A partir del 01 de Setiembre de 2015 entra en vigencia la Resolución Sunat 211-2015, que obliga la incorporación de una tercera copia: factura negociable a las facturas comerciales.
Para la incorporación de la tercera copia: factura negociable, los contribuyentes deberán dar de baja sus comprobantes: factura y recibos por honorarios.
[clickToTweet tweet=”Factura Negociable – Baja de comprobantes de pago.” quote=”Factura Negociable – Baja de comprobantes de pago.”]
Para dar de baja los comprobantes de pago la resolución sunat 211-2015 en su cuarto párrafo de su única disposición complementaria menciona:
Para efecto de lo dispuesto en el párrafo precedente, los emisores deben seguir el procedimiento contemplado en el numeral 4 del artículo 12 del reglamento de comprobantes de pago y consignar como motivo de baja, en el Formulario Virtual 855, el previsto en el numeral b) del inciso 4.1 del numeral 4 del citado articulo 12 del reglamento de pago.
En el numeral 4 del artículo 12 del reglamento de comprobante de pago menciona el procedimiento para dar de baja los comprobantes de pago no entregados, detalla la utilización del formulario virtual 855.
Por otro lado, mencionan diferentes opciones para dar de baja a los comprobantes, para este caso en especial de la incorporación de la factura negociable, debemos revisar el numeral b) del inciso 4.1 del numera 4 del artículo 12 del RCP:
4.1 Deberán declarar en el Formulario N° 825 o en el Formulario Virtual N° 855 denominados “Declaración de Baja y Cancelación”:
a) La baja de serie, cuando se retire uno o más puntos de emisión.
b) La baja de documentos por deterioro.
¿Cómo dar de baja los comprobantes de pago?
Lo primero es ingresar al sunat operaciones en línea, con nuestra clave sol, luego en el menú: Comprobantes de Pago / Formulario 855
Luego elegiremos el motivo de la declaración, seleccionaremos: 855-2 Baja de Comprobantes de Pago
Seleccionaremos el motivo de la baja: para este caso es deterioro:
Luego la fecha de baja y por ultimo detallamos el comprobante a dar de baja: Factura (colocaremos los comprobantes no utilizados).
Confirmaremos nuestra solicitud.
Finalmente obtendremos nuestra constancia de baja.
Tener en cuenta que debes dar de baja los comprobantes no usados, no significa que vas dar de baja una serie o vas a mandar a imprimir una serie nueva.
Plazos para la baja de los comprobantes
Recuerda que la fecha máxima para dar de baja los comprobantes de pago va depender de la fecha de autorización:
- Comprobantes de pago impresos en el ejercicio 2014, la fecha máxima es el 31 de Octubre de 2015.
- Comprobantes de pago impresos en el ejercicio 2015, la fecha máxima es el 31 de Diciembre de 2015
Tener en cuenta que pasado esas fechas dichos comprobantes no tendrá ningún valor.
Preguntas frecuentes de la factura negociable
Miguel: Yo realizo venta de 200 soles, ¿Estoy obligado que implementar la tercera copia: factura negociable?
- Si, la resolución sunat 211-2015, no menciona que la obligación de incorporación esté relacionado con los ingresos.
Miguel: Mis clientes me pagan en efectivo todas mis ventas ¿Estoy obligado a la incorporación de la factura negociable?
- Si, tener en cuenta que es una nueva regla para el modelo de la factura comercial.
Miguel: Tengo mi talonario de 100 facturas, no las he utilizado nunca ¿Debo darles de baja?
- Es correcto, tener en cuenta que dicho talonario una vez vencido el plazo de baja, no tendrán ningún valor.
Miguel: Yo no pienso utilizar el factoring ¿Estoy obligado a incorporar la factura negociable?
- Sí, independientemente que apliques el factoring o no lo apliques, tendras que incorporar la tercera copia.
Miguel: Mi tercera copia de mi factura es: control administrativo ¿Qué debo hacer?
- En este caso no hay problema, la tercera copia será la factura negociable, y tu control administrativo vendrá hacer la cuarta copia.
Conclusiones
- La obligación de la incorporación de la factura negociable es para el régimen especial y régimen general.
