• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foro
    • Contable
    • Laboral
    • Tributario
    • Videos
  • Planes
    • Suscripción Mensual
    • Suscripción Anual
    • Suscripción Premium
  • Recursos
    • Contable
    • Laboral
    • Legislación
    • Tributario
  • Webinars
    • Contable
    • Laboral
    • Tributario
  • Mi Cuenta
Inicio » Sunat » Descubriendo la verdad de los contratos

Descubriendo la verdad de los contratos

Publicado por Miguel Torres el 22 de enero de 2014Deja un comentario

La Norma VIII del Código Tributario, referida a los métodos de interpretación de las normas tributarias, en su inciso b) dispone que no es un método de interpretación, sino un mandato para que la Sunat desconozca la forma jurídica utilizada por los contribuyentes, para develar la real operación económica que ellos han realizado.

Sin duda, el trasfondo de la norma es evitar que los contribuyentes utilicen formas jurídicas ajenas a la realidad de los contratos que celebran, en busca de pagar menos impuestos.

Desde que la Norma VIII fue aprobada ha existido, y persiste aún, el temor del mal uso que la Sunat pueda darle en su permanente búsqueda de mayor recaudación. Sin embargo, la experiencia vivida nos dice que no ha existido tal mal uso y que los casos que han sido conocidos por el Tribunal Fiscal (TF) han recibido respuestas razonables.

Sin embargo, destaco el hecho de que en todos los casos conocidos de aplicación de la Norma VIII la Sunat ha tenido como meta el logro de mayor recaudación y que en ninguna oportunidad el ejercicio del referido mandato legal haya determinado una menor carga tributaria para el contribuyente.

Me explico: en un contrato se puede dibujar un negocio intentando pagar menos impuestos, tal fue el caso de la venta no gravada de aves vivas con el compromiso de beneficiarlas gratuitamente. Si se hubiera contratado la venta de aves beneficiadas, se habría tenido que pagar el impuesto. Este caso fue develado por la Sunat y con toda razón, confirmado por el TF.

Pero también puede ocurrir que por error o falta de pericia se proyecte un contrato que, aparentemente, deba tributar, pero que en la realidad económica envuelta, el tributo no se habría generado. Sería motivador conocer que la Sunat o el TF en algún caso, aplicando la Norma VIII, se corrija la plana al contribuyente, pero a su favor.

Diario El Peruano (22/01/2014)

Temas: Sunat, tributo

¿QUÉ TE HA PARECIDO ESTE ARTÍCULO?

Califica esto post


PRÓXIMO EVENTO: "IMPLICANCIA DE PRÉSTAMOS RECIBIDOS – ENTREGADOS"

Invitarte este Viernes 26 de Mayo de 2023 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Más información aquí

Interacciones con los lectores

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Para poder publicar un comentario tienes que tener una suscripción Apúntate aquí o Inicia sesión.

Barra lateral principal

BANCO DE CONSULTAS

Revisa más de 9K consultas realizadas por nuestros suscriptores en nuestro foro.

¡SI QUIERO!

BUSCAR

EVENTOS DEL MES MAYO

  • No hay eventos programados.

WEBINARS DEL MES

implicancia de los prestamos
Implicancia de Préstamos Recibidos & Entregados
Tributario
Webinar SIRE
Sistema Integrado de Registros Electrónicos
Tributario

RECURSOS EMPRESARIALES

Icono
Material de Implicancia de Préstamos Recibidos & Entregados
1.7 MB 18 descargas
Icono
Modelo de Contrato de Locación de Servicio para Contador Público
23 KB 81 descargas

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2023 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Estudio
  • Planes
  • Recursos
  • Contacto