• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Laboral » Despido sin motivo razonable viola derecho al trabajo

Despido sin motivo razonable viola derecho al trabajo

Publicado por Miguel Torres el 8 de junio de 2011 Deja un comentario

Jurisprudencia garantiza al trabajador protección frente al despido arbitrario

El despido si no hay un motivo razonable y justificado viola el derecho al trabajo, afirmó el abogado laboralista Carlos Blancas Bustamante, tras recordar que el Tribunal Constitucional ha establecido una jurisprudencia sobre este tema, siguiendo una corriente que en Europa está generalizada.

Agregó que el derecho al trabajo tiene dos aspectos, el primero el derecho de las personas a tener un trabajo y el segundo, el derecho de las personas que tienen un trabajo a no ser despedidos de manera arbitraria.

“La jurisprudencia del TC está definida, pero sería deseable que la legislación peruana también lo acoja plenamente y de esta manera se garantice al trabajador la protección frente a un despido sin causa o arbitrario”, afirmó el laboralista durante una entrevista en el programa televisivo Tus Derechos.

Respecto al tema del contrato por locación de servicio refirió que existen muchas demandas de los trabajadores en la vía ordinaria y constitucional. “Estos trabajadores reclaman el pago de todos los derechos que durante un contrato de locación de servicios no se le ha reconocido y el criterio de la jurisprudencia es a reconocerles estos pagos. Las entidades del Estado deberían estar advertidas porque lo que no pagan hoy lo pagarán mañana y lo van a pagar con sus respectivos intereses”.

Lo que sucede, dijo, es que el trabajador no quiere reclamar mientras está trabajando, porque tiene miedo que mientras coloque una demanda para que lo incorporen a la planilla, lo despidan, por eso, muchos esperan el momento que son cesados y no les renuevan el contrato, para recién interponer una demanda para que se les pague CTS, vacaciones no gozadas, gratificación.

Diario Oficial El Peruano (08.06.2011)

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

Etiquetado como: despido, trabajo

PRÓXIMO EVENTO: "MULTAS POR LIBROS CONTABLES 2025"

Invitarte este Martes 14 de Octubre de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO VIRTUAL

Aplicación NPIF

PUBLICIDAD

Publicidad-Rapifac

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto