a subsidio maternidad, salvo hayas renunciado para laborar en otra empresa. Esta ultima te lo cubre.

  26. Carol dice

    2 de junio de 2017 a las 1:09 pm

    Buenas tardes, estoy embarazada aporte 6 meses consecutivos( contrato de 6 meses), se cumplio la fecha del contrato y me liquidaron(31 mayo), tengo derecho a latencia? mi parto esta programado dentro de mes y medio, podré atenderme y tendré derecho a subsidio por lactancia ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de junio de 2017 a las 8:33 pm

      Si tienes derecho a 2 meses de latencia.

  27. Shaila dice

    31 de mayo de 2017 a las 3:49 pm

    Buenas tardes, una consulta tengo 5 meses de embarazo y/ó 23 semanas ,renuncie a una empresa el 08/12/2016 entre a otra pero por recibos por honorarios el 15/12/2016 y enero recién entre a planilla me corresponde el subsidio por maternidad?durante mi periodo de post y pre natal?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de junio de 2017 a las 12:55 am

      Primer requisito vinculo laboral en la concepción, segundo requisito tener 3 aportaciones antes del goce del subsidio.

  28. Erika dice

    11 de mayo de 2017 a las 11:33 pm

    Hola, tengo mas de 6 meses de gestación y mi parto esta programado para julio. Soy asistente de ventas pero mi contrato es de un año y termina el 15 de junio.
    Ya no podré recibir subsidio de essalud de Lactancia??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de mayo de 2017 a las 5:09 pm

      No podrás si no tienes el seguro activo.

  29. Lia dice

    16 de marzo de 2017 a las 10:25 am

    Hola soy secretaria y trabajo en una empresa de medicina estética tengo 6 meses y medio de gestación , mi empleador me comunico que va haber rotación de personal y que me cambiaran a otra sede . pero para ir al otro lugar tengo que tomar 3 carros y el lugar no es muy adecuado ya que cuanta con gradas y tengo que estar subiendo y bajando no se si es correcto lo que estan haciendo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de marzo de 2017 a las 9:01 pm

      En ese caso puedes desistir del cambio, de no ser aceptado, lo único que te quedaría es quejarte al Mintra.

  30. Leandro dice

    13 de marzo de 2017 a las 1:53 pm

    Amigo, si la jefa de área va gozar de su pre y post, la empresa esta en la obligación de contratar a un colaborador para que cubra su puesto? o es valido que el trabajo de la jefa se reparta entre sus asistentes, obvio los asistentes seguirán teniendo el mismo salario.

    gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de marzo de 2017 a las 7:05 pm

      Lo recomendable seria un trabajador suplemente.

    • MARIA GLADYS BELTRAN FAVIAN dice

      6 de abril de 2018 a las 2:47 pm

      que pasa Sr. Torres cuando un personal Locador de Servicios tiene trabajando por más de 7 meses en la Empresa y sale embarazada y no le renuevan su contrato.

  31. Luz dice

    1 de marzo de 2017 a las 3:03 pm

    Soy tercero en la municipalidad distrital de san antonio, estoy gestando, ingrese 03 de noviembre quede embarazada el 08 de noviembre aprox. pueden botarme del trabajo, por estar embarazada, tengo derecho a algo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de marzo de 2017 a las 6:35 pm

      Si te refieres a locación de servicios no tienes asegurado el trabajo.

  32. Howard Morales dice

    15 de febrero de 2017 a las 10:00 pm

    Estimado Miguel, esposa estaba en planilla cuando se embarazo, ahora se irá a otra empresa (también en planilla), ultimo mes antes que entre al descanso, la pregunta es ¿pierde el subsidio?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de febrero de 2017 a las 7:44 pm

      En teoría si lo pierde, por que se extingue el vinculo laboral.

  33. Viki dice

    10 de febrero de 2017 a las 9:21 pm

    Soy trabajadora del estado estoy por la modalidad CAS desde el 01 de junio de 2016 y mi fecha probable de parto es el 02 de marzo 2017. Mi última fecha de regla fue el 23 de mayo 2016 y tengo contrato vigente hasta junio 2016 me corresponde el subsidio por maternidad por parte de ESSALUD.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de febrero de 2017 a las 7:36 am

      El punto clave es que la concepción se haya dado cuando tenias vinculo laboral, si eso se cumple te corresponde.

  34. Iliana Dianderas Perez dice

    18 de enero de 2017 a las 8:56 pm

    Estoy tmb mype estoy embaraza mi contrato esta desde 01 de agosto del 2016 por un año mi fecha de parto es a fines de junio tengo derecho a mi licencia yo los quiero tomar después del parto todo junto la pregunta es hay algún problema porque llega a su termino el contrato en agosto igual tengo derecho a mi licencia y que me paguen y si la lactancia si se pago igual o porque es mype es distinto.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de enero de 2017 a las 5:41 am

      Tienes derecho al subsidio, solo mencionar que si el vinculo laboral termina, el subsidio tb termina.

  35. Luis Gonzalo Alvarado dice

    16 de enero de 2017 a las 3:33 pm

    Mi hija es docente y concluyó su contrato de trabajo en el mes de Diciembre 2016. Actualmente tiene 02 meses de gestación. ¿Le asiste el derecho al pago de pre y post natal?
    De antemano muy agradecido por la respuesta y mil gracias por la gran labor realizada en favor del trabajador y trabajadora de nuestro país.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de enero de 2017 a las 3:49 am

      Si ya no le renuevan el contrato ya no hay subsidio.

  36. Mara dice

    12 de enero de 2017 a las 12:46 pm

    Buenas tardes, yo ingrese a trabajar a la Red de Salud Pacifico Norte el 1° de setiembre del 2016 por la bajo la modalidad de contrato 276, pero mi contrato finalizo el 31 de diciembre del 2016, mi pregunta es tengo el beneficio a que se me renueve el contrato porque yo estoy gestando?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de enero de 2017 a las 12:30 am

      No necesariamente, esta claro que el motivo de no renovación no podría ser el embarazo.

  37. YANIRA SACO KOC-LEM dice

    19 de diciembre de 2016 a las 12:21 pm

    HOLA tengo 6 meses de gestación y trabajo en la modalidad de CAS para la ugel 01, mi contrato termina el 31 de diciembre de este año y debería ser renovado pero sé que por mi condición ya no quieren hacer, tengo 1 año y 8 meses trabajando para ellos, en que normativa puedo ampararme para seguir trabajando.

    Responder
  38. Alessandra Bustinza Luna dice

    22 de noviembre de 2016 a las 9:47 pm

    Estoy trabajando en una mype en la modalidad de micro empresa y estoy de 06 meses y medio de gestación, estuve aportando a essalud en forma continua desde hace 03 años ,se que por este régimen no me corresponde ni cts ni vacaciones mi consulta es si en esta modalidad de micro empresa me reconocen el descanso de pre y post natal.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de noviembre de 2016 a las 7:57 am

      Si le corresponde reconocer el subsidio de maternidad.

  39. Angelica dice

    14 de noviembre de 2016 a las 4:28 pm

    Hola buenas tardes quisiera felicitarle por dar alcances de importancia sobre este tema que la mayor parte de la sociedad atraviesa.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2016 a las 2:55 am

      Muchas gracias, que tenga una super semana.

  40. Paula dice

    18 de septiembre de 2016 a las 10:06 pm

    Hola firme contrato el 20 de junio de este año, avise a mi empleador q estaba gestando de 6semanas ..a inicios de setiem loq pasa es que en ste mes e estado teniendo regulares faltas por empezar con mis controles en una posta yaq aun no me activan el seguro, lo que pasa es que mi contrato culmina 30 de Setiembre. mi pregunta es me renovaran mi contrato y si es asi me corresponde mi licencia por maternidad???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de septiembre de 2016 a las 1:01 pm

      Para corresponderte maternidad, tienes que haber estado en planilla en el momento de la concepción.

    • Paula dice

      26 de septiembre de 2016 a las 11:17 am

      Si , firme contrato n planilla desde el 20 de junio por periodo de prueba q ellos dicen, culmina este 30/09 me renovaran?? Lo q pasa esq este mes e tenido regulares faltas mas por mis controles unas justificadas y otras no porq me sentia mal

    • Miguel Torres dice

      26 de septiembre de 2016 a las 6:04 pm

      Ya es decisión de la empresa renovarte o no, en todo caso siempre tiene que ser justificado.

    • Lily dice

      6 de noviembre de 2016 a las 11:47 am

      Hola,soy docente contrada sector publico ya hace 6 año consecutivo; tube mi bebe prematuro y pienso en renunciar y deceo daber si essalud me pagara la maternidad

    • Miguel Torres dice

      6 de noviembre de 2016 a las 2:41 pm

      Un requisito para cobrar el subsidio es tener el seguro activo.

  41. JULISSA dice

    7 de septiembre de 2016 a las 6:14 pm

    Tengo el caso de una trabajadora bajo contratación CAS en Sector Publico, cuenta con las aportaciones pero no tiene vinculo laboral en le mes de la concepción, si embargo ha presentado su descanso medico por 98 días.
    ¿Se le pude otorgar la licencia sin goce de haber o me va a generar problemas?

    Responder
  42. María dice

    7 de septiembre de 2016 a las 10:25 am

    Di a luz en julio de 2016, y mi contrato concluye en diciembre de 2016 (empresa privada); y por tener derecho a 1 hora de lactancia me quieren cambiar de puesto y que trabaje los sábados, a pesar que mi contrato indica de lunes a viernes. Ingrese a trabajar mediante concurso y el puesto es permanente. Es posible que pueden cambiarme de puesto y no renovarme contrato (llevo 3 años trabajando)?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de septiembre de 2016 a las 2:46 pm

      Tendrían que tener una justificación objetivo, porque si la justificación es tu post embarazo y hora de lactancia no sería valido. De darse el caso tendrías que pelearlo por la via judicial.

    • Lucero ramos dice

      12 de junio de 2017 a las 3:32 pm

      Hola nesecito informacion llevo trabajando 2 años en mi empresa .. enero y febrero figuro en mi planilla anterior… pero marzo me cambiaron de planilla sigo trabajando y sigo aportando .. lo malo es que estoy embarazada tengo 8 semanas y me preocupa va afectar mi lactancio y los demas beneficios .. necesito imformacion gracias

  43. Claudio dice

    25 de agosto de 2016 a las 3:12 pm

    A mi pareja le acaban de indicar que no le corresponde que le remuneren los meses que estará de licencia por gestación, ya que ella no tiene 6 meses en planilla, es correcto lo que le informaron en el trabajo??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de agosto de 2016 a las 1:48 am

      Es correcto, tiene que cumplir ciertos requisitos para el beneficio del subsidio de maternidad, uno de ellos tener vinculo laboral en el momento de la concepción, ademas de tener minimo 3 a 4 aportes dentro de los 6 meses anteriores al goce del beneficio.

  44. Judie Lazo dice

    17 de agosto de 2016 a las 1:24 pm

    Ya terminó mi licencia por maternidad,faltan 15 días para que culminan los 30 días de vacaciones que tome junto con la licencia y he decidido renunciar para estar un tiempo con mi bebe. ¿Esto es posible o me somete a algun tipo de penalidad o a algún tipo de descuento? ¿Se ve afectada mi liquidación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de agosto de 2016 a las 1:00 am

      Tendrías que presentar tu carta con 30 días de anticipación o puedes pedir tu exoneración de los 30 días.

  45. Siomara dice

    1 de julio de 2016 a las 7:15 pm

    He gozado de mi licencia por maternidad de acuerdo a ley, sin embargo, dada la situación decidí renunciar voluntariamente a mi trabajo al término de la licencia. La consulta es, puede mi ex empleador negarse a pagarme los beneficios sociales a la que tendría derecho? podría alegar que los mismos fueron pagados por adelantado durante los 120 días que duró mi descanso pre y post natal?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de julio de 2016 a las 1:31 pm

      Si te pago tus beneficios, no tendría sentido reclamarlos no crees ???, si no te ha pagado nada si tienes derecho a reclamarlos ante sunafil.

  46. Gianni Gayosa Távara dice

    22 de junio de 2016 a las 12:09 pm

    Por consulta, mi esposa tiene 6 meses y medio de gestación. Se rumorea que en el trabajo que está, las obligan a las gestantes a salir 1 mes y medio antes de la fecha probable del parto; nuestra Doctora certifica que mi esposa se encuentra en óptimas condiciones para continuar laborando y así acumular más días para la etapa post natal.
    ¿La empresa la puede obligar a ello?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de junio de 2016 a las 12:43 pm

      Obligar no, pero si indicarle o invitarla para su goce, es posible que la empresa ya tenga a la persona de suplencia.

  47. Sara dice

    20 de mayo de 2016 a las 9:55 am

    Estoy embarazada tengo 5 meses en caso de que quiera cambiar de empresa podria… o pierdo mis derechos….alguna empresa me aceptaria…. el ambito laboral donde actualmente laboro no es el mejor me movilizo en la camioneta de la empresa a 100 km/hora, voy sentada en la parte de atras y se sienten mucho los baches, es un riesgo para mi y mi bb….

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de mayo de 2016 a las 1:55 am

      No perderías beneficios mientras tengas continuidad laboral.

  48. Angela dice

    8 de abril de 2016 a las 3:42 pm

    Tengo 31 semanas de gestacion, puedo postular a un trabajo sea publico o privado ? o hay alguna restriccion. por lo avanzado de embarazo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de abril de 2016 a las 9:23 am

      No existe norma legal que prohiba tu postulación.

  49. Mary dice

    5 de abril de 2016 a las 4:19 pm

    Mi centro de trabajo es una MYPE entre a trabajar en diciembre pero ingrese a planilla en febrero de este año mi contrato se renueva cada mes me embarace en marzo,quiero saber si me corresponde los beneficios de pre y post natal pagados y si despues puedo seguir trabajando

    Responder
  50. Evelyn dice

    4 de marzo de 2016 a las 5:43 pm

    Yo voy trabajando para una empresa desde septiembre de 2015, actualmente tengo 6 semanas de embarazada y si quiero renunciar y presentarme a otro trabajo pierdo mis beneficios como trabajadora gestante (descanso pre y post y lactancia en el seguro- que el empleador deberá pagar a EsSalud)

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2016 a las 6:19 pm

      El empleador no paga la lactancia, lo hace el essalud, si continuas con el vinculo laboral, eso significa que sigues activa en el essalud no hay problema.

  51. Gisela dice

    12 de febrero de 2016 a las 12:02 pm

    Una consulta, toy embarazada pero trabajo part time quiero sabes si tengo derecho al pago por lactancia y descanso pre y pos natal pagados

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de febrero de 2016 a las 12:39 pm

      Si, es correcto, debes estar en planilla con el pago del seguro al día.

  52. Rocio dice

    3 de febrero de 2016 a las 2:34 am

    Hola soy docente en una institución privada y mi contrato de trabajo decia por incrementacion del.mercado y todo el año he estado en planilla, inicio el 2 de febrero del 2015 y termino el 31 de diciembre, quede embarazada en julio y mi parto es en marzo quisiera saber si tienen q renovar mi.contrato y a q tengo derecho. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de febrero de 2016 a las 10:58 am

      Si vas a tener derecho al parto y atenciones al essalud, por otro lado la empresa tendría que mencionar una razon razonable el porque no te renueva contrato, ya que si el tema es tu embarazo no sería valido (puedes ir al ministerio hacer tu queja en caso de no renovación), pero lo primero es conversar.

  53. Rosa Aquije dice

    19 de enero de 2016 a las 12:56 pm

    Hola me llamo rosa yo entre a trabajar el 30 de junio pero firme contrato el 10 de julio mi contrato se renueva cada 6 meses el 5 de enero firme contrato por 6 meses mas actualmente tengo 6 meses de gestación me corresponde mi pre y i post por maternidad cuando debo pedirla ya que mi parto esta programado para el 15 de abril
    necesito de tu ayuda gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de enero de 2016 a las 12:10 am

      Si al momento de la concepción hubo vinculo laboral si te corresponde.

  54. Laura dice

    11 de enero de 2016 a las 4:58 pm

    Hola, yo tengo 05 meses de embarazo, trabajo en una micro empresa y mi contrato vence a inicios de Febrero. En caso no me renueven contrato, me corresponde algún beneficio?
    Por otra parte, en caso sí me renueven, pero por A o B me despidan dentro del año, cuáles serían mis beneficios?
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de enero de 2016 a las 4:17 am

      Al ser la empresa microempresa, solo tiene derecho ha pagarte 15 días de vacaciones por cada año laborado.

  55. Geral dice

    6 de enero de 2016 a las 12:28 pm

    Buenos días, una consulta, tengo mas de 1 1/2 años laborando en mi empresa me han renovado mi contrato hasta el 31 de Junio y mi fecha de parto es en Julio, como podría hacer para no quedar desamparada en el parto

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de enero de 2016 a las 2:39 am

      Puedes pedir el periodo de latencia.

  56. Jorge dice

    3 de enero de 2016 a las 4:09 pm

    Mi esposa tiene contrato indeterminado y tiene amenaza de aborto con 11 semanas de gestación le an estado dando descansos medico en essalud el temor esta en que pasaria si no le dan descanso medico en essalud y que pasaría si pide licencia sin gose por 30 días reciviria su lactancia normal tiene mas de 5 años laborando gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de enero de 2016 a las 3:12 am

      Si le pagarían la lactancia, el requisito es contar 3 aportaciones o 4 no consecutivas antes del parto.

  57. Raquel dice

    25 de diciembre de 2015 a las 3:58 pm

    Buenas Tardes, Vengo laborando 1 año y 4 meses en un centro de salud, por CAS mi contrato termina el 31 de diciembre, estoy embarazada 30 semanas, y la fecha probable de parto es el 8 de marzo del 2016, el Director de la RED menciona que solo un porcentaje del personal CAS será renovado, mi pregunta es: si no me renuevan mi contrato puedo realizar algún reclamo, como seria el subsidio y la lactancia me corresponde?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de diciembre de 2015 a las 11:02 am

      Puedes ampararte en la nueva Ley 30367, que protege a la mujer embarazada del despido. En el caso de los subsidios, si no tienes vinculo laboral se pierden.

  58. Eliza dice

    14 de diciembre de 2015 a las 4:49 pm

    Buenas tardes mi consulta es la siguiente yo llevo laborando en una empresa 3 años pero recién hace 4 meses me pusieron en planilla que beneficios tengo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de diciembre de 2015 a las 5:34 am

      Primero va depender mucho del regimen laboral de la empresa, pero en tu caso se entendería que te corresponde todos los beneficios, claro esta que la empresa lo va computar a partir recién de hace 4 meses.

  59. Pamela dice

    3 de diciembre de 2015 a las 7:51 pm

    Hola buenas noches entre a trabajar con 4 meses de embarazo
    Quisiera saber si tengo derecho a atenderme en el seguro y si me pagaran la lactancia ??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de diciembre de 2015 a las 11:47 pm

      La lactancia si , porque cumples el requisito, pero para el subsidio de maternidad, necesitas haber tenido vinculo laboral en el momento de la concepción.

  60. Reynaldo dice

    30 de noviembre de 2015 a las 7:40 pm

    Estimado, un trabajador part time tiene derecho a pago de S/.850.00 soles por lactancia y al descanso pre y post natal?
    Por favor esperó tu pronto comentario.

    Gracias!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de noviembre de 2015 a las 7:44 pm

      Es correcto, solo debe contar con el seguro de essalud. El pago de lactancia es S/. 820.00

  61. Gianina De La Cruz dice

    22 de noviembre de 2015 a las 10:03 am

    buenos días ,trabajo en una empresa de seguridad que presta servicios en área de mineral ; tengo un contrato de 1 año , y estoy embarazada de 2 meses , quisiera saber cual seria mi situación en estos casos ,ya que la jefa de nosotros es de Medio ambiente y algo especial a la cual le prestamos servicio , podrian retirarme del lugar donde presto servcio ? o retirarme de la empresa a la que trabajo ? o me podrian reubicar en otro lugar ?
    tengo muchas dudas al respecto

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de noviembre de 2015 a las 9:47 am

      Esas respuestas te lo va decir tu jefa, darte una respuesta sería especular.

  62. carmen dice

    4 de noviembre de 2015 a las 8:35 pm

    Hola buenas noches.
    Mi consulta es la siguiente
    entre a trabajar el 1 de diciembre del 2014 haciendo reemplazo de vacaciones de verano en un hospital publico . El cual en abril me contrataron para un puesto disponible q habia . Luego de dos semanas supe q estava embarazada el cual en estos momentos estoy con mi pre natal. Fui a consultar por mis vacaciones para postergarlas para el proximo año ya que estare con pre natal . Ellos.me dieron como respuesta que “yo no tengo derecho a vacaciones por estar afuera del establecimiento.”
    Osea perdi mis vacaciones por estar con mi pte y pos natal .. porfavor necesito ayuda ..
    recuerde que soy empleada de in hospital publico. U se supone.que todo cambia por ser empleado publico .
    muchas gracias

    Responder
  63. Lucero dice

    21 de octubre de 2015 a las 11:47 pm

    Buenas noches una preguta tengo el 2 noviembre cumplo 7 meses y mi contrato justo se vence ese dia recibo el pre y pos graciaaas

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de noviembre de 2015 a las 1:06 am

      Bueno si la empresa te renueva el contrato si tendrás derecho.

  64. Cristina dice

    16 de octubre de 2015 a las 6:13 pm

    Buenas tardes quisiera saber si me pueden despedir de mi trabajo ya que yo llevo laborando en una empresa la cual me hace firmar un contrato cada tres meses y esta regida bajo la modalidad por necesidad de mercado estoy embarazada de 5 meses y 3 semanas y mi empleador me indico de que mi contrato vence el 26 de octubre y que ya no lo iba a renovar llevo laborando desde octubre del 2014.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de octubre de 2015 a las 12:30 am

      Bueno es un caso muy particular, debería indicar por que no te renueva, ademas se debe de analizar la naturaleza del puesto si es permanente o solo temporal.

  65. Liseth dice

    28 de septiembre de 2015 a las 11:05 am

    Quisiera saber si me corresponde mi descanso pre y postnatal y el pago de mi lactancia ya que al parecer mi concepción de mi bebe fue el 22 de febrero pero entre a planilla el 3 de marzo y firme contrato indefinido mi bebe nacerá aproximadamente el 31 de octubre.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de octubre de 2015 a las 2:04 am

      Lo que es subsidio de maternidad no te corresponde, pero si lactancia.

  66. Kristel dice

    27 de septiembre de 2015 a las 4:31 pm

    Buenas tardes, una consulta, yo vengo laborando desde el 17 de marzo del 2015 y tengo una adenda hasta el 31 de diciembre ahi termina por CAS, actualmente tengo 4 meses y medio de embarazo y mi fecha probable de parto es el 4 de marzo del 2016, quisiera saber si me pueden dar el subsidio de maternidad prenatal todo el mes de diciembre, o ya no soy beneficiado de ese subsidio pre natal. ya que para el post natal ya no tendre vinculo laboral con la institucion

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de septiembre de 2015 a las 7:30 pm

      SI te corresponde el subsidio al menos el pre natal, recuerda que de extinguirse el vinculo laboral, también culmina el subsidio.

  67. Manuel dice

    11 de septiembre de 2015 a las 12:57 pm

    Hola, mi esposa ingreso a laborar el 01 de mayo y nuestro bebe nacerá el 28 de setiembre. Le han dicho que no le cubre el subsidio de maternidad por essalud, cuantos días le puede dar de permiso su empleador y tendría que pagarle por los días que descanse después del parto. ¿Le corresponde el pago de la lactancia?. Gracias por su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de septiembre de 2015 a las 1:23 am

      El pago de lactancia si le corresponderá, sobre los días de permiso de maternidad no hay regla, pero dichos días no serán pagados.

  68. Maca dice

    21 de agosto de 2015 a las 12:21 pm

    Estoy trabajando en una entidad del estado mas de 4 años y estoy gestando hasta fines de octubre 2015 tendré mi bb y mi contrato vence en diciembre 2015. Mi pregunta es pueden despedirme estando yo de licencia por maternidad?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de agosto de 2015 a las 11:04 pm

      El motivo de no renovación no puede ser por la causal de que estés embarazada, seria un despido nulo.

  69. Luisa dice

    8 de agosto de 2015 a las 6:36 pm

    Si mi parto esta programado para el 24 de octubre y yo cumplo un año mas en mi trabajo en agosto y ya m tocaría vacaciones, aun teniendo en cuenta q son 45 dias de post y 45 dias pre parto esos dias lo paga el estado o mi jefa? ya que soy empleada del hogar y que pasaría si yo decidiera no volver a mi trabajo afectaría el cobro por lactancia?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de agosto de 2015 a las 1:29 am

      El subsidio lo paga el essalud, sobre el bono de lactancia ya cumplido el requisito no lo pierdes por renunciar.

  70. Valeria dice

    6 de agosto de 2015 a las 9:19 am

    Recién he ingresado a trabajar y estoy en la planilla PYME quiero saber a que beneficios tengo derecho?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de agosto de 2015 a las 10:09 pm

      Tendrías que saber a que categoría pertenece: microempresa o pequeña empresa.

  71. Rosa dice

    30 de julio de 2015 a las 6:01 pm

    Buenas tardes; tengo 2 años laborando en esta empresa, y mis renovaciones fueron cada 6 y 3 meses, mi contrato concluye en octubre el 06, tengo entendido que no me renovaran porque estoy embarazada. Mi pregunta es, pierdo el derecho de mi pre y post natal ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de agosto de 2015 a las 7:58 am

      Es correcto, sin vinculo laboral no hay subsidio.

  72. Mabel dice

    24 de julio de 2015 a las 5:56 pm

    Hola…yo estoy trabajando full time en planilla y tengo mi hora de lactancia..ahora voy a pasar a part time trabajare 8 horas x tres días.. recibiría gratificación y cts..y como queda las hora de lactancia lo perdería?

    Responder
  73. Gaby dice

    23 de julio de 2015 a las 10:03 am

    Entre a laboral el 18 de agosto del 2014 mi contrato es de un año el cual vence el 31 de agosto del presente.
    Quede embarazada en enero y mi fecha probable de parto es el 23 de octubre. tengo entendido que puede ser que ya no me renuevaran el contrato para que no se vean obligados a pagarme los tres meses de licencia…en caso no me vuelvan a renovar el contrato, tengo derecho al cobro de la lactancia? cuales son los requisitos para el cobro, y es necesario pasar consultas en essalud?, yo tengo mis consultas en una clínica privada…tengo muchas dudas acerca de eso.

    Otra duda es que cerca de mis controles prenatales, me dicen que la empresa no esta obligada a darme permiso y si lo hacen tengo que devolver esas horas que estuve en mi control, es verdad eso?. Agradecida de antemano por tu respuesta.

    Responder
  74. Consuelo dice

    17 de julio de 2015 a las 11:11 pm

    Hola miguel soy consuelo otra vez, el dia que inscribí a mi bb. La srta me dijo que no era necesario la firma de mi empleador q normal lo podemos inscribir y asi lo hicimos, yo ya envié mis documentos para el tramite hace un mes a mi empresa q es en lima, yo en provincia no puedo hacer nada xq no tiene anexo, ahora me comuniqué con RRHH y me dice q el seguro aun no acepta mis papeles xq como en la empresa cambiaron de gerente no aceptan la firma aun, yo quiero presentar mi carta de renuncia el 21 con fecha termino el 27 xq ese día vence mi licencia. Va a afectar en algo el pago de lactancia sino logra ingresar mis papeles antes de q salga del trabajo o igual lo pueden tramitar si ya no estuviera trabajando.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de julio de 2015 a las 7:47 am

      Lo que necesitas para el tramite el formulario 8002 + DNI del representante legal, entiendo que ese tramite es el que estas solicitando, pero essalud no acepta por el cambio de gerente. Si lo pueden tramitar ya que en el formulario 8002 tiene la opción para colocar si el asegurado sigue laborando o no.

  75. Consuelo dice

    16 de julio de 2015 a las 6:44 pm

    Hola miguel tengo una inquietud agradecere tu ayuda, estoy casi por finalizar mi licencia, vence el 27 de este mes. Yo quiero renunciar en estos dias pero si hago eso cobro igual mi lactancia o lo pierdo??? A otra cosa y el 25 me toca mi pago. Si renuncio me pagarian o ya no xfa ayudame con esto. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de julio de 2015 a las 4:51 am

      Si te deben pagar, sobre tu lactancia un requisito es que el bebe debe estar inscrito como derecho habiente (para ello vas a necesitar la firma del empleador en el formulario 1010).

  76. Karol dice

    5 de julio de 2015 a las 12:48 pm

    Hola mi consulta es la siguiente: vengo trabajando desde el 2012 bajo la modalidad de locación de servicios este año 2015 en el mes me marzo me entere k estaba embarazada mi consulta es si me corresponde algo o tengo algún derecho o me pueden votar del trabajo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de julio de 2015 a las 11:22 pm

      Bajo la modalidad de locación de servicios no tienes derecho a los subsidios. Te recomiendo hables con tu empleador y ver cual es su respuesta, en caso de no querer pagarte algún beneficio ya puedes recurrir al ministerio de trabajo.

  77. Maritza dice

    19 de junio de 2015 a las 9:24 pm

    Tengo contrato indeterminado. estoy en periodo post parto pero quiero cambiarme de empleo. puedo ingresar a laborar a otra empresa antes que pasen los 3 meses de post parto ? le puedo renunciar a la empresa actual durante ese periodo ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de junio de 2015 a las 8:50 pm

      Si puedes hacer, el periodo de aportación de essalud sigue vigente, renuncia con tu carta con un plazo de 30 días o pide tu exoneración.

  78. Roxy dice

    27 de mayo de 2015 a las 10:44 pm

    buenas, soy trabajadora por contrato cas el 9 de junio culmina mi contrato ya puse de conocimiento k estoy gestando, alguna ley m ampara para que m renueven mi contrato de trabajo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de mayo de 2015 a las 6:36 am

      No hay ley que obligue a renovar el contrato, pero si no sería motivo valido que no te renueven por estar embarazado.

  79. Teresa dice

    14 de mayo de 2015 a las 3:30 pm

    Hola, yo trabaje hace 6 años en una municipalidad como cas y aportaba al seguro ademas mi esposo es profesor contratado pero no estoy asegurada por él, en enero 2015 he ingresado a trabajar a esta misma municipalidad en planilla como funcionaria, ya embarazada de tres meses, he aportado desde el primer mes y mi fecha probable de parto es la primera semana de julio..¿A que beneficios tengo derecho? Porque en el seguro me han dicho que no tengo derecho a descanso pre natal, ahora no sé si tengo derecho a post natal y a lactancia.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de mayo de 2015 a las 1:55 pm

      Para tener beneficios al post natal, tuviste que estar en planilla en el momento de la concepción. Por el tema de lactancia si vas tener derecho: S/. 820.00 soles.

  80. Fernanda dice

    7 de mayo de 2015 a las 12:02 pm

    Tengo 8 meses de embarazo y contrato fijo hasta el 31 de marzo. Estoy en la empresa desde Abril de 2013, es decir ya hace 2 años y han venido renovando mi contrato desde esa fecha. Me informaron que mi contrato no será renovado ya que se va a terminar el contrato con el cliente y porque no tendré disponibilidad para trabajar por que mi bebe nace en junio. Pero la empresa continuara operando. Que derechos tengo en este caso? No deben renovar mi contrato? Sencillamente me voy sin nada? No tengo derecho a licencia por maternidad ni nada? Agradezco me puedan orientar en este caso ya que desconozco completamente la ley laboral peruana y mas para el caso de maternidad y contrato a termino fijo. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de mayo de 2015 a las 1:30 pm

      Hola Fernanda, en el caso de termino de contrato, la empresa decide si te renueva o no, y si no tienes vinculo laboral no puedes acceder al subsidio de maternidad. Ahora si la no renovación de contrato se debe por tú tema de embarazo, en ese caso si podrías reclamar ante el ministerio de trabajo.

    • Fernanda dice

      8 de mayo de 2015 a las 12:32 pm

      Gracias por la respuesta. Tengo otras inquietudes:

      1. De acuerdo a mi fecha de parto yo ya podría pedir mi licencia de maternidad y espero poder tomarla desde el 19 de mayo. Que pasaría en ese caso? Estarían obligados a cubrirme toda la licencia? Ayer informe en mi empresa que me iba a licencia y se que se alarmaron y que están viendo mi caso con abogados.

      2. Igualmente me dijeron que me van a indemnizar como si tuviera contrato indefinido, lo que me da a pensar que quieren llegar a algún acuerdo conmigo para que no les cause problemas. Como seria esa indemnización? cuanto me corresponde por cada año? ingrese el 24/04/2013 y mi contrato termina el 31/05/2015.