- Si bien es cierto existe la obligación de la incorporación de la factura negociable como tercera copia en la factura comercial, pero su utilización es voluntaria como sistema de factoring.
- Si van a imprimir nuevos comprobantes de pago: facturas comerciales, tengan en cuenta que a partir del 01 de Setiembre de 2015 las imprentas ya deben implementar la tercera copia.
Buenas noches, no se si me puedas ayudar. lo que pasa que por error anule las boletas de una empresa que sigue funcionando, y no se como revertirlo
No se puede hacer nada.
Buenos días miguel soy nueva en mi trabajo y la empresa emitió sus facturas en 12-04-10 y como no han vendido no han dado de baja las facturas ni mandado hacer nuevas, que hago primero dar de baja o mandar a imprimir.
Tienes que darle de baja y luego mandas a imprimir nuevas facturas.
Buenas tardes
Y en cuanto a la anotación en el registro de ventas, esas facturas dadas de baja ¿es necesario registrarlas?
Agradezco de antemano su respuesta
No es necesario la anotación.
Importa la fecha que ponga al dar de baja las facturas? si lo quiero hacer hoy tengo que poner la fecha de hoy? me cobraran alguna multa??
No tiene multa 🙂
Que pasa si no les doy de baja a las facturas antiguas, pero ya tengo las facturas nuevas.
Es una obligación hacerlo, si no lo ha echo puede hacerlo ahora.
Tenga buen día, yo di de baja mis primeras facturas que eran de la primera serie hasta el 250, ahora a partir de que serie me saldran mis siguientes facturas.
Pues continuas con numeración, ósea 251 …
Hola Miguel agradezco anticipadamente que puedas responder mi pregunta, cuando le di de aja a mis comprobantes en vez de poner como deterioro puse cambio de regimen me equivoque, dime lo dejo asi o tengo que corregir.
gracias, espero tu comentarios 🙂
Pues seria bueno que lo corrijas, puedes acercarte a un centro de sunat a preguntar por el procedimiento.
Buenos dias miguel, si me emiten una factura con fecha 06/01/2016 y su fecha de impresión del comprobante es del 25/08/2015 es valido? porque el proveedor me dice que si tiene la copia de la factura no negociable tengo que pedirle copia?
Si el comprobante no tiene la tercera copia no es valido.
Una consulta por favor , las facturas dadas de baja en el 2015 tambien se le debe declarar en el ibros electronicos como seria un consolidado o uno por uno. Gracias
No es necesario, dado que los comprobantes fueron dados de baja. Si deseas podrías anotarlo como anulado, pero consolidado no vas a poder porque el PLE no te lo va permitir.
Buen aporte, mi consulta es la siguiente:
Di de baja a mis comprobantes de pago (Facturas y Boletas de venta) con el formulario 855-2 lamentablemente no pude imprimir la constancia de esta operación, como hago para ubicar esta constancia de baja de comprobantes de pago y además como verifico los comprobantes de pago que di de baja?
Agradezco por anticipado tu respuesta a mi duda, saludos!!!
Puedes acercarte a un centro de sunat y pide una copia.
Miguel por error di de baja la numeración incorrecta de mis facturas con fecha 28 de diciembre por un monto de 10,000 soles… que hago en este caso??
Acércate a la sunat a tratar de solucionarlo, por la via web no se puede hacer nada.
SI TENGO UNA FACTURA DE COMPRA CON FECHA DE EMISIÓN AGOSTO-2015, PERO CON FECHA DE IMPRESIÓN DEL COMPROBANTE, EL AÑO 2014. AHORA EN ESTE MES DE DIC-2015 LO PUEDO REGISTRAR EN MI REG.DE COMPRAS.
GRACIAS
Estimado Miguel:
Si por el cambio de las facturas negociables me quedé, por decirlo con 50 que ahora ya no valen, una vez que le doy de baja via clave sol, esos 50 que quedaron debo mencionarlos en el registro de venta como anulados???
Agradezco de antemano tu respuesta.
Es recomendable hacerlo, aunque algunos mencionan que no es obligatorio ya que han sido de baja (que no es igual a anulado).
Miguel una consulta, he dado de baja facturas con guias de remision, y el error fue que he dado de baja con todo los comprobantes emitidos, que hago para poder recuperar
Por la clave sol ya no se puede corregir dicha operación, te recomiendo ir a un centro de sunat a tratar de anular la operación.
Una consulta indicas que los comprobantes impresos en este 2015 son validos hasta el 31 de diciembre de 2015, osea puedo seguir emitiendo facturas hasta esa fecha (31/12/2015) y luego ya el otro año imprimo mis facturas con la tercera copia de factura negociable.
Es correcto.
Buenas tardes en mis facturas tengo control administrativo (lo imprimi en el mes de marzo) es necesario que vuelva a imprimir facturas y si la respuesta es no entonces mi empresa se quedaria con el emisor y el control adm
Si son validas, los comprobantes impresos en este 2015 son validos hasta el 31 de diciembre de 2015.
Buenas noches MIGUEL TORRES, cometi un grave error ¡¡¡ al momento de llenar el formulario virtual 855 , di de bajas facturas que ya habia emitido , como puedo solucionar el problemas ….espero tu respuesta
Creo que existe un procedimiento para anular estos tipos de errores, consulta con la sunat, no estoy muy seguro.
Una consulta, que pasa si por error di de baja a una factura que esta emitida, como podría hacer.
Creo que existe un procedimiento para anular procedimiento errados, lo puedes consultar en sunat.
Ya mande hacer nuevas facturas con la copia negociable pero aun no he dado de baja las facturas antiguas, hay algún problema??
Bueno no hay sanción, pero hazlo.
Amigo estas desinformando en proveedor debe de entragar la factura si la venta es al contado , clientes reclamen sus facturas negociables
Muy buenas tardes, mediante la presente quiero hacerle una pregunta:
Mi factura tiene una fecha de impresión del 2014, y lo utilicé hasta el 31 de octubre, de alli en adelante esta en blanco, pero hasta hoy 4 de noviembre no le di de baja, eso que ya imprimi las nuevas facturas incluida la copia de factura negociable, tengo alguna infracción por no dar de baja.?
No tienes infracción.
Muchas gracias miguel torres chauca, de ante mano un abrazo a la distancia, desde Ayacucho, david del cec contable, buen dia amigo.
Muchas gracias amigo, espero que este bien, que tengas un super semana.
La empresa donde laboro solo vende al contado, pero ya tiene la tercera copia negociable tengo que entregársela al cliente o se la queda la empresa, porque consultando a la sunat me dicen que me la quede como empresa pero llamando a la sunat me dicen que se la entregue porque ya cancelo y que vea el art. 17 de la ley de títulos y valores.
Lo último se aplica cuando la factura negociable fue endosado o recepcionada para su utilización.
Hola muy buena explicación lo entendí a la perfección pero una consulta mira para imprimir las facturas se demoran una semana una consulta si doy de baja digamos hasta la 100 normal puedo enviar para que me lo impriman desde la 101 o hay alguna contingencia de no seguir el correlativo no utilizado es normal ya que lo voy a dar de baja y se que si se pueden volver a imprimir con el mismo correlativo dado de baja pero como digo se demoran una semana y ese tiempo tengo que facturar ..
Espero tu respuesta
Gracias
Saludos
Es correcto debes imprimir del correlativo 101 … ahora también puedes decir por una nueva serie.
Una vez mas Miguel, gracias por tu aporte.
Super amiga.
Buenas noches, por motivos de tiempo no pude dar de baja mis facturas lo puedo hacer el día lunes a primera hora.
Si no hay problema, lo puedes hacer.
Olvide de dar de baja mis facturas, lo puedo hacer ahora? Tendré alguna multa… Puedo mandar a imprimir otro talonario de facturas?
SI puedes dar de baja tus facturas, no tendrás sanción.
Hola Miguel, un ejemplo que me ocurre siempre , mi cliente requiere que le haga un servicio para el 30 noviembre por 7,000 (ojo que hago compras para este servicio, mi ganancia es ni el 10%), pero requiere que le haga ya la factura ( 20 octubre) para emitir la orden de compra, yo tengo que pagar al declarar en noviembre el igv (1260) sin tener servicio, sin recibir pago alguno (prestar dinero), luego el cliente paga a 30 días y eso si cumple paga en 60 dias, (menos mal que al menos la detracción se paga una vez cancelada),es realmente justo o estoy haciendo mal, Gracias por tu apoyo!.
