SUNAT ya ha implementado la opción de colocar la forma de pago a las facturas electrónicas emitidas desde el SEE-SOL.
Por otra parte, recordemos que a partir del 01 de setiembre de 2021 mediante la publicación de la Resolución de Superintendencia Nº 193-2020, existe la obligación de consignar la forma de pago en las facturas electrónicas.
- Contado: Si el importe total de la venta, cesión en uso o servicio se paga en la fecha de su emisión.
- Crédito: Si el importe total de la venta, cesión en uso o servicio se paga total o parcialmente en fecha posterior a la de su emisión.
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Factura Electrónica SUNAT
En el caso de la forma de pago al crédito, recordemos que debemos colocar el monto neto.
El monto neto pendiente de pago no incluye las retenciones del IGV, el monto del depósito que deba efectuar el adquirente o usuario, según el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias regulado por el texto único ordenado del Decreto Legislativo N° 940, aprobado por el Decreto Supremo N° 155-2004-EF, y otras deducciones a las que pueda estar sujeto el comprobante de pago.
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Como se puede observar el comprobante de pago electrónico ya menciona el requisito mínimo de la forma de pago.
Recomendación
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Zaida Calderon dice
Buenos dias si emiti una factura al contado y lo cancelaran luego de varios dias o al siguiente mes, habria algun inconveniente o tengo que anular la factura y emitir otra? Gracias
IRIS ORTECHO dice
Una consulta: es obligatorio dar conformidad a una factura de compra? habría contingencia tributaria?
Mery dice
Hola Miguel.
Me entregaron una factura al crédito por S/ 1,500 por un servicio (detracción) en 1 cuota y como monto pendiente de pago pusieron S/1,500, ya hice el pago por 1,500 ellos hicieron la detracción.
Entiendo que tuvieron que poner el monto sin la detracción. Tendría algún problema con SUNAT por eso.
Muchas Gracias por tu ayuda.
Miguel Torres dice
En ese caso tuvieron que colocar el importe neto, descontando la detracción.
Sandra dice
Miguel Gracias por la información ¿una consulta si tengo facturas que no cumplen con ese dato que está exigiendo sunat, puedo usar el crédito fiscal y gasto?
Miguel Torres dice
No puedes usarlo.
Mercedes dice
Si tengo factura electrónica al crédito, con fecha de vencimiento 31/10 pero lo pagamos el 25/11, no tenemos la nota de crédito que modifique la forma de pago por el cambio de fecha. Qué contingencias tributarias podría tener al respecto?
Miguel Torres dice
Ninguna.
Elizabeth dice
Hola Miguel buen aporte, una consulta aun esta vigente Curso Virtual: “Comprobantes de Pago Electrónico 2021”
Miguel Torres dice
Es correcto, esta vigente.
Dario dice
Se gira una factura electronica al credito, y no pagan en la fecha de vencimiento, cual es el procedimiento, teniendo en cuenta el cliente es una Municipalidad
saludos
Miguel Torres dice
Ninguno, realiza tu cobranza nada mas.
Oscar dice
Gracias Miguel por compartir de forma didactica esta información
Miguel Torres dice
Muchas gracias, bendiciones 🙂
Raquel Lizarraga dice
Miguelito buenas noches con referencia a la emisión de facturas en dólares es igual todo el proceso ,se efectúa la detracción en dólares para colocar la retencion y neto a cobrar
en dolares ojo pero la detraccion siempre lo efectuaban en soles como hacer
gracias
Miguel Torres dice
Yo lo colocaría en dólares la detracción para no complicarme.
Ruth Santos dice
Excelente aporte Miguel, muy agradecida por tu gran colaboración a nuestra profesión y desprendimiento al compartir tu conocimiento. Pido te mantengas siempre con buena salud que recibas muchas bendiciones y qué sigan los éxitos profesionales.
Miguel Torres dice
Muchas gracias, bendiciones 🙂
Gino dice
Hola Miguel,
Consulta, Qué pasa si la factura es al crédito a 1 o X cuotas y pagan luego de la fecha de vencimiento, O si pagan antes. Hay algún problema?
Miguel Torres dice
No hay problemas.
Milagros dice
Buenos días Miguel, consulta:
en referencia a la factura electrónica en la sección de observación se indica la detracción con céntimos, se puede indicar el importe redondeado?.
Gracias
Miguel Torres dice
Si es correcto.
Nilo dice
Hola Miguel buen aporte, mi duda, usted pone monto pendiente de pago s/1038.40 y la detracción es el 12% lo que equivale a S/ 142.00 ya que el sistema Sunat no te permite generar el NPD en decimales, al sumar s/1038.40+s/142.00 = s/1,180.40. monto mayor a la factura. lo recomendable no sería monto pendiente de pago S/ 1,038.00 ? espero tu comentario al respecto saludos.
Miguel Torres dice
Si es correcto.
Victor dice
Excelente Miguel, desde cuando esta vigente este cambio, emití una factura al crédito el 01/10/2021 y no estaba habilitado los campos que describes, tendré alguna consecuencia sobre el particular? help meee
Miguel Torres dice
Esta vigente desde el 01/09/2021.
Walther dice
Si en una venta se paga una inicial y el saldo en una cuota, como se emite la factura?
Miguel Torres dice
Ahi son dos facturas, la primera como anticipo y la segunda regularizando el anticipo y en cuotas.