    • Miguel Torres dice

      9 de mayo de 2015 a las 6:15 am

      El tema de la indemnización: 1.5 Remuneración por cada año laborado. En tu caso será por “2”. Bueno es un tema muy controvertido el no renovar contrato a una “mujer embarazada”, te recomiendo que tb te asesores con un abogado, porque la empresa lo va hacer y el abogado le va decir que un juicio laboral no se gana en 1 mes, por lo mucho 6 meses y eso que si la empresa no apela , puedes tomarte un año. Así que vaya a un abogado para que estes al tanto a que te expones.

  81. Alejandra dice

    16 de abril de 2015 a las 12:00 pm

    a mi me pagaron mis 3 meses de descanso ya entre a laborar tengo derecho tambienn a recibir mi maternidad

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de abril de 2015 a las 1:31 pm

      Hi Alejandra, esos 3 meses que te pagaron es tu maternidad, la empresa pedirá la devolución de dicho pago al eesalud.

  82. Lisette dice

    8 de abril de 2015 a las 1:57 pm

    Trabajo en una empresa pyme, 8 horas diarias quisiera saber si me corresponde la hora de lactancia gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de abril de 2015 a las 12:48 pm

      Si es correcto te corresponde la hora de lactancia.

  83. KARMEN ESTRADA GUTIERREZ dice

    8 de abril de 2015 a las 11:31 am

    Buen dia tengo 1 año ocho meses trabajando en una entidad publica bajo el regimen de modalidad de contrato de locación de servicio, nos renuevan el contrato mes a mes, me encuentro gestando de 7 meses y quiero solicitar permiso para la fecha del alumbramiento ¿Quisiera saber si tengo derecho a solicitar permiso ? o que es lo que debo hacer .

    Responder
  84. alicia fernandez oliva dice

    7 de abril de 2015 a las 5:25 pm

    SR Miguel buenas tardes, el art. 10 del Decreto Supremo 005-2011-TR reglamento de la ley 26644 dice, la madre trabajadora tiene derecho a retornar al mismo puesto de trabajo al termino del descanso por maternidad; estando haciendo uso del descando pre natal la empresa pública donde yo trabajo me puede cortar el vinculo laboral no renovando mi contrato CAS y estando en planilla desde hace dos años, por favor contesteme, gracias primera vez que mando este comentario

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de abril de 2015 a las 10:10 pm

      Claro la empresa puede decidir no renovarte el contrato, ante ese caso se pierde el subsidio de maternidad.

  85. Ileana dice

    1 de abril de 2015 a las 3:30 pm

    Yo tengo ya para 8 meses de embarazada estuve en planilla de cas desde 2008 hasta 31diciembre 2014 y ahora estoy en servicios por terceros pero ya en la 15 de abril volvemos a entras a planilla de cas ya me dieron mi descanzo medico que empieza el 1 de abril del 2015 hasta el 29 de junio quisiera saber si eso procede porque a la fecha todavia soy servicios por terceros o espero para entrar a la planilla de cas para ser uso de mi descanzo y tambien quisiera saber que derechos mas tengo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de abril de 2015 a las 7:20 pm

      Te recomendaría que ingreses a la planilla cas todavía para usar tu descanso post natal, ya que actualmente te paga un tercero pero no hay vinculo laboral.

  86. Lucero dice

    31 de marzo de 2015 a las 7:49 pm

    Entre a trabajar con 6 meses de gestación ahora mi bebe tiene un mes de nacido quisiera saber si tengo derecho a lactancia ya que el mes que alumbre a mi bebe mi empleador me acredito y realizo el pago hasta la vez me sigue declarando ya que solo me queda un mes y de nuevo a entro a laborar puedo gestionar lactancia o no?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de abril de 2015 a las 1:49 am

      Hola lucero, el requisito principal es: contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en que se produjo el parto.

  87. katty dice

    25 de marzo de 2015 a las 2:02 pm

    Soy trabajadora de una entidad del estado bajo el regimen del cas, ingrese junto a 100 personas, sali embarazada y actualmente me encuentro gozando de mi licencia por maternidad, pero la entidad me acaba de informar que no me renovaran contrato a mi pero a las demas personas que ingresaron conmigo si, mi consulta es la siguiente cual es el tramite que debo seguir y si me corresponde algun subsidio previsto que solo me faltaba un mes para completar mi licencia por maternidad

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de marzo de 2015 a las 2:04 pm

      Katty, cuando se extingue el vinculo laboral tambien se deja de percibir el subsidio de maternidad. Te recomendaría usar el periodo de latencia para que sigas con la atención.

  88. lucelia valverde dice

    11 de febrero de 2015 a las 8:20 pm

    si ingrese a tratbajar el 26 de junio y firme contrato en 1 julio ahora en febrero tengo 7 meses de trabajo con planilla y siete meses de enbarazo me corresponde mi pre natal y pos natal mas lactancia

    Responder
  89. Mercedes dice

    10 de febrero de 2015 a las 9:19 am

    Ya di a luz hace una semana, me dieron permiso en la empresa en que trabajo por 10 dias sola mente, el contrato que tengo con dicha empresa es contrato es de locacion de servicios (sin beneficios), se me esta reincorporarme al trabajo pero mi hijo nacio bajo de peso y el medico me indico que debo sobre alimentarlo por un mes seguido, yo podria reincorporarme por horas a mi trabajo ya que mi horario es de 7 am a 5pm. que documento podria presentar?

    Responder
  90. Edy dice

    15 de enero de 2015 a las 10:58 am

    Hola Miguel, mi esposa trabaja en una mype, le dieron el descanso de 90 días y la bonificación por maternidad, pero le niegan el derecho de permiso de una hora por lactancia del bebe y le piensan descontar esa hora, es dable esto???? saludos.

    Pd: esta en planilla hace mas de 3 años.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de enero de 2015 a las 5:02 pm

      La hora de lactancia es por el primer año del bebe de nacido, y esa hora es computable para beneficios y es pagada. Debería conversar primero y en todo caso ya va depender si buscas otro trabajo o te puedes quejar al ministerio, pero ya crearías un ambiente muy tenso.

  91. Angelica Luyo Ayaucan dice

    26 de diciembre de 2014 a las 3:51 pm

    Tengo seis siete meses de gestación y mi contrato de trabajo se venció el 23 de diciembre, pero en marzo me lo renuevan; mi pregunta es si sigo pagando el seguro me tocaría algún beneficio de subsidio.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de diciembre de 2014 a las 3:04 am

      Al finalizar el vinculo laboral, se pierde el subsidio.

  92. jose ludena dice

    24 de febrero de 2014 a las 5:30 pm

    si una trabajadora tiene amenaza de aborto y tiene que estar en descanso un mes, ese de deduce del descanso global de los 90 días, en todo caso quien asume ese gasto.
    Saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2014 a las 12:09 am

      Se toma en cuenta del descanso pre parto (subsidio).