Son cosas del mercado, pero así como demoran en pagarte, has lo mismo con tus proveedores trata de buscar lineas de crédito para que no te quedes sin capital.
Una consulta mi pregunta es si doy de baja por ejemplo seria 001-00501, y el nuevo que imprima sera 001-00502 y saldrá con la tercera copia .
Das de baja todos los comprobantes autorizados impresos, supongamos que ultimo pedido fue de la factura 001-200 a la 001-550, y tu solo has utilizado hasta la 001-345. Entonces darás de baja del 001-346 al 001-550. Luego ya mandas ha imprimir desde el numero 001-551 …
Saludos
Es necesario imprimir copia de factura negociable antes del 1 de Noviembre del 2015 (31 de Octubre del 2015) o lo puedo hacer poco antes de necesitar emitirla.
Muchas Gracias
Si emites comprobantes antes del 01 de noviembre no es necesario contar con la factura negociable.
Disculpa Miguel, si brindo servicio d taxi y estoy en el RER, estoy obligado a imprimir nuevas facturas donde este la 3ra copia negociable??
Es correcto, también estas obligado.
gracias Miguel, pero yo no le veo la importancia ya q si estoy exonerado del igv, de que le serviria al cliente??
Hola Miguel una consulta si doy de baja un talonario de factura que es de 01-100 y si solo he utilizado 75, cuando mando imprimir nuevos talonarios considerare apartir del 76 o del 101?
Considera a partir del 101.
buenas noches Miguel en este caso no es mandar imprimir el correlativo es decir desde el numero 76?
Puedes haberlo impreso con una nueva serie, no hay problema.
Buenos días, que hacemos con la tercera copia en nuestros balances mensuales y que? como? y cuando? se les da uso.
Dicho comprobante no tiene uso tributario, se utiliza para operaciones de factoring, para ello necesita una linea aprobado por una entidad financiera por ejemplo.
Disculpa la duda Miguel, tengo facturas de años anteriores al 2014 las cuales sigo usando hasta ahora. supongamos que me quedo en la serie 001 – 000165 a las siguientes facturas del talonario debo darlo de baja. Mi duda es, al mandar a imprimir el nuevo talonario lo hare desde el numero 001 – 000166?. Y se supone que la tercera copia es la del EMISOR, en ese caso la cuarta copia seria la FACTURA NEGOCIABLE?. Muchas gracias de antemano.
El conteo es: original, copia 1: sunat, copia 2: usuario. En tu caso anulas tus facturas sin usar hasta donde mandaste a imprimir y luego mandas a imprimir nuevas facturas en el correlativo que te quedaste.
Buenas tardes, puedo seguir utilizando mis documentos hasta el 31-10-2015, pero puedo mandar a imprimir mis nuevos comprobantes ahora y utilizarlos a partir del 01/11/2015.
Es correcto lo que mencionas.
Muy buena la publicación, por favor ayúdame, como sería en el caso de las facturas electrónicas?
La implementación todavía esta en espera, si lo emites por el sistema portal de sunat en breves lo implementara.
Una consulta la factura a quien se le hace firmar al que recepciona el documento o el gerente de la empresa que presto servicio
Debe ser un representante de la empresa.
Miguel, agradecere que me informes en el caso de las MYPES, ellas estan incluidas en las Facturas Negociables.
Es correcto, están incluidas.
Si mi empresa utiliza 2 copias ( emisor y control administrativo), y casi el control administrativo no me sirve de mucho, solo para algunos datos, puedo imprimir solo un emisor y la factura negociable, obviando el control administrativo?
Es correcto.
Cual sera el efecto con respecto al crédito fiscal? tenemos que pedirle a nuestros proveedores una copia de la factura negociable?, esto modifica en algo la validez del crédito fiscal?
saludos
No es necesario pedir una copia, solo verificar que el comprobante haya sido impreso con la tercera copia, para eso puedes verificar la fecha de impresión.
Miguel muy buena publicación! Ahora en caso me equivoque al presentar el formulario virtual 855 hay forma de corregirlo?, es de decir, le di de baja a comprobantes que fueron válidamente emitidos.
