Miguel ¿Se puede deducir como gastos de capacitación un diplomado del gerente general?
La respuesta es SÍ.
Estamos próximos a los vencimientos de la declaración jurada anual 2023.
Un factor clave para la determinación del impuesto a la renta anual. Mientras mayor sea el gasto aceptado, menor será el impuesto a la renta a regularizar.
ÍNDICE DEL ARTÍCULO
Gasto Aceptado
Para que un gasto sea aceptado como deducible se debe cumplir dos reglas:
- Reglas Generales (causalidad, proporcionalidad, generalidad, fehaciente, etc)
- Reglas Específicas (Art. 37 del TUO LIR, Art. 21 del Reglamento del IR)
Personalmente, tengo un pequeño ranking de los gastos que prioriza en mi empresa o empresas que asesoro:
- Gastos de Capacitación
- Gasto de Movilidad [planilla de movilidad]
- Gastos de Vehículos
Quizás te preguntes ¿Por qué esos gastos?
Te respondo con tres puntos:
- Son gastos muy sencillos de justificar.
- No tienen límite en algunos casos.
- Tienen alguna exoneración de requisitos tipificados en el TUO del IR.
Gastos de Capacitación
Una regla general que muchas veces se debe aplicar para evaluar si un gasto es deducible es la “generalidad”, si un gasto no cumple esta regla, en alguna circunstancia, puede ser reparado.
El principio de Generalidad no se aplica como criterio para evaluar si es un gasto deducible en el caso de gastos de capacitación.
La segunda disposición complementaria final del Decreto Legislativo Nº 1120 menciona:
Criterio de generalidad y deducción de los gastos por capacitación del personal
El criterio de generalidad establecido en el artículo 37° de la Ley no será aplicable para la deducción de los gastos de capacitación que respondan a una necesidad concreta del empleador de invertir en la capacitación de su personal a efectos que la misma repercuta en la generación de renta gravada y en el mantenimiento de la fuente productora.
Por ejemplo:
Si un estudio contable, tiene cuatro asistentes contables que realizan las mismas funciones, el contador puede solo capacitar a una asistente en temas de preparación de DJ Anual y posteriormente obtener ingresos por dicho servicio.
En este supuesto, no es necesario capacitar a las cuatro asistentes para que el gasto sea deducible.
Aplicación del Gasto
Una pregunta muy frecuente sobre gastos de capacitación, es:
Miguel, ¿Los gastos de capacitación incluyen diplomados, maestrías y doctorados?.
Es importante saber la definición de un gasto de capacitación, para ello recurramos al inciso k) del artículo 21 del Reglamento de IR:
Entiéndase por sumas destinadas a la capacitación del personal, a aquéllas invertidas por los empleadores con el fin de incrementar las competencias laborales de sus trabajadores, a fin de coadyuvar a la mejora de la productividad de la empresa, incluyendo los cursos de formación profesional o que otorguen un grado académico, como cursos de carrera, postgrados y maestrías.
Ojo! que los gastos de capacitación no necesariamente tienen que estar relacionadas con el giro de la empresa, puede ser capacitaciones que ayuden a los trabajadores a mejorar su desempeño, y por lo tanto la productividad de la empresa.
Por ejemplo:
- Cursos de Ergonomía.
- Sesiones de Yoga.
- Clases de Oratoria.
- Talleres de Etiqueta Social.
Lo importante, es recordar lo mencionado en el Decreto Legislativo 1120:
… a efectos que la misma repercuta en la generación de renta gravada y en el mantenimiento de la fuente productora.
Si bien es cierto, se exonera el principio de generalidad para la evaluación del gasto, pero debes tener en cuenta los siguientes principios:
- Causalidad
- Razonabilidad
- Proporcionalidad
Para hacerlo más sencillo, realiza gastos de capacitaciones relacionados con el giro de la empresa.
- Estudio Contable: capacitaciones en tributación.
- Una industria: capacitaciones en seguridad ocupacional.
- Empresa de Seguridad: capacitaciones en defensa personal.
De esta manera es poco probable que es el gasto te lo vayan a reparar.
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Aplicación del Devengado
Una regla básica muy importante para deducir un gasto es que se haya devengado, en ese sentido los gastos de capacitación también deben cumplirlo.
Por ejemplo:
La empresa ha realizado el pago de un diplomado de 10 meses para su gerente financiero, el 01 de octubre de 2023, por un importe de S/ 14,000 soles.
En este escenario, la empresa sólo podrá deducir como gasto el importe devengado en el ejercicio 2023:
- Importe Pagado: S/ 14,000 / 10 = S/ 1,400 mensuales.
- Meses devengados 2023: 3 meses
- Gasto devengado: S/ 4,200 soles.
Error Frecuente
Un error muy frecuente es que se anote el importe total de la factura como gasto deducible para el ejercicio 2023.
Gastos por educación
Para esta sección de gastos por educación les comparto el siguiente artículo:
Asignación por Educación
Otra opción para poder deducir los gastos de educación es mediante la planilla de trabajadores, para ello debes utilizar el concepto no remunerativo “Asignación por Educación”.
Conclusiones
- Los gastos de capacitación a favor de trabajadores no requiere cumplir con el criterio de generalidad, pero sí cumplir el principio de causalidad.
- Los gastos de capacitación no tienen un límite establecido en el TUO de LIR, pero sí deben ser proporcionales y razonables.
- Los gastos de capacitación se deducen en cuando se hayan devengado en el ejercicio.
Marita dice
Hola mi consulta es si puedo pagar la carrera universitaria del gerente de administracion Sunat me indico que solo puedo pagar capacitacionrs
Miguel Torres dice
De poder puedes hacerlo, pero el gasto te lo pueden cuestionar, lo que puedes hacer mejor es otorgarle un bono por educación (gasto por planilla).
CARMEN VALDIVIESO AQUIJE dice
Hola, una persona natural con negocio que genera renta de tercera categoría. no tengo planilla, sólo me emiten recibos x honorarios; tengo una factura por capacitación virtual e instalación de un programa. con qué cuenta del plan contable debo considerarlo, lo considero como gasto para mi declaración anual?
Miguel Torres dice
Las capacitaciones están relacionadas a personal, si no tiene trabajadores en planilla no habría forma de sustentar la causalidad del gasto. Por otra parte, podriía sustentarlo relacionando el gasto a la persona natural, que es un gasto necesario para mantener la fuente o producir ingresos.
Gio dice
Un accionista que no esta en planilla, se le puede pagar una Maestría fuera del pais? es aceptable este gasto x sunat?
Miguel Torres dice
Tienes que demostrar la causalidad. ¿Cómo beneficia eso a la empresa?.
Jonathan Castillo Rojas dice
Si tengo una persona que no esta planilla pero si emite RH mensual y la empresa le paga un diplomado, las facturas que nos llegan por el diplomado se pueden deducir, que solucion puedo darle si no puedo incluirlo en la planilla
Miguel Torres dice
No es deducible.
Walter Rodriguez dice
Hola miguel.
Excelente articulo, yo estuve en duda que si tiene límite, pero ahora ya estoy seguro que no.
Saludos y feliz comienzo de semana
Walter
Miguel Torres dice
Muchas gracias, bendiciones y buenas vibras.
Jackelin dice
Buenas días estimado una consulta si soy una persona natural con negocio y ofrezco servicio odontología no tengo planilla, por lo tanto quiero hacer mi diplomado o maestría podría pedir factura para deducir gasto a fin de año
Miguel Torres dice
No es posible.
Elizabeth dice
Buenas tardes Miguel, muy buen tema y bien explicado.
Una consulta, cual seria la dinámica contable por capacitación, el cual se pagara a través de un préstamo a un tercero, osea es un gasto diferido, la universidad emitió la factura a nombre de la empresa por la totalidad porque fue pagada al inicio del curso, pero mensualmente se ira devolviendo el préstamo.
Muchas gracias
Miguel Torres dice
La capacitación del gasto vas devengando mes a mes. Tambien, haces tu asiento de préstamo y finalmente cada mes que pagas, un asiento de amortización.
Blanca Guardia Herrera dice
Genial articulo gracias Migueliito
Miguel Torres dice
Gracias, bendiciones 🙂
Ana dice
Muy buena tu informacion.gracias miguel.
Miguel Torres dice
Gracias, bendiciones 🙂
Fer dice
Excelente trabajo, una consulta, puedo pagarle la universidad completa a uno de mis empleados y descontar igv y renta x cada factura de la universidad?.
Gracias
Miguel Torres dice
Solo puedes descontar gasto, las universidades no tributan IGV, salvo algunas excepciones.
Eduard dice
Buenas tardes, Miguel existe un limite para el gasto de educación para una maestría ? O el total es aceptado, gracias por tu respuesta.
Miguel Torres dice
No existe limite para el gasto por educación.
Carlos Alberto Auccalla Centeno dice
Estimado,
Asistí a un curso de seguridad y mencionaron que los gastos en Equipos de protección personal (EPP) se pueden deducir. Es cierto?
Miguel Torres dice
Es correcto, es gasto deducible.
Adolfo López dice
Excelente artículo Miguel.
¿Los gastos en libros de la capacitación, también se pueden deducir?
Muchas gracias
Miguel Torres dice
Es correcto, es gasto deducible.
Victor dice
Hola Miguel: mi empresa es EIRL, no tengo planilla, soy el titular gerente y seguire un curso de diplomado por 15,000 soles, financiando con préstamo. Puedo registrar como gasto de capacitación y hasta en cuantos años aplicaria a resultados.
Miguel Torres dice
No tendría causalidad si no estas en planilla.
Lou Karen dice
Buenas tardes muy interesante el articulo pero me queda una duda, una persona natural con negocio propio puede deducir gastos por capacitación? Si genera renta de tercera? y su negocio depende de varias capacitaciones?
Miguel Torres dice
Si es correcto, puede capacitarse para luego realizar charlas, dado su giro de negocio.
Mari dice
Excelentes articulos y comentarios de las normas. Gracias por tu aporte.
Miguel Torres dice
Muchas gracias, buen dia.
Esau Chules Bautista dice
Hola Miguel buen articulo. tengo una pregunta me a llegado una notificación de la sunat para presentar mis registros contables en físico, pero yo no mande a legalizar mis libros, ya que se a estado declarando en “cero” asta la actualidad, ¿cual o cuando seria la multa que me aplicaría por esta infracción de no llevar mis libros en físico legalizados?
Miguel Torres dice
Multa por atraso de libros, que es 0.3% de IN, si no existe ingresos es en base a 40% UIT.
Iván Rivera dice
¿Se puede deducir gasto por capacitar a un trabajador independiente o practicante?
Gracias
Miguel Torres dice
Buena pregunta, me animaría por el segundo supuesto: practicante (se podría demostrar la causalidad). En el caso de trabajador independiente, no me complicaría la vida y lo añadiría en los recibos por honorarios emitidos.
Maria Goretti dice
Excelente aporte Miguel, gracias por compartir temas importantes que amplian nuestros conocimientos, así que a ponerlos en practica ya estamos a un paso de cerrar el ejercicio 2016. Que tengas una linda tarde.
Miguel Torres dice
Gracias, igualmente una super semana para usted.
Nancy dice
Buen día Miguel Excelente articulo.
Miguel Torres dice
Gracias, buen día.
Yvon Ospina dice
Muy interesante miguel gracias
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Yessiquita dice
Muy interesante Miguel, ahora si le voy a hacer entender a mi empleador que invierta mas en capacitar a su personal, ya que es muy durete 😛
Miguel Torres dice
Esa es la idea, costo y beneficio para el empleador, suerte.
