¿Existe una relación laboral entre los futbolistas profesionales y los Clubes Deportivos de Fútbol?
Sí, de acuerdo a la Ley Nº 26566 la relación laboral de los futbolistas profesionales con los Clubes Deportivos de Fútbol se sujeta a las normas que rigen la actividad privada, con las características propias de su prestación de servicios que establece dicha ley y con aplicación supletoria del Código Civil.
¿Quiénes son futbolistas profesionales?
Quienes, en virtud de una relación establecida con carácter regular, se dedican voluntariamente a la práctica del fútbol por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de un club, a cambio de una remuneración
¿Cuánto dura el contrato de trabajo de los futbolistas profesionales?
Es de duración determinada, pudiendo producirse la contratación por tiempo cierto o para la realización de un determinado número de actuaciones deportivas que constituyan en conjunto una unidad claramente determinable o identificable. La prórroga de los contratos se dará por acuerdo expreso.
¿Cómo deben ser celebrados?
Los contratos deben celebrarse por escrito y registrarse ante la Federación Peruana de Fútbol y el Ministerio de Trabajo. En el contrato las partes pactan las remuneraciones, premios por partidos, seguro y demás conceptos retributivos, así como las causas de resolución del contrato acordes con la naturaleza del servicio.
¿Qué derechos laborales tienen los futbolistas profesionales?
- Los beneficios pactados en el contrato.
- Descanso semanal, días feriados y descanso vacacional, de acuerdo a la naturaleza del contrato. Explotación comercial de su imagen y/o a participar en la que el club haga de la misma.
- Participación por su transferencia en el pago que realice el club adquirente.
- Ocupación efectiva, no pudiendo, salvo el caso de sanción o lesión, ser excluido de los entrenamientos y demás actividades instrumentales o preparatorias para el ejercicio de la actividad deportiva.
Deberes especiales de los clubes
- Organizar y mantener un servicio médico y social para atender a los futbolistas.
- Los lugares de concentración y campos de juego donde se efectúen las prácticas deben reunir condiciones adecuadas de higiene y comodidades necesarias.
- Proporcionar al futbolista que permanezca en las concentraciones previas a la competencia cuatro o más horas en el club o centro de entrenamiento, raciones alimentarias convenientemente balanceadas.
- Las que se pacten en el contrato de trabajo y las que se deriven de normas legales y reglamentos.
Obligaciones especiales de los futbolistas profesionales
- Realizar la actividad deportiva para la que se le contrató, aplicando la diligencia específica y de acuerdo con las reglas de juego aplicables y las instrucciones de los representantes del club o entidad deportiva. Concurrir a las prácticas de preparación y adiestramiento en el lugar y a la hora señalada por el club y concentrarse para las competencias cuando sea requerido.
- Efectuar los viajes para intervenir en las competencias de conformidad con las disposiciones del club. Someterse a la disciplina de sus superiores y acatar sus órdenes e instrucciones, debiendo guardar la debida compostura en sus actividades deportivas, y cumplir los reglamentos locales, nacionales e internacionales. Guardar en su vida privada un comportamiento compatible con el mantenimiento del eficiente estado físico y mental en su condición de deportista profesional.
- Las que se establezcan en el contrato de trabajo y las que deriven de las normas legales, directivas y reglamentos.
Base Legal
Ley N° 26566
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