Saludos,
Si se puede hacer, pedir la anulación de un tramite errado, pero ya lo haces por mesa de partes, o en todo caso en orientación de sunat te dan mas detalle.
Hola Miguel !!!!! Buen día… desearía saber cuál es la finalidad de la tercera copia. y con quien queda dicha copia???
Es para la aplicación de un factoring.
Los comprobantes de pagos impresos en el 2013 hasta cuando tienen plazo para dar de baja?
Hasta el 31 de octubre de 2015.
Hola Miguel; interesante tus comentarios. Me gustaría saber, ¿ las boletas de venta que emiten las empresas, tambien deben tener copia negociable?
La norma solo aplica a las facturas comerciales y recibos por honorarios.
Hola Miguel! Buenos aportes a nuestras dudas. Una consulta mi empresa tiene impresa 4 copias como haría en este caso?
No hay problema, solo aumentara una copia más, claro que la tercera copia es la negociable, luego vienen las 2 copias mas que tienes.
Me encanto la pagina Miguel, gracias
Muchas gracias.
Muy buena la pagina Miguel, así uno esta actualizado y sunat no nos sorprenda.
Muchas gracias por el comentario.
Si lo emites por el portal de sunat, este ultimo se encargara de implementarlo.
Buenos días, gracias por la información, hay que estar actualizados
Gracias por el comentario.
Buen aporte Miguel Torres, siempre efectiva la pagina, se te agradece.
Gracias por el comentario.
Por qué sunat nos exige a emitir factura negociable, yo llevo microempresas que venden al contado y tengo bastantes facturas en stock y les tengo dar de baja el 31/10/2015 y volver a gastar solamente para cumplir con esta resolución? Ya me parece mucho abuso!!! Seguro que desde el 01/11/2015 comienzan a revisar para poner la multa respectiva
No creo que pongan multan, más bien como indica la norma dichos comprobantes no tendrán valor alguno luego del vencimiento de la norma.
Buenas ten facturas y nota de credito con fecha 11/2013 y están emitidas las facturas hasta 003-180 y quedan en blanco 20 ¿debo dar de baja e imprimir otra?, Gracias
Las puedes usar hasta el 31/10, luego de esa fecha ya les puedes dar de baja.
Hola Miguel: Si una empresa tiene facturas impresas desde el 2013 hasta cuando estas se pueden usar?
Las puede usar hasta el 31 de octubre de 2015.
Siempre efectiva la pagina, duda resuelta .. Gracias!
Muchas gracias 🙂
Hola Miguel.
En que momento se utiliza la copia de factura negociable y ademas con quien debe quedar la copia de la factura negociable con el emisor o el usuario.
Gracias.
Se queda con el emisor, se utiliza cuando el pago de la factura es un tiempo prolongado y necesitas liquidez inmediata.
Pero cuando uno cancela la operación (siendo cliente) al final te dan la factura negociable cancelada, o sea el ultimo tenedor es el cliente. No seria lógico que cuando la factura sea al contado también se le deba entregar al cliente, para que tenga la certeza que no van a negociar ese documento?
La factura negociable es un titulo valor al igual que una letra de cambio, cuando se acepta un credito se va con el cliente al cancelarla o pagarla, en caso sea contado el cliente no tiene ningun tirulo valor.
No es valido porque no estas cancelando la factura negociable, acaso se ha llenado el reverso, hubo un plazo acordado, la factura negociable es un titulo y valor se entrega cuando usas el titulo y valor, el llenado de una factura no significa que estas utilizando el titulo y valor.
Miguel por favor indica con quien se queda la copia de la FACTURA NEGOCIABLE, con el emisor o el usuario.
Mil gracias
Con el emisor.
La verdad no entiendo en mi caso por ejemplo tengo mi cevicheria y todos me pagan en efectivo y la factura negociable donde queda tambien tengo que rellenarlo.
Si bien es cierto es una obligación por el tema de comprobante de pago, pero no es obligatorio su utilización como factoring.
Lo veo un poco complicado la mayoría de mis clientes tiene solo 3 copias y han mandado hacer regular entonces debo dar de baja y volver a mandar hacer nuevamente, con la actual factura negociable, hasta cuando hay plazo.
Si comprobantes impresos en el 2014, tu plazo es el 31 de octubre de 2015. Por otro lado si son comprobantes impresos este año, el plazo es hasta el 31 de diciembre de 2015.
Una pregunta yo cuento con recibo por honorarios electrónicos, como seria en ese caso (con respecto a la factura negociable), gracias.
Miguel: mi pregunta és en la empresa que laboro sus facturas fueron impresos en el 2013 cual es la fecha para dar de baja a ese periodo espero tu respuesta.
La fecha maxima es 31 de octubre de 2015.
La implementación lo hara la sunat en el caso de recibos por honorarios.
Buenas tardes Miguel , como funciona la factura negociable, en el caso de las Facturas y Recibos por Honorarios Electrónicos, Saludos .
Sunat lo va implementar progresivamente, cuando ya este disponible hare un tutorial.
Las facturas que tengo sin la copia “factura negociables” solo son válidas hasta el 31 de octubre fecha en que el plazo de baja culmina.
Es correcto.
No comprendo a sunat, realmente es inaudito a quienes favorecerá la factura negociable ellos creen que pueden hacer y deshacer lo que les ocurra, es una pena. Yo no tengo empresas ni pienso tenerlas.
Es una buena oportunidad para combatir las políticas de los holding: “te pago en 90 días, si deseas”.
Buenas Tardes, Miguel la tercera copia es para el cliente o para la empresa que emite?
Es para la empresa que emite, el cliente debe firmarla.
Miguel, puedo seguir utilizando las facturas que he impreso este año, o es que partir del 1ero de setiembre ya no tienen validez? Gracias.
Puedes usarlo hasta el 31 de diciembre de 2015.
Miguel, y si mis comprobantes fueron impresos en 2013 hasta cuando tienen validez?
Srta. Almendra, si tienes facturas que han sido impresas hasta el 31/12/2014, sólo lo podrás usar hasta el 31/10/2015. Y, si tienes facturas impresas desde el 01.01.2015, sólo lo podrás usar hasta el 31/12/2015.
Si lo has impreso este año lo puedes usar hasta el 31 de diciembre.
Buen aporte Miguel, dos consultas 1.- en el caso una empresa tenga suspension temporal? tengo que activarlo para dar de baja sus comprobantes?
2.- si por ejemplo imprimi hasta la factura 2000, y solo utilize 1800 facturas, significa que dare de baja los 200 restantes, ahora cuando imprima nuevamente mis comprobantes de pago con la tercera copia, tendria que seguir el correlativo? quiere decir imprimir del 2001 hasta por ejemplo 4000? o lo puedo hacer desde cero!! muchas gracias!
El correlativo sigue de tus facturas, no es necesario empezar una nueva serie.
Hola…. Gracias por tu respuesta… Y dime que pasa cuando la empresa esta en suspensión temporal?? Gracias
Se entiende que mientras no reactives tu ruc no estas obligado, pero si a futuro lo reactivas tendrás que imprimir la tercera copia.
Buenos días Miguel, muy didáctica la explicación; sin embargo, la “factura negociable” se entrega al Cliente, aun cuando la venta es al contado?.
No se entregará.
Bs noches don Miguel, en qué casos se debe dar la factura negociable al cliente; y en qué casos se debe elevar ésta ante el ICLV. Además, los emisores electrónicos, cómo pueden cubrir este detalle, ninguna opción me lo permite. Los emisores de RH Impresos y RHE, sobretodo, los últimos, cómo pueden cubrir ésta deficiencia ¿?
Error uno: la factura negociable no se entrega al cliente y segundo espera un tiempo a que sunat lo implemente.
Hola, quisiera saber porque no se le entregara al cliente si ya me cancelo tengo dudas sobre eso Gracias!
Porque no esta cancelando el titulo valor, solo la operación. Mejor dicho solo en caso de realizar el factoring se entregara la factura negociable una vez cancelada, pero eso lo hara la entidad bancaria.
Llame a SUNAT en tres oportunidades, en las tres oportunidades me dijeron que si la compra es a contado la Factura Negociables se la queda el cliente.
Por mi parte me acerque a la SUNAT en 3 oportunidades y me dicen que me la quede yo como empresa, pero cuando llame tambien a la SUNAT en 3 oportunidades mas me dicen que la entrege al cliente.