Toda persona natural o jurídica está obligada a colaborar con el desarrollo de las inspecciones de trabajo del personal inspectivo de la SUNAFIL.
No debe pasar más de 10 minutos para que el personal inspectivo ingrese al centro de labores que será inspeccionado. Son insubsanables las infracciones relacionadas con la labor inspectiva.
Finalmente, al finalizar las actuaciones inspectivas, se elabora una constancia de los hechos ocurridos.
Por otra parte, las multas pueden alcanzar hasta los s/ 260.023.50 (52.53 UIT).
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