¿Cuál es el plazo de entrega de liquidación de depósito de CTS?
La respuesta está tipificada en el artículo 29 del Decreto Supremo Nº 001-97-TR:
El empleador debe entregar a cada trabajador, bajo cargo, dentro de los cinco días hábiles de efectuado el depósito, una liquidación debidamente firmada que contenga cuando menos la siguiente información:
a) Fecha y número u otra seña otorgada por el depositario que indique que se ha realizado el depósito;
b) Nombre o razón social del empleador y su domicilio;
c) Nombre completo del trabajador;
d) Información detallada de la remuneración computable; e) Período de servicios que se cancela; y,
f) Nombre completo del representante del empleador que suscribe la liquidación.
Por lo tanto, el empleador deberá entregar a cada trabajador, dentro de los cinco días hábiles siguientes de efectuado el depósito, en la entidad bancaria o financiera elegida por el trabajador.
¿Cuál es la multa si no entregara liquidación de depósito de CTS?
La multa está tipificada como una infracción leve, en ese sentido el monto dependerá del tipo de empresa y número de trabajadores afectados.
CATEGORÍA | SANCIÓN | MULTA |
---|---|---|
Microempresa | 0.23 | S/ 1,138.50 |
Pequeña Empresa | 0.32 | S/ 1,584 |
NO Mype | 1.26 | S/ 6,237 |
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silvio chujutalli shapiama dice
Hola buenas tardes
Que.debo hacer si un ex trabajador no quiere aceptar si liquidación y se quejo en sunafil
Miguel Torres dice
Solo dejas constancia que no desea firmar, y tiene todo el derecho de quejarse, otro punto es que tenga razón.