El día 29 de diciembre de 2022, se publicó el Decreto Supremo Nº 151-2022-PCM, “Decreto Supremo que declara días no laborables compensables en el sector público durante el año 2023 y enero del año 2024”.
Esta norma declara los días no laborables, para los trabajadores del sector público, a nivel nacional, los siguientes:
- Lunes 2 de enero de 2023;
- Viernes 28 de abril de 2023;
- Viernes 30 de junio de 2023;
- Jueves 27 de julio de 2023;
- Lunes 9 de octubre de 2023;
- Jueves 7 de diciembre de 2023;
- Martes 26 de diciembre de 2023;
- Martes 2 de enero de 2024.
¿Cómo se computan los días no laborables para fines tributarios?
Para fines tributarios, dichos días serán considerados hábiles.
¿Cómo se compensan los días dejados de laborar?
Las horas dejadas de laborar durante los días no laborables serán compensadas en los diez (10) días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
¿Cómo se aplica los días no laborables para el sector privado?
Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a los días no laborables, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.
Juan perez dice