• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Normatividad » Emiten precedente en materia de pensiones

Emiten precedente en materia de pensiones

Publicado por Miguel Torres el 17 de mayo de 2012 1 comentario

Jurisprudencia. Aportes no trasladados deben reconocerse

TC lo expide al resolver un proceso de amparo comentado por experta

Debe acreditarse con documentos idóneos los períodos de aportaciones

Aun cuando las aportaciones al Sistema Privado de Pensiones (SPP) no han sido trasladadas por el empleador, las administradoras privadas de fondos de pensiones (AFP), y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) deben reconocer esas aportaciones retenidas a los trabajadores.

El Tribunal Constitucional (TC) estableció este precedente en la sentencia recaída en el Expediente N° 04742-2011-PA/TC, por la que se declara fundada la acción de amparo interpuesta por una extrabajadora que buscaba el reconocimiento de años de aportación para lograr su desafiliación del SPP y acceder a una pensión de jubilación después de su retorno al régimen del Decreto Ley N° 19990.

Medios probatorios

El TC considera que la recurrente debe cumplir con las reglas para acreditar periodos de aportaciones en el proceso de amparo, detallando los documentos idóneos para tal fin.

La laboralista Idalia Mendoza Pacco advierte por ello que el colegiado en este caso observa que la ex trabajadora presentó medios probatorios con los que acreditaría tener aportaciones al régimen del Decreto Ley N° 19990. Señala entonces que para el tribunal, aun cuando la ONP no reconozca las aportaciones realizadas por la recurrente a este régimen, debe efectuarse el análisis respectivo.

En opinión del TC, al igual que en el régimen del Decreto Ley N° 19990, en el SPP los empleadores deben trasladar a la AFP respectiva las aportaciones retenidas a sus trabajadores. “Aun cuando dicha situación no sea así, corresponde a la AFP y SBS reconocer los aportes realizados, dado que mes a mes son descontados de la remuneración de todo trabajador en relación de dependencia”, precisa el organismo constitucional.

Situación procesal

Además, Mendoza Pacco sostiene que la demanda presentada por la extrabajadora debe ser estimada, al constatar el TC que la respectiva AFP y la ONP vulneraron el derecho al debido proceso. PLa ONP no se pronunció oportunamente, reconociendo los aportes realizados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Ley N° 19990, y la AFP correspondiente no prosiguió con el trámite de desafiliación para acceder a una pensión de jubilación.

De acuerdo con el texto de la sentencia del TC se desprende que la recurrente se acogió al silencio administrativo negativo al no contar con respuesta de ambas entidades, lo que para el organismo constitucional evidenciaría una vulneración del derecho al debido procedimiento, consagrado en el artículo 139 inciso 3 de la Constitución.

Diario Oficial El Peruano (16.05.2012)

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

Etiquetado como: pension, trabajador

PRÓXIMO EVENTO: "SALDO A FAVOR MATERIA DEL BENEFICIO"

Invitarte este Lunes 12 de Mayo de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

Taller SIRE presencial sabado 17 de mayo

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto