El artículo 25 Constitución del Perú menciona que los trabajadores tienen derecho a descanso semanal y anual remunerados. Su disfrute y su compensación se regulan por ley o por convenio.
Adicionalmente, en el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 713 se menciona que el trabajador tiene derecho como mínimo a 24 horas consecutivas de descanso en cada semana, el que se otorgará preferentemente en día domingo.
¿El día del descanso semanal obligatorio debe coincidir con un día completo de 24 horas?
El día del descanso semanal obligatorio debe comprender un día natural de 24 horas consecutivas (desde las 00:00 hasta las 23:59:59). Resolución de Sala Plena 008-2022-SUNAFIL-TFL
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