¿Cuál es la tasa de detracción para los contratos de construcción?
La tasa de detracción que se aplica a los contratos de construcción es del 4%.
En ese sentido, podemos revisar el Anexo N.º 3 de la Resolución de Superintendencia N.º 183-2004.
DEFINICIÓN | DESCRIPCIÓN | % DETRACCIÓN |
---|---|---|
Contratos de construcción | A los que se celebren respecto de las actividades comprendidas en el inciso d) del artículo 3° de la Ley del IGV, con excepción de aquellos que consistan exclusivamente en el arrendamiento, subarrendamiento o cesión en uso de equipo de construcción dotado de operario | 4% |
Mas que comentario, solo una ultima pregunta a que se llama “exoneración” e “inafecto”, estoy un poco confundido.
Te quedo muy agradecido
Exonerado: momentaneo, Inafecto, es para siempre.