A la fecha este artículo (13 de setiembre de 2021), SUNAT no ha implementado el requisito mínimo de la forma de pago en la emisión de facturas electrónicas a través del SEE-SOL.
Por otra parte, como indicamos en un artículo anterior, esta omisión tiene graves contingencias para las empresas que reciban estos comprobantes de pago a partir del 01 de setiembre de 2021.
Soluciones Propuestas
En ese sentido, una gran cantidad de personas me han escrito pidiendo una solución a este problema, como pueden emitir sus comprobantes de pago, si solo usan el SEE-SOL.
Opción 1: Observación – Forma de Pago
Algunos contribuyentes y contadores me han escrito indicando que en SUNAT (orientación) les han recomendado que en el rubro observaciones coloque la frase:
Opción 1: Colocar manualmente la forma de pago
Forma Pago: Contado o Crédito.
Lamentablemente, esta no es una solución correcta.
Miguel ¿Por qué no, en SUNAT me lo han dado esa solución?
En primer lugar, las respuestas que te pueden dar en orientación, CHAT SUNAT, SOFIA, etc, solo son orientaciones, que en algunos casos son acertadas, pero en otros son un desastre.
Te explico:
Los requisitos mínimos mencionados en el anexo 1 de la Resolución de Superintendencia Nº 193-2020 deben implementarse en la factura electrónica, no en la representación impresa.
Opción 2: Comprobantes de Contingencia
¿Qué es un comprobante de contingencia?
Los comprobantes de pago en contingencia son emitidos por un emisor electrónico que no ha podido emitir un comprobante electrónico, motivado por causas no imputables a él.
En este caso, los emisores electrónicos no pueden emitir comprobantes de pago electrónicos debido a que SUNAT no ha implementado los requisitos mínimos tipificados en el anexo 1 de la Resolución de Superintendencia Nº 193-2020.
Opción 2: Utilizar comprobantes de contingencia
Utilizar comprobantes físicos para la emisión de facturas de ventas.
Por lo tanto, esta sería la opción correcta, emitir comprobantes de pago en contingencia.
Miguel ¿Que se hace con un comprobante de contingencia emitido?
Muy fácil, tienes que informar a la SUNAT.
Te comparto un artículo sobre el tema:
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Susana dice
Miguel, si me realizaron pagos acumulados superiores a S/.3,500 en los primeros meses del año por el cuál emití recibos por honorarios, pero que a partir de medio año empecé a facturar y ahora desean que reemplace esos pagos con mis facturas, que contingencia puede haber a parte de pagar la renta que corresponde. Sobre todo porque no habrá abono que sustente está nueva emisión de factura.
Miguel Torres dice
No te recomiendo, por la carga del IGV y Renta, ademas de no haber declarado, multa por no declarar esas facturas en su oportunidad.
Jose dice
Gracias por tu respuesta, quisiera saber entonces, ¿Cómo puede mi contadora ver que se ha pagado al crédito o al contado si en mi Excel no figura pero en las facturas emitidas si ?
Miguel Torres dice
Tiene que revisar los documentos físicos.
José dice
Muy buen artículo estimado, gracias por la información. Yo tengo una consulta, si he contratado un sistema de facturación electrónica, al yo descargar las boletas y facturas del mes en el excel, debe estar estipulado en dicho archivo si fue al contado o al crédito ?
Miguel Torres dice
No, es un reporte interno.
David Carlos dice
Hola Miguel, ¿en que beneficia al emisor en en detallar las fechas de vencimiento del crédito?, ¿o la factura también se podrá protestar así como las letras? en caso que el cliente incumpla el pago.
Miguel Torres dice
Es por el tema de factoring, un beneficio para las micro y pequeña empresas.
Jaime dice
Mi proveedor de facturación electrónica me dijo que ese campo según las propias reglas de validación de SUNAT es opcional hasta el otro año … si es obligatorio por que sunat lo dejo como opcional ?
Miguel Torres dice
Es falso esa información.
Anthony Bryan dice
Buenas tardes Miguel, en primer lugar agradecerte por darte un tiempo en compartir tus conocimientos y brindar soluciones a los vacíos que dejan las normas tributarias, como en el presente caso.
Mi consulta es si deberíamos de solicitar también los comprobantes de contingencia para los honorarios electrónicos.
Miguel Torres dice
No esta regulado o mejor dicho no existe para el RxH.
Zolanch dice
Gracias Miguel por mantenernos informados, llame a Sunat al leer tu articulo, me informaron que están actualizando su portal de facturación para que los emisores podamos consignar el medio de pago de nuestra factura, y que por el momento sigamos usando el SEE – SOL como siempre, y ya de manera OPCIONAL podamos consignar en observación el medio de pago. Saludos
Miguel Torres dice
Ese dato lo estarían colocando en la representación empresa, recuerda el comprobante electrónico es el archivo XML, no el PDF.
Juan Luis dice
La “Forma de Pago” solo se da para Facturas Electrónicas. Las físicas no están incluidas.
Miguel Torres dice
Es correcto.
Lesk dice
Hola Miguel, si entrego a mi cliente a partir del 1ro de setiembre una factura electrónica desde el Portal de Sunat consignando en la parte de observaciones la forma de pago estaría en una infracción?
Miguel Torres dice
El problema no es para el que emite, si no para el que recibe, podría tener problemas.
Pamela Farías dice
Muy bueno! y en el caso de recibos por honorarios electrónicos también es necesario?
Miguel Torres dice
También le aplica la norma.