El próximo martes 30 de agosto será feriado no laborable en todo el país, por celebrarse la festividad de Santa Rosa de Lima, de acuerdo con el D. Leg. 713 sobre descansos remunerados.
Así, si el trabajador laborara dicho día sin descanso sustitutorio, ello dará lugar al pago de la retribución correspondiente por la labor efectuada con una sobretasa del 100 por ciento.
Si, por el contrario, se otorgara descanso, este no sería en la misma semana. Aunque el artículo 3° de la norma refiere que el descanso sustitutorio, por labor realizada en el día de descanso semanal obligatorio, será tomado en la misma semana.
Diario Gestión (24.08.2011)
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