La empresa Noticiero Contable, por acuerdo de los accionistas, se acuerda pagar a los directores por las reuniones realizadas durante el 2021.
El importe pagado será S/ 4,500 soles por reunión para cada director.
- Utilidad antes de Impuesto S/ 1,450,000
- Número de directores: 4
- Número de reuniones en el año: 8
Revisemos el aspecto tributario del pago de dietas al directorio.
En primer lugar, revisemos el inciso m) del artículo 37 de la LIR:
Las remuneraciones que por el ejercicio de sus funciones correspondan a los directores de sociedades anónimas, en la parte que en conjunto no exceda del seis por ciento (6%) de la utilidad comercial del ejercicio antes del Impuesto a la Renta. El importe abonado en exceso a la deducción que autoriza este inciso, constituirá renta gravada para el director que lo perciba.
Adicionalmente, podemos revisar el inciso l) del artículo 21 del reglamento de la LIR:
El exceso de las retribuciones asignadas a los directores de sociedades que resulte por aplicación del límite previsto en el inciso m) del artículo 37° de la Ley, no será deducible a efecto de la determinación del impuesto que deba tributar la sociedad.
Por otra parte en un artículo anterior, se calculo el monto total de pago por dietas de directorio: S/ 144,000 soles
Sandra PQ dice
Gracias miguel, que ocurre si tengo pérdida Contable?