  93. Nancy dice

    13 de noviembre de 2013 a las 3:29 pm

    Quisiera saber si me corresponde los 90 dias de descanso pre-post natal a pesar de pertenecer a una empresa Mype? Tengo entendido que las Mypes tiene otra reglamentacion, pero tengo mis aportes a Essalud desde mas de un año.

    Responder
  94. Yenny dice

    11 de noviembre de 2013 a las 12:22 pm

    mi descanso pre y post natal me toca en julio, podre recibir mi gratificacion a pesar de eso o no? gracias

    Responder
  95. Jenny dice

    31 de octubre de 2013 a las 12:54 pm

    Hola tengo 4 meses de gestación y entre a trabajar en una empresa de transportes el primero de julio y estoy en planilla desde esa fecha.. Mi pregunta es me corresponde mi descanso pre y post parto mas mis 30 días adicionales ya que es un embarazo gemelar. Y si el seguro cubre o no el parto ya que me embarace cuando ya estaba trabajando en la empresa, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de octubre de 2013 a las 9:14 pm

      Si estuviste en planilla en el momento de la concepción si.

  96. Pilar dice

    24 de septiembre de 2013 a las 10:19 pm

    Hola una consulta, yo trabajo dos veces por semana por 12 horas tengo contrato part time y quiero saber si me corresponde los 90 días de descanso por maternidad pq he escuchado que tan solo me corresponde 30 días. Gracias.

    Responder
  97. Elizabeth dice

    13 de agosto de 2013 a las 8:09 pm

    Buenas noches, mi pregunta es la siguiente. Tengo 5 meses de gestación. Ingrese a trabajar en febrero de este año y salí embarazada en marzo, me hicieron inicialmente un contrato de 5 meses (culminaba a fines de junio) pero me lo renovaron hasta fines de diciembre 2013. Desde el 2do.mes vengo teniendo problemas de amenaza de aborto y estuve con descanso medico y hasta me hospitalizaron, bueno actualmente me dieron descanso por que tengo placenta previa y estoy con riesgo me llamo la srta. De rr.hh. Para decirme que si pasaba de los 11 días de descanso (total) la empresa ya no me pagaba, sino essalud?, parece que mi situación va ha ser sin retorno al trabajo por los cuidados que los medicos me han dicho que tenga. Que sucederia con el tema del seguro (tanto essalud,eps) con el pago de pre y post lactancia. Que debo hacer?. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de agosto de 2013 a las 10:26 pm

      Bueno para el caso de lactancia, primero tiene que nacer el bebe, sobre el subsidio de maternidad, son 90 días (pre 45 y post 45), lo puedes solicitar cuando ya veas necesario, solo necesitas estar con el seguro activo.

  98. Azucena dice

    23 de julio de 2013 a las 8:59 pm

    Mira estoy de 36 semanas de gestación, me tocaba pedir permiso prenatal el 4 de julio pero he seguido trabajando hasta la fecha 24 de julio. Tengo un contrato por incremento de actividad de duracion de seis meses en la empresa que culmina en agosto. EN el seguro me indican se si me corresponde descanso pre y post porque aunque en el momento de la concepción no trabajaba para esa empresa, estaba trabajando para otra y durante ese periodo no deje de aportar al Essalud.

    Ya tengo asumido que no cubriré todo el post natal porque acabo a fines de agosto. Pero mi consulta es como hago con los días trabajados que no disfrute del prenatal. Son días ya perdidos de descanso. Gracias por su respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de julio de 2013 a las 8:39 am

      Es correcto, si se extingue el vinculo laboral en dicho plazo se corta dicho periodo.

  99. isabel dice

    8 de mayo de 2013 a las 12:21 pm

    buenos dias, quiero hacer una consulta yo entre a trabajar a una empresa desde enero 2012 esta empresa abrio otra empresa con otro rubro y alli me puso en planilla desde osea enero 2013 estuve en planilla pero como es la misma direccion yo seguia haciendo el mismo trabajo en el area de administracion con sobrecarga de trabajo ya que debiamos hacer lo de la otra empresa, yo empece a gestar en setiembre 2012 a la fecha eme encuentro con 8 meses y 1 semana de gestaciòn pero como tengo dos cesáreas anteriores me dicen que deben programarse para esta quincena mi jefa hace unos 4 dìas me dio qeu ya no queria trabajar conmigo ya que le habia dado un dato errado y estaba molesta entonces me dijo que podía despedirme por dos cosas pero como no me queria perjudicar que yo hiciera mi carta de renuncia yo la escuche me dijo que trabajara hasta que se acabara la semana para que deje todo en orden, yo no respondi y le dije que estaba bien pero me aconsejaron ir al ministerio hasta el momento tengo pss 4 meses de aportaciòn hasta abril porqeu aun o declaran abril, en el ministerio me dijo que estaba prohibido despedir a una mujer gestante que al contrario ellos se podrian perjudicar y que les iba a salir muy caro entonces yo quiero saber qeu pasarà despues yo le mande una carta notarial donde le hago recordar que estoy con 8 meses de gestaciòn y me dicen que ella esta buscando cualquier escusa para poder hacer algo yo la verdad estoy confundida por una parte esto trankila porque se que hize lo correcto pero tengo miedo a lo q pueda hacer esta es una mype pero quiero saber si me corresponde mi pre y mi post y si estyo en todo mi derecho y si ellos pueden hacer algo contra mi!!!
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de mayo de 2013 a las 4:40 am

      Para gozar de dicho beneficio tienes que estar asegurada en el mes de la concepción. Recuerda que por ser mype no tienes los mismo derechos que el régimen privado.

  100. Lis dice

    29 de abril de 2013 a las 2:33 pm

    Buenas tardes vengo trabajando en sector publico desde diciembre del 2011 por contrato de tercero , en setiembre de 2012 me pasaron a la modalidad CAS hasta diciembre 2012 y con adenda hasta el mes de JUnio 2013 , actualmente tengo 22 semanas de gestacion ..mi pregunta es si mi contrato vence en Junio hay alguna articulo dentro de la ley o alguna ley que me protega la renovacion de mi contrato o es posible que puedan no renovarme y yo no poder hacer nada al respecto

    Responder
  101. Nancy dice

    29 de abril de 2013 a las 1:40 pm

    Tengo 6 meses de embarazo y mi contrato de trabajo de un año se vence dentro de un mes y me han comunicado que no me van a renovar el contrato, quisiera saber si eso es legal ya que me encuentro en estado de gestación. Agradeceré su respuesta, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de abril de 2013 a las 2:25 pm

      Bueno la empresa no esta obligada a renovar contratos, es por ello que dichos contratos sujetos a modalidad son a plazo fijo.

