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Información del tema: 06/12/2022 4:49 pm
¿Corresponde el pago de daños y perjuicios a un trabajador que fue cesado por no superar el periodo de prueba?
El periodo de prueba es de tres meses, a cuyo término el trabajador alcanza derecho a la protección contra el despido arbitrario. Las partes pueden pactar un término mayor en caso las labores requieran de un periodo de capacitación o adaptación o que por su naturaleza o grado de responsabilidad tal prolongación pueda resultar justificada. La ampliación del periodo de prueba debe constar por escrito y no podrá exceder, en conjunto con el periodo inicial, de seis meses en el caso de los trabajadores calificados o de confianza y de un año en caso de personal de dirección.
Jose Mendoza reaccionó