• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Laboral » El lunes 17 vence el plazo para el pago de gratificaciones por Navidad

El lunes 17 vence el plazo para el pago de gratificaciones por Navidad

Publicado por Miguel Torres el 13 de diciembre de 2012 Deja un comentario

gratificacionTienen derecho al beneficio los trabajadores contratados a tiempo indefinido, plazo fijo y tiempo parcial que hayan laborado al menos un mes en su actual empresa durante el segundo semestre.

El próximo lunes 17 de diciembre vencerá el plazo legal para el pago de las gratificaciones por Navidad, informó el tributarista César Puntriano, al indicar que el incumplimiento de la bonificación podría generar la aplicación de una multa de hasta 36 mil 500 nuevos soles para el empleador.

Recordó que el plazo legal para el pago vence el 15 de diciembre, sin embargo como este año el referido día cae sábado, los empleadores podrán hacerlo hasta el lunes 17.

Refirió que tienen derecho a las gratificaciones por Navidad todos los trabajadores contratados a tiempo indefinido, plazo fijo y tiempo parcial, siempre y cuando hayan laborado por lo menos un mes en el semestre comprendido entre el 1 de julio y el 30 de diciembre del presente año.

Además, recordó que la gratificación se encuentra inafecta de contribuciones y descuentos, por lo que no se aplicarán sobre este beneficio los aportes a fondos pensionarios (AFP/SNP), Essalud, Senati, Sencico o Conafovicer.

Puntriano precisó que el monto de la gratificación a los servidores públicos asciende a 300 nuevos soles. Este aguinaldo tampoco está sujeto a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna; excepto aquellos descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador, e incluye a los trabajadores bajo el régimen CAS, acotó.

Diario Gestión (11.12.2012)

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

Etiquetado como: empresas, gratificaciones, trabajador, trabajadores

PRÓXIMO EVENTO: "TRIBUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PRIVADAS"

Invitarte este Martes 12 de Agosto de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO VIRTUAL

Tributación de las instituciones educativas privadas

PUBLICIDAD

Publicidad-Rapifac

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto