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Información del tema: 09/05/2022 10:45 am
Multa por no entregar el monto retenido por embargo en forma de retención
Se revoca la apelada en el extremo que declaró infundada la reclamación formulada contra las resoluciones de multa giradas por la infracción tipificada en el numeral 6 del artículo 177° del Código Tributario y se deja sin efecto dicho valor, debido a que si la Administración consideró que la información proporcionada no era conforme con la realidad debió verificar una fuente de información adicional a fin de corroborar tal situación y no atribuirle la comisión de la aludida infracción.