  102. Maira dice

    23 de abril de 2013 a las 3:45 pm

    Firme contrato con una empresa en la modalidad de planilla renovable por 7 meses que se iniciaron en este mes de abril, la empresa sabiendo que estoy gestando de 4 meses me contrato, me corresponde mi descanso pre y pos natal y mi subsidio por maternidad, agradeceré respuesta a mi pregunta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de abril de 2013 a las 9:50 pm

      Para qué te corresponda, debes haber mantenido vínculo laboral en el momento de la concepción

  103. carmen sifuentes dice

    21 de marzo de 2013 a las 11:22 am

    en mi caso soy docente y estoy de licencia post natal desde el 1 de marzo quiero saber quien me paga estos meses ya que ayer 20 de marzo depositaron el sueldo en la multired y a mi no me depositaron nada yo presente mis documentos en la ugel para mis decanso pero el sueldo no se como ni cuando lo cobro¿?????

    Responder
  104. liz dice

    18 de marzo de 2013 a las 5:35 pm

    hola tengo un contrato indeterminado,corro riezgo de aborto, quiero saber si la empresa puede dejar sin efecto mi contrato y despedirme a consecuencia de tantos descansos medicos por incapacidad temporal debido a la amenaza de aborto.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de marzo de 2013 a las 8:42 pm

      Por ese motivo no pueden despedirte.

  105. KATHIA dice

    10 de marzo de 2013 a las 10:58 am

    Hola , algo que quiero saber es que beneficios tengo como trabajador si el contrato que firme fue por locacion de servicios , pero trabajo 6 dias a la semana 4 horas al dia , recibo boleta de pagos …¡es cierto que si un trabajador part time cumple con 4 horas al dia de trabajo tiene los mismos benefios que cualquier otro trabajador de tiempo completo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de marzo de 2013 a las 11:44 am

      Es correcto, si trabajas mas de 4 horas tienes los beneficios de CTS y Gratificación.

  106. Kathia dice

    8 de marzo de 2013 a las 10:11 am

    Yo firme un contrato de locación de servicios con la empresa con la cual laboro y renuevo contrato cada 3 meses, trabajo con la modalidad part time y ya llevo 10 meses trabajando; estoy con 5 meses de gestación tengo derecho de algún beneficio; y este mes se cumple mi contrato ¡ellos pueden decidir si sigo trabajando?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2013 a las 11:29 am

      Un contrato part time es muy diferente a un contrato locación de servicios, tener en cuenta eso, si es part time entonces tienes derecho a la atención de essalud, si tu contrato esta por vencer, dependerá de la empresa si le renueva.

  107. Elizabeth dice

    16 de enero de 2013 a las 2:55 pm

    Como entre a laborar gestando, me dicen que no me cubre la empresa mis meses de descanso por maternidad. tengo contrato firmado hasta el 31 de marzo, con fecha probable de parto del 20 de abril. La empresa me seguira contratando o ya no. y si tengo alguna indicación para no labora desde el 8 mes de gestación la empresa me cubrirá ese descanso o no.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de enero de 2013 a las 5:13 am

      No cumples los requisitos para el subsidio de maternidad. El asegurado debe contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en que se inicia el goce del subsidio.

  108. Rosemary dice

    27 de junio de 2012 a las 4:01 pm

    Yo empecé a laborar en setiembre del 2011 y me renovaban contrato cada tres meses. En febrero de este año tuve licencia por amenaza de aborto, sin embargo no pude regresar a trabajar hasta mayo de este año. De marzo a mayo no percibí nada, rescindieron mi contrato ya que era por Locación de sevicios. De mayo a la fecha continuo laborando bajo la misma modalidad pero con un contrato que va hasta diciembre. Mi consulta es ¿me corresponde descanso por maternidad o algún tipo de subsidio?

    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2012 a las 12:22 pm

      Si tienes un contrato por locación de servicio, no tienes derecho al subsidio de maternidad.

    • Claudia dice

      1 de diciembre de 2015 a las 5:09 pm

      Hola Miguel una consulta, se puede cambiar mi certificado de incapacidad temporal, x embarazo, xq esta un mes antes de mi parto, y yo recien empeze mi descanso 2 dias antes de mi parto, la cuewtion es que necesito cambiarlo x motivo del subsidio de maternidad y ya pasaron los 6 meses de plazo. Porfavor ayudameeeeee

    • Miguel Torres dice

      2 de diciembre de 2015 a las 3:49 pm

      Esa información no la conozca, es mas de tramite, pero puedes llamar a essalud: 2656000

  109. Milagros dice

    11 de abril de 2012 a las 4:56 pm

    En mi caso entre a la empresa el 15 de setiembre del 2011, firmando un contrato por tres meses con la modalidad de necesidad de coyuntural del mercado los cuales no me fueron renovados pero sin embargo continuo en planilla y me entregan mis boletas de pago, fuera de ello tengo una observación ya que tampoco mi contrato lo registraron en el ministerio de trabajo. Que sucede ante ello, adicionalmente yo en estos momentos estoy gestando tendría todos los beneficios q indican.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de abril de 2012 a las 1:05 am

      Según el caso que me cuentas, tu empezaste a laborar bajo la modalidad trabajador determinado, pero al laborar sin un contrato, pasas a la modalidad trabajador indeterminado, ahora de cualquier modalidad tienes los mismos beneficios. Solo un requisito para el subsidio de maternidad que la concepción se haya llevado cuando estabas en planilla (asegurada).

  110. Beatriz Guevara dice

    8 de febrero de 2012 a las 2:19 pm

    Una pregunta yo tengo 8 meses de gestación sigo trabajando pero en la empresa no me quieren dar permiso para salir a consultas o psicoprofilasis yo trabajo 12 horas diarias de lunes a sábado como puedo hacer.

    Responder
    • MARLENY dice

      8 de marzo de 2012 a las 6:35 pm

      Tengo una trabajaora que ingreso con 05 meses de embarazo, actualmente tiene 08 meses de embarazo le corresponde el descanso pre y pos natal

    • Miguel Torres dice

      9 de marzo de 2012 a las 3:39 am

      No tiene derecho, ya que la asegurada regular en actividad debe haber tenido vínculo laboral en el mes de la concepción.

  111. Belga dice

    10 de enero de 2012 a las 5:52 pm

    Una consulta, en el péru existe alguna ley que ampare a una mujer ingresar a laboral ya en proceso de gestacion?.

    Es decir una mujer gstante puede postular a un nuevo trabajo?

    gracias por la respuesta. 

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de enero de 2012 a las 3:02 am

      No existe dispositivo alguno dentro de la normatividad nacional que promueva la contratación de mujeres en estado de gestación o la renovación de contratos a mujeres gestantes.

    • Miguel Torres dice

      4 de septiembre de 2015 a las 7:45 pm

      No hay obligación de renovar a una mujer embarazada, si por ejemplo le hice un contrato de suplencia, no podría renovarle el contrato porque esta sujeto a que el titular vuelva y ceso su contrato.

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