Victor Hugo García Cevallos dice
Super interesante este tema que viene a colación con motivo de la Declaración Jurada Anual 2016, para analizar los gastos que cumplan los principios de causalidad, razonabilidad, proporcionalidad a fin de observarlos para que estos sean aceptados.Gracias por tu enorme ayuda Apreciado Miguel.
Miguel Torres dice
Muchas gracias por el comentario 🙂
Paola dice
Excelente aporte, muchas gracias Miguel
Miguel Torres dice
Gracias, buen día.
Silvia dice
Hola Miguel, gracias por la gran ayuda que nos das, excelente.
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Rosa dice
Excelente articulo super importante
Miguel Torres dice
Muchas gracias, buen dia.
Jose Benites Soplopuco dice
Amigo miguel, realmente tus comentarios a flor y despertar ya que todos los años tenemos esta clase de consultas., un abrazo
Miguel Torres dice
Muchas gracias, que tengas una super semana.
Miguel Ángel Moreno Barreto dice
Muy buenos los comentarios Miguel, gracias por el alcance.
Una consulta, tienes un Software Contable actualizado vinculado con todos los Libros Electrónicos de SUNAT, agradeceré la respuesta lo más pronto posible.
Saludos.
Miguel Torres dice
No vendo software contables.
Lourdes Marina Aniceto Gonzales dice
Excelente Miguelito de verdad todos tus articulos me ayudan mucho en mi trabajo ahora mismo lo pondre en practica.
Miguel Torres dice
Gracias, que tenga una super semana.
Keysi Gonzales dice
El 01/12 empezamos con las facturas negociables y no puedo instalar el facturados sunat ya que es difícil me pueden ayudar¡
Miguel Torres dice
Te refieres al facturas electrónicas, si en esta semana vamos a sacar un artículo referente, por el momento puedes ayudar con la factura de Sunat mediante clave sol.
César dice
Gracias por la información, excelente artículo. Mi esposa y yo estamos estudiando actualmente en la universidad, entonces ¿Tendría que formar una empresa con ambos en planilla para pasar esos gastos como capacitación? y ¿Pedir factura a nombre de la empresa constituida? Muchas gracias.
Miguel Torres dice
Es correcto, solo ten en cuenta tu flujo, que los ingresos obtenidos te permitan cubrir los gastos, y la razonabilidad. Mi empresa obtiene ingresos de S/. 5,000, no voy a gastar en gastos de capacitación S/. 4000 soles (no tiene mucho sentido).
Jessica dice
Excelente.
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Heidy Magdalena Vara Centeno dice
entonces, tambien puede ser los pagos de estudio en la Universidad , porque voy a empezar a generar impuestos a la SUNAT, solo tengo todos mis voucher que pago mensualmente es suficiente.
Miguel Torres dice
Es correcto, pero recuerda la razonabilidad o proporcionabilidad. Si tienes un buen flujo de caja, no tendrías problemas, pero si lo ingresos son bajos, no tendría sentido.
Ana Ysabel dice
Hola Miguel, buenas tardes. Gracias por los excelentes artículos que nos proporcionas. Mi consulta es la siguiente: soy persona natural que genero renta de primera y de cuarta categoría. El gasto de un curso de capacitación lo puedo deducir al impuesto a la renta. Muchas gracias.
Miguel Torres dice
No puedes, solo es valido para rentas de tercera categoría. Existe un posible beneficio tributario de deducir una 1 UIT adicional de las 7 UIT por conceptos de gastos de educación, salud, etc (promesas de campaña electoral).
Sonia dice
¡¡Buenas tardes, excelente artículo!!, una preguntita dentro de estos gastos puedo considerar como gasto el seguro particular de los Gerentes siendo 2 y ellos son los únicos en planilla?
Miguel Torres dice
En ese caso analiza la regla general: causalidad, si lo puedes demostrar con documentos, es un buen paso. Adicionalmente lo más importante, que el desembolso repercuta en la generación de renta gravada y en el mantenimiento de la fuente productora.
Judith Huaylinnos dice
Excelente miguel eres un genio.