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Inicio » Laboral » Fallo judicial desalienta el uso de la contratación de empresas services

Fallo judicial desalienta el uso de la contratación de empresas services

Publicado por Miguel Torres el 6 de junio de 2015 4 comentarios

Todos los trabajadores contratados por empresas de intermediación laboral deben ser considerados como estables, dictamina el Poder Judicial.

empresa mypes

Las empresas de intermediación laboral (services de limpieza, vigilancia y otros) suelen tener como justificación de la relación temporal con sus trabajadores el contrato de locación que suscriben con la empresa usuaria de sus servicios.

Así, finalizado el contrato de locación de servicios ( entre la empresa usuaria y la service), también finalizará la relación laboral de los trabajadores con la empresa, ya que el plazo generalmente coincide entre ambos.

Sin embargo, un reciente fallo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque en la especialidad de Derecho Constitucional (Exp. 446-2011-0-1706-JR-CI-06) estableció que dicho contrato entre empresas (usuaria y service) no sería una razón que justifique la contratación temporal de los trabajadores de la service y, por ello, deben considerarse siempre como personal estable.

Al respecto, el laboralista César Puntriano, director del área Laboral de PwC, comentó que el efecto que tendrá esta decisión es desalentar la contratación de los servicios de intermediación laboral ya que encarecerá los costos laborales.

Indemnización

Por ello, si el contrato vence con la empresa usuaria de los servicios de intermediación, esta última deberá pagar la correspondiente indemnización por despido arbitrario de sus trabajadores, o negociar la salida con aquellos.
“El efecto es perverso, ya que ese costo se trasladará al cliente, y finalmente al consumidor”, anotó.

Para Recordar

Definición. Para la intermediación laboral, se celebra un contrato civil entre una empresa usuaria y una empresa de servicios , para que esta última destaque trabajadores a la primera, pudiendo brindar servicios complementarios como vigilancia, limpieza, entre otros.

Diario Gestión (04/06/2015)

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4 comentarios

  1. Julio Cesar dice

    7 de junio de 2015 a las 3:57 pm

    Evidentemente este fallo judicial perjudica a las empresas o Servis, pero por otro lado favorece a los que laboran en ellas, quienes en la mayoría de casos son explotatos recibiendo a cabo remuneraciones demasiados bajas.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de junio de 2015 a las 9:04 pm

      Es correcto, habrá que demostrarle al juzgado que uno contrata trabajadores de acuerdo a la cantidad de empresas que uno tiene (para dar servicios).

    • José Camargo dice

      7 de junio de 2015 a las 9:53 pm

      Señores, el tema de las services es amplio, si Uds. Revisan el periódico el Comercio, podrán ver la cantidad de empresas de services que solicitan personal en especial las empresas de seguridad y limpieza, por ejemplo hay una empresa de seguridad que para este 2,015 tiene algo mas de 9,000 trabajadores y eso me parece que de servicis no tiene nada, si vemos la renta anual que genera y los beneficios que ofrece a los trabajadores, todavía falta mucho por hacer con relación a este tema. Saludos.

    • Miguel Torres dice

      8 de junio de 2015 a las 6:58 am

      Es correcto, se puede decir que hay de todo amigo, buenas y malas empresas, lamentablemente por esas malas empresas que mencionas pueden salir perjudicados las empresas que laboran bien.

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