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Essalud

Publicado por Miguel Torres el 14 de febrero de 2014 5 comentarios

¿Es posible ingresar a 2 o más concubinos (a) al mismo tiempo?

No es posible, sólo puede registrar a un concubino(a) y siempre que no tenga registrado a un cónyuge.

¿Son derechohabientes los hijos menores de edad del conviviente o concubina?

Son derechohabientes del titular sus hijos menores de edad matrimoniales y extramatrimoniales (los concebidos y nacidos fuera del matrimonio).

¿Corresponde efectuar aportes al EsSalud si en un período el trabajador se encuentra de licencia sin goce de haber?

En este caso al no existir prestación de servicios ni pago de remuneración en el período, no existirá la obligación del empleador de efectuar aportes al EsSalud.

Cabe indicar que, para efectos de la acreditación, este período no será considerado como período de aportación.

¿Cuáles son los derechohabientes que puedes asegurar al Essalud?

Son los siguientes: cónyuge, concubina(o) , hijos y madre gestante.

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5 comentarios

  1. Lizet dice

    29 de diciembre de 2018 a las 4:24 pm

    Bs Tardes. Una consulta, los extranjeron que laboran en nuestro pais bajo planilla y que cuenten con pasaporte o PTP tienes acceso a essalud??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de diciembre de 2018 a las 8:19 pm

      Si lo puedes registrar en planilla, luego de 3 aportes ya pueden atenderse.

  2. Renzo dice

    23 de junio de 2017 a las 5:44 pm

    Estimado Miguel; se puede incluir a una persona de 70 años a la planilla de una persona natural con negocio; esta persona realizara recepción de llamadas u otras tareas.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de junio de 2017 a las 6:35 pm

      No es conveniente, a menos que ya sea pensionista.

    • Juan Carlos dice

      15 de septiembre de 2017 a las 12:45 pm

      Buenas tardes Miguel, Por favor indicar porque no es conveniente. Gracias.

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