La propuesta para reglamentar la Ley del teletrabajo garantiza al personal con esta nueva modalidad iguales derechos y beneficios que aquellos trabajadores contratados en la modalidad convencional, de acuerdo con el régimen laboral al que pertenezca cada teletrabajador.
Así lo prevé la iniciativa puesta al debate público por el Ministerio de Trabajo, con el objeto de promover el empleo, en especial entre las poblaciones más vulnerables del país.
Respecto a la contratación, la propuesta detalla que el empleador deberá consignar como mínimo la determinación del lugar donde el teletrabajador desempeñará sus labores; los medios informáticos a emplearse para la prestación del servicio; y si estos son proporcionados por el teletrabajador, tendrá que indicarse el monto de la compensación a efectuar por el empleador, entre otros.
Incluso se regulará la forma de ejercer el control del teletrabajo por los empleadores, como las horas de labores, el aprovisionamiento de equipos, los sistemas al que podrán acceder, reglas y guías sobre la familia al igual que el acceso al equipo y la data.
Difusión
La propuesta está publicada en (http://www.mintra.gob.pe/). Los comentarios pueden enviarse a mpinedo@trabajo.gob